Antonio Guízar y Valencia, obispo y arzobispo de Chihuahua, y su influencia en la formación de un laicado católico ajeno a la resistencia armada
Portada 8(1)
PDF
Visor Redalyc
HTML-R
e-PUB-R
MÓVIL-R

Palabras clave

conflicto religioso
resistencia
ley
laicado

Cómo citar

González Morfín, J. (2020). Antonio Guízar y Valencia, obispo y arzobispo de Chihuahua, y su influencia en la formación de un laicado católico ajeno a la resistencia armada. Debates Por La Historia, 8(1), 179–204. https://doi.org/10.54167/debates-por-la-historia.v8i1.433

Métrica

Resumen

Este trabajo analiza la influencia que tuvo el arzobispo Antonio Guízar y Valencia en el laicado católico de Chihuahua, especialmente en la época en que otros católicos del país optaron por resistir, a través de las armas, ciertas medidas del gobierno. El arzobispo Guízar gobernó la diócesis de Chihuahua durante 48 años. Durante su gobierno prohibió terminantemente el recurso a las armas para obtener cualquier tipo de reivindicación. Se mencionan algunos de sus escritos que permiten apreciar una firme convicción de que la opción armada era inmoral porque no haría sino aumentar la polarización de las facciones. Su opción por las vías legales y pacíficas conformó un laicado católico combativo pero ajeno a la resistencia armada.

https://doi.org/10.54167/debates-por-la-historia.v8i1.433
PDF
Visor Redalyc
HTML-R
e-PUB-R
MÓVIL-R

Citas

AHAM. (1926). Carta de Antonio Guízar y Valencia, obispo de Chihuahua, a José Mora y del Río, arzobispo de México y Presidente del Comité Episcopal, Chihuahua, 8 de agosto de 1926 [Fondo episcopal: José Mora y del Río, caja 147, expediente 5].

AHAM. (1926). Carta de Pascual Díaz a Antonio Guízar y Valencia, Nueva York, 7 de agosto de 1928 [Fondo episcopal: Pascual Díaz, caja 14, expediente 16].

AHAM. (1927). Carta de Antonio Guízar y Valencia a Pascual Díaz, San Antonio, 25 de octubre de 1927 [Fondo episcopal: Pascual Díaz, caja 47, expediente 28].

AHAM. [Archivo Histórico de la Arquidiócesis de México]. (1925). Correspondencia entre Mons. Luis María Martínez y Adalberto Abascal [Fondo episcopal: Luis María Martínez, caja 33, expediente 10].

Alcalá, A. (2011). Gestación y realización de “los arreglos” (marzo a junio de 1929). En Libro anual de la Sociedad Mexicana de Historia Eclesiástica 2010. La Iglesia en la Revolución Mexicana (pp. 215-271). México: Minos IIIer. Milenio.

Belgodere, F., y Havers, G. (1993). Obispos mexicanos del siglo XX. Guadalajara: Libros católicos.

DGCCJEH. [Dirección General de Casas de la Cultura Jurídica y Estudios Históricos]. (2006). La Suprema Corte de Justicia y la Cuestión Religiosa 1917-1940. México: Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El Universal. (1929, 15 de marzo). México.

González, J. (2009). La guerra de los cristeros y su licitud moral. México: Porrúa.

González, J. (2015), Desconcierto y desilusión de los católicos a causa de los arreglos. En J. Soberanes y O. Cruz (coords.), Los arreglos del presidente Portes Gil con la jerarquía católica y el fin de la guerra cristera. Aspectos jurídicos e históricos (pp. 133-163). México: UNAM.

González, J. (2016). La paz que no fue. Boletín eclesiástico, (10), 618-624.

González, J. (2017a). El registro de ministros de culto en México: de la limitación del número a la intromisión en la vida interna de las iglesias. Inclusiones, (4), 97-112.

González, J. (2017b). La guerra de los cristeros hitos y mitos. México: Panorama.

Guízar y Valencia, A. (1930, 3 de julio). Respuestas del obispo de Chihuahua al cuestionario enviado por la Sagrada Congregación de Seminarios en 1930. Recuperado de: http://www.clerus.org/clerus/dati/2006-06/10-13/Soto2.html

INEGI. [Instituto Nacional de Estudios de Estadística, Geografía e Informática]. (1996). Estados Unidos Mexicanos. Cien años de censos de población. Aguascalientes, México: INEGI.

INEHRM. [Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones en México]. (2014). Diccionario de Generales de la Revolución (vol. 2). México: INEHRM / SEP / SDN.

L’Osservatore Romano. (1929, 15 de marzo). Roma.

La Prensa. [La Prensa. Único diario español e hispano americano en Nueva York]. (1929, 14 de mayo).

Marín, N. (1928). La verdad sobre Méjico. Antecedentes históricos, origen, desarrollo y vicisitudes de la persecución religiosa en Méjico. Barcelona: Tipografía Católica Casals.

Meyer, J. (1973). La Cristiada 1. La guerra de los cristeros. México: Siglo XXI.

Meyer, J. (2004). Pro Domo mea: “La Cristiada” a distancia (Documentos de trabajo, número 29). México: CIDE.

Meyer, J. (2013). De una revolución a la otra. México: El Colegio de México.

Navarrete, F. (1957). De Cabarrús a Carranza. La legislación anticatólica en México. México: Jus.

O’Dogherty, L. (2001). De urnas y sotanas. El Partido Católico Nacional en Jalisco. México: CONACULTA / UNAM.

Ortiz, J. de J. (1901, 1 de noviembre). Carta Pastoral dirigida desde su antigua sede a sus nuevos diocesanos. Chihuahua: Boletín Eclesiástico de Guadalajara.

Pío XI. (1926, 2 de febrero). Litterae apostolicae. Recuperado de: http://w2.vatican.va/content/pius-xi/la/apost_letters/documents/hf_p-xi_apl_19260202_paterna-sane-sollicitudo.html

Savarino, F. (2017). El conflicto religioso en Chihuahua. Ciudad Juárez, México: El Colegio de Chihuahua / Universidad Autónoma de Ciudad Juárez.

Solis, Y. (2008). Asociación espiritual o masonería católica: la U. Istor (33), 121-137.

Valvo, P. (2016). Pio XI e la Cristiada. Fede, guerra e diplomazia in Messico (1926-1929). Brescia: Morcelliana.

Todos los contenidos de la revista Debates por la Historia se publican bajo una licencia Creative Commons Atribución No Comercial 4.0 Internacional, que permite compartir (copiar y redistribuir el material en cualquier medio o formato) y adaptar (remezclar, transformar y construir a partir del material) para fines no comerciales, dando los créditos a los autores y a la revista, tal como lo establece la licencia.

La política de acceso abierto y de licencias con “algunos derechos reservados” no niega la propiedad intelectual ni los derechos de los autores respecto a sus artículos, pues ellos son los titulares y la revista Debates por la Historia no los reserva para sí ni para la institución editora, ya que se apega a movimientos de acceso abierto como los Principios y Valores del Sistema de Información Científica Redalyc - Red de Revistas Científicas de América Latina y el Caribe, que pugnan por la eliminación de las políticas de embargo para que el autor retenga los derechos de su obra (principio número 8).

Los autores podrán distribuir su propio material en cualquier otro medio o soporte, siempre y cuando sea para fines no comerciales, informando a los editores que el trabajo será publicado nuevamente y dando el crédito correspondiente a la revista Debates por la Historia.

La publicación en la revista Debates por la Historia, por su carácter gratuito, no da derecho a remuneración económica alguna a los autores, ni a los dictaminadores.

Los lectores podrán reproducir (copiar), comunicar, distribuir o hacer obras derivadas de los artículos o colaboraciones publicados en la revista Debates por la Historia en los siguientes casos:

  1. Para fines públicos.
  2. Sin fines comerciales.
  3. Que se reconozca la autoría de la obra y se cite su origen con información completa: Apellido/s del autor, inicial/es del nombre/s. (año de publicación). Título del artículo. Nombre de la revista, volumen (número de ejemplar), página inicial del artículo-página final del artículo. DOI: numero de identificador o Recuperado de: URL exacto del documento citado (formato sugerido).

El cuerpo editorial de la revista Debates por la Historia asumirá el compromiso de notificar oportunamente a los autores sobre cualquier cambio de ubicación de los artículos en el sitio (cambio de dirección URL o de conexiones para identificar el artículo).

Los autores, al enviar sus trabajos para su posible publicación, deberán tomar en cuenta los puntos anteriores, mismos que se contemplan en el Acuerdo entre autor y la revista Debates por la Historia.

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.