El dictamen de estados financieros y la responsabilidad del contador
público en su emisión
Mejía Chavarría1 y Lazo Pérez2
El dictamen de estados financieros y la responsabilidad del contador
público en su emisión
The auditor's report on financial statements and the public accountant's
liability in its issuance
Fecha de recepción: Abril 2026
Fecha de aceptación: Julio 2026
Esta obra está bajo licencia internacional
Creative Commons Reconocimiento-NoComercial 4.0
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Creative Commons Reconocimiento-NoComercial
Número 10 Volumen 5 Año 2026 e 2382 eISSN:2992-8508
Argenis Iván Mejía Chavarría1 y Arely Lazo Pérez2
1. Argenis Iván Mejía Chavarría, Docente de la Universidad Nacional Autónoma de
México, academicoargenis@comunidad.unam.mx
2. Pasante de la Licenciatura en Contaduría Arely Lazo Pérez, Universidad Nacional
Autónoma de México, areloperez980@gmail.com
Correspondencia: Argenis Iván Mejía Chavarría
Dirección: Carretera Cuautitlán Teoloyucan k.m. 2.5, San Sebastián Xhala, Cuautitlán
Izcalli, Estado de México, C.P. 54714
Teléfono: 5539290868
Correo: academicoargenis@ccomunidad.unam.mx
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Resumen
El dictamen de estados financieros representa el resultado del trabajo de una auditoría de estados
financieros para efectos fiscales, este es un informe de carácter técnico-contable en el cual se plasma una
opinión profesional emitida exclusivamente por un Contador Público Certificado e independiente tras
realizar una auditoría financiera. Esta actividad es privativa de la Contaduría pública pues así lo establece
el Código Fiscal de la Federación. Su objetivo principal radica en brindar confianza a los usuarios de la
información financiera e instituciones (como el SAT, IMSS o INFONAVIT) sobre la razonabilidad de la
información financiera de una entidad, en aras de que los resultados financieros estén alineados con las
Normas de Información Financiera (NIF) y que los entes auditados se encuentren en el marco del
cumplimiento administrativo, operativo y financiero. En el devenir histórico, el dictamen ha servido como un
mecanismo de fiscalización, sin embargo, su presentación se volvió opcional a partir de 2014, a pesar de
ello este sigue siendo de carácter obligatorio para ciertos contribuyentes con altos niveles de ingresos, así
como empresas públicas o entidades que cotizan en bolsa. Este artículo se compone de una estructura
técnica normada por las Normas Internacionales de Auditoría, particularmente la serie 700, a través de la
cual el auditor puede emitir cuatro tipos de opinión: no modificada limpia, con salvedades, opinión negativa
o denegación de opinión. Este documento robustece la profesión contable, aumenta la confianza y permite
mitigar riesgos financieros y fiscales para las empresas, finalmente, la emisión de este informe implica una
alta responsabilidad social, legal y penal para el profesional, quien debe conducirse de forma ética,
mantener una constante actualización académica y contar con una certificación vigente para ejercer esta
actividad privativa de su profesión.
Palabras clave: Dictamen de estados financieros, auditoría financiera, contador público certificado,
Normas Internacionales de Auditoría, Obligaciones fiscales
Abstract
The auditor's report on financial statements represents the outcome of a financial statement audit conducted
for tax purposes. This technical-accounting report embodies a professional opinion issued exclusively by an
independent Certified Public Accountant (CPA) upon completing a financial audit. In the Mexican context,
this activity is an exclusive statutory privilege of the public accounting profession, as mandated by the
Federal Fiscal Code (Código Fiscal de la Federación - CFF). Its primary objective is to provide assurance
and trust to financial statement users and regulatory institutions such as the Tax Administration Service
(SAT), the Mexican Social Security Institute (IMSS), and the National Workers' Housing Fund Institute
(INFONAVIT) regarding the fairness of the financial information, ensuring its alignment with the Mexican
Financial Reporting Standards (Normas de Información Financiera - NIF) and verifying that the audited
entities operate within a framework of administrative, operational, and fiscal compliance. From a historical
perspective, the auditor's report has served as an indirect tax enforcement mechanism. Although the 2014
tax reform shifted its general submission to an optional status, it remains mandatory for certain taxpayers
who exceed specific high-income thresholds, as well as for public companies and entities listed on the stock
exchange. The technical structure of this report is strictly governed by the International Standards on
Auditing (ISA), particularly the 700 series, under which the auditor is empowered to issue four types of
opinions: unmodified (clean), qualified, adverse, or a disclaimer of opinion. Ultimately, this document
strengthens the accounting profession, enhances stakeholder confidence, and mitigates financial and fiscal
risks for corporations. Consequently, the issuance of this report entails high social, civil, and criminal liability
for the professional, who must adhere to strict ethical standards, maintain continuous professional
development, and hold a valid certification to legitimately practice this exclusive professional activity.
Key words: Financial statement audit report, Financial audit, Certified Public Accountant, International
Standards on Auditing (ISA), Tax obligations
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General
Analizar la evolución teórica, técnica y normativa del dictamen de estados financieros en
México, examinando las implicaciones metodológicas de las Normas Internacionales de
Auditoría (NIA).
Específicos
Sistematizar la estructura técnica del dictamen de estados financieros de acuerdo con las
directrices de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA, serie 700) y las disposiciones
fiscales vigentes.
Delimitar el horizonte de responsabilidad social, civil y penal que asume el auditor
independiente al emitir y publicar el dictamen.
Justificación
Esta investigación aportará valor al ámbito de la auditoría porque sistematizará en
forma la estructura del dictamen en alineación con la normatividad internacional y
nacional, permitirá mostrar los pasos que permitirán la evaluación de evidencia y la
mitigación de riesgos de incorrección material (NIA 315).
En la jerga de la auditoría, este documento proporcionará a los auditores y
despachos independientes de un instrumento de consulta crítico que permitirá clarificar
las limitaciones inherentes al muestreo de la auditoría (NIA 530) y los factores de riesgo
de control, en aras de coadyuvar a mejorar la calidad de los servicios de aseguramiento
de las organizaciones y a fomentar procesos internos que permitan añadir valor y
certidumbre financiera en la toma de decisiones.
Finalmente, este documento tiene relevancia social, jurídica y contable, porque el
dictamen constituye una actividad privativa del Contador Público o Licenciado en
Contaduría certificado lo cual permite impactar directamente en la confianza y credibilidad
pública frente a reguladores, mercados e instituciones del Estado (tales como el SAT,
IMSS o INFONAVIT).
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En este momento, en donde la fiscalización se ha vuelto sofisticada, rigurosa y en
la que se utiliza herramientas de inteligencia artificial, este trabajo permite mostrar la
trascendencia de la ética delimitando con alta precisión el horizonte de la responsabilidad
social, civil y punitiva (penal) del Contador público.
Contribución y valor agregado
Este documento a pesar de tener un carácter eminentemente documental, no se
limita a una descripción pasiva o aislada de la normativa aplicable al dictamen fiscal,
toda vez que su contribución original y aportación metodológica al campo del
conocimiento contable y jurídico radica en tres ejes fundamentales:
Sistematización de la normatividad dispersa: En la praxis profesional, el marco
regulatorio del dictamen se encuentra fragmentado en diversas fuentes tanto
nacionales como internacionales (Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, la
Resolución Miscelánea Fiscal que va cambiando cada año, la Ley del Seguro Social,
la Ley del INFONAVIT y las Normas Internacionales de Auditoría). Se pretende que
este trabajo aporte valor al unificar, organizar y estructurar de forma ordenada y desde
la lógica contable dichos ordenamientos jurídicos y técnicos en un marco teórico
único, facilitando una consulta ágil, crítica pero sobretodo con un rigor técnico para el
auditor y las firmas independientes.
Integración de responsabilidades en un modelo integral: Este estudio trasciende
el enfoque tradicional al integrar y conectar de forma sistémica las responsabilidades
civiles, administrativas y de índole penal o punitiva que asume el Contador Público
Certificado. Esta articulación permite modelar con precisión el horizonte ético-legal y
el grado de exposición al riesgo jurídico del profesional al emitir su opinión, brindando
un marco conceptual completo y preventivo frente a la sofisticación de la fiscalización
del Estado.
Análisis con perspectiva de vigencia normativa: La investigación proporciona un
examen crítico actualizado con las disposiciones del ejercicio fiscal vigente
(incluyendo las adecuaciones metodológicas de la serie NIA 700 y el anexo 19 de la
Resolución Miscelánea Fiscal). Esto subsana la brecha existente en la literatura
científica y en bases de datos que suelen encontrarse dispersas o desactualizadas
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ante los vertiginosos cambios fiscales y de aseguramiento en México.
Introducción
La Contaduría pública tiene diferentes campos de actuación profesional: sector
independiente, empresarial, gubernamental y docente, en el sector independiente el
Contador desarrolla una actividad privativa de la Contaduría pública: la auditoría de
estados financieros o la auditoría derivada de normatividad federal o estatal, debiendo
emitir un dictamen, como resultado de su examen, lo cual posibilite que se brinde
confianza a la información presentada.
En esta exposición escrita se pretende abordar el surgimiento, alcance y
limitaciones del dictamen de estados financieros, el cual ha evolucionado en función del
contexto empresarial y de los cambios tributarios y financieros exigidos por nuestro país,
cabe mencionar que el dictamen de estados financieros es una opinión, la cual representa
el trabajo final de una auditoría financiera para efectos fiscales, es invariablemente una
opinión profesional que brinda confianza a los usuarios de esta, de que la información de
índole financiero se apega a las Normas de Información Financiera.
Se hará énfasis en que el dictamen de estados financieros constituye un área
privativa de la Contaduría pública porque es una manifestación de su trabajo, en el cual
no basta con dominar la contabilidad, las Normas de Información Financiera (NIF) y las
Normas Internacionales de Auditoría (NIA), sino que además el Contador en los trabajos
de auditoría se debe de conducir con ética por las implicaciones sociales, legales e
incluso penales que tiene este tipo de trabajos.
Asimismo, se abordan los diferentes tipos de dictamen que como Contadores
públicos, al estar certificados podemos emitir ante autoridades como el Servicio de
Administración Tributaria (SAT), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el
Instituto el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), para el
Consejo de Administración de una empresa o para entidades estatales, para lo cual, el
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Contador debe tener los conocimientos inherentes a cada área, lo cual demostrará a
través de la obtención de una certificación en el ámbito que se le requiera.
No menos importantes son las responsabilidades que adquiere el Contador al
emitir un dictamen, en esta exposición se hace énfasis a la responsabilidad social, legal
e incluso penal, haciendo una reflexión de los requerimientos para estar en posibilidad
de emitirlo.
De esta responsabilidad deriva la obtención de la evidencia suficiente y
competente que dará pauta a la emisión de una opinión profesional por parte del auditor,
la cual se basa en la serie 700 de las NIA, lo cual es relevante porque conlleva una
preparación técnica y la adquisición de una capacidad profesional para que el auditor
esté en condiciones de supervisar el trabajo realizado, actuar y tomar decisiones
profesionalmente y emitir una opinión libre de sesgos, lo cual se pretende abordar en esta
exposición escrita.
Criterios metodológicos
La presente investigación es de tipo cualitativo y de carácter no experimental, este
estudio se fundamenta en el análisis sintético de las estructuras teóricas, las directrices
técnicas internacionales de auditoría y los aspectos jurídicos que regulan la emisión del
dictamen financiero para efectos fiscales en México.
Por sus objetivos y alcance, este estudio corresponde a una investigación de tipo
documental, básica y jurídico, de tipo descriptivo y explicativo, ya que no se limita a
enunciar los componentes técnicos y normativos del informe del auditor, sino que
examina, sistematiza e interpreta las responsabilidades legales (civiles, administrativas y
penales) y las limitaciones metodológicas inherentes al ejercicio del Contador Público
Certificado.
Para la elaboración de este artículo se siguieron cuatro fases:
Fase 1 de exploración y selección de fuentes bibliográficas: Para seleccionar
aquéllas que son vigentes y relevantes a la fecha.
Fase 2 de organización de materiales: Permitió agrupar conceptos en los ejes
temáticos correspondientes.
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Fase 3 de triangulación normativa: en donde se contrastaron los artículos
inherentes al dictamen de estados financieros del Código Fiscal de la Federación,
las Normas Internacionales de Auditoría y el Código de ética del Contador público.
Fase 4 de síntesis y redacción: En la que se redactó él artículo y sus conclusiones
las cuales fueron consistentes en robustecer la praxis profesional de auditoría en
el ámbito del dictamen de estados financieros.
Método jurídico-documental
Este método permitió abordar el dictamen de estados financieros no solo como un
reporte técnico de auditoría, sino como un acto normado con plenos efectos legales y
fiscales en México. A través de él, se analizaron de manera sistemática los textos legales
y normativos vigentes que regulan la validez del dictamen, las obligaciones impositivas
de los contribuyentes y la actuación del profesional inscrito, tales como el Código Fiscal
de la Federación, sus Reglamentos y las Leyes de seguridad social correlativas (IMSS e
INFONAVIT).
Método analítico-sistémico
Se aplicó de forma transversal durante las fases de la investigación. La parte analítica
consistió en la descomposición y examen pormenorizado de los elementos estructurales
del dictamen según las Normas Internacionales de Auditoría (especialmente la serie NIA
700 y 705), así como la separación de las esferas de responsabilidad (civil, administrativa
y penal) del auditor. Posteriormente, mediante el proceso sintético, se integraron de
manera armónica estos componentes normativos dispersos en un modelo conceptual
único y uniforme, validado a través de la triangulación normativa y el diseño de las
matrices técnicas del estudio.
Técnica de análisis documental
Constituyó la herramienta operativa principal para la recolección, selección, clasificación
e interpretación del material bibliográfico y cibergráfico recopilado. Mediante la aplicación
de esta técnica a fuentes doctrinales vigentes, guías colegiadas del Instituto Mexicano de
Contadores Públicos y artículos de indexación científica, se extrajeron los conceptos
clave, vertientes de opinión y criterios de discusión que permitieron fundamentar la
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evolución teórica del dictamen y delimitar con precisión el horizonte de riesgo legal y ético
del Contador Público Certificado.
1. El dictamen de los estados financieros
Saucedo, (2019), nos dice que el dictamen se define como un documento que
suscribe un Contador Público conforme a las normas de su profesión, en el expresa su
opinión relativa a la naturaleza, alcance y resultado del examen realizado sobre los
estados financieros de la entidad analizada durante la auditoría.
Por su parte, López, (2020), refiere que el dictamen es el conjunto de información
que se integra por los estados financieros básicos y las notas correlativas y los anexos
requeridos por la autoridad fiscal, también lo define como la opinión que, con base en un
trabajo de auditoría, o incluso para fines específicos, emite el contador público
independiente.
Esta opinión está alineada a lo estipulado por el Código Fiscal de la Federación,
su reglamento y la Resolución Miscelánea Fiscal, el dictamen de estados financieros
debe ser firmado por un Contador Público Certificado.
En el Diario Oficial de la Federación del 30 de abril de 1959 se coloca a la Auditoría
Superior de la Federación como un órgano que permitirá investigar y vigilar que los
contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales, el cual depende de la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público, en ese mismo decreto se establece un registro de
Contadores públicos para que estos estuviesen en posibilidad de dictaminar estados
financieros, a partir de este año el dictamen ha sufrido algunas modificaciones,
adecuándose a los contextos empresariales actuales y volviéndose optativo a partir del
ejercicio 2014.
La auditoría de estados financieros es una actividad privativa de la Contaduría
pública y el producto final de este examen es el dictamen, es cual es una opinión que
emite un profesionista independiente, inherente a si los estados financieros cumplen con
las Normas de Información Financiera (NIF) y en particular si la información financiera
cumple con los postulados de contabilidad.
Es pertinente mencionar que la ley es muy clara respecto a que un Contador
Público inscrito es quien podrá obtener su registro para dictaminar ante el Servicio de
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Administración Tributaria (SAT), el cual debe de cumplir con los requisitos establecidos
por el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, en la actualidad estos requisitos
son los siguientes (Ver tabla 1):
Tabla 1. Requisitos para que un Contador Público dictamine estados financieros
1
Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
2
Contar con Firma Electrónica Avanzada (FIEL)
3
Contar con cédula profesional
4
Constancia de socio activo de un Colegio de Contadores
5
Constancia de certificación profesional
6
Constancia de experiencia participando en la elaboración de dictámenes
7
Constancia de la norma de educación continua de actualización académica
8
Manifestación de que no ha participado en delitos fiscales
9
Constancia de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en términos del artículo
32 D del Código Fiscal de la Federación
Nota: Cámara de Diputados, (1981) y Castro, 2023
Concepto y objetivos
Concepto
De acuerdo con Ccanto, (2021), el dictamen es una opinión que se elabora como
resultado de la evaluación de calidad de información financiera de una empresa en un
periodo determinado con el fin de identificar si esta información fue procesada de forma
razonable, bajo estándares contables actuales.
Nava y López, (2019), refieren que el dictamen es una opinión o informe que
elabora el Contador sobre los estados financieros, a efecto de dar fe de que la información
es confiable y segura.
Salas y Juárez, (2025), refieren que el dictamen es un informe técnico-contable
elaborado por un contador público registrado, en el cual se evalúa y certifica si la situación
fiscal de un contribuyente se apega a la normatividad vigente, este es presentado al
Servicio de Administración Tributaria (SAT) y tiene valor probatorio ante posibles auditoría
o revisiones.
A la luz de las definiciones anteriores podemos definir al dictamen como un informe
en el que se emite un juicio que se forma un Contador Público certificado al aplicar sus
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técnicas y procedimientos inherentes a la situación financiera de una entidad económica,
en este informe se colocan hechos materializados a los cuales se les concede presunción
de certeza, sin dejar de lado las facultades de comprobación de las autoridades.
Objetivos
Mejía, (2023), establece que el objetivo del dictamen de estados financieros es
conocer la opinión sobre la situación financiera de una empresa, bajo la perspectiva de
un profesionista de la Contaduría Pública. En este tipo de dictamen se emite una opinión
sobre la razonabilidad financiera de los estados financieros; estado de situación
financiera, estado de resultados integral, estado de flujos de efectivo y estado de
variaciones en el capital contable.
De forma general, la auditoría brinda una seguridad de que la información
contenida en los estados financieros de un ente económico es de calidad, en este sentido,
podemos decir que la auditoría permite detectar inconsistencias y áreas de oportunidad
que al corregirse generarán un valor agregado a las organizaciones.
El alcance y objetivo del dictamen fiscal consiste en que derivado de la revisión se
asegure el cumplimiento de las normas contables y fiscales, en aras de mejorar los
procesos internos y gestionar adecuadamente los riesgos, en esta tesitura, podemos
enlistar varios objetivos inherentes al dictamen de estados financieros (Ver tabla 2):
Tabla 2. Objetivos del dictamen de estados financieros
No.
Contexto
1
Al analizar y evaluar la información financiera podemos
determinar si esta cumple con la normatividad financiera
actual ya que esta es la base de la opinión del auditor.
2
El dictamen brinda una perspectiva sólida desde una
visión neutral y objetiva, con ello otorgan mayor
credibilidad sobre la información financiera.
3
El dictamen permite identificar posibles errores en la
elaboración de los estados financieros y controles
internos, con lo cual se está en posibilidad de
implementar medidas preventivas y correctivas que
impactarán en el futuro económico de la entidad.
4
Dar confianza a contribuyentes y autoridades sobre el
razonable cumplimiento de obligaciones impositivas.
5
Contar con un instrumento que, mediante la aplicación
de normas de auditoría, permita detectar y corregir
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errores, omisiones e interpretaciones agresivas de la
normatividad fiscal, que le permita al contribuyente una
autocorrección espontánea, para evitar la imposición
de multas o la comisión de delitos.
6
El dictamen es un requisito indispensable para registrar
una entidad económica en la Bolsa Mexicana de
Valores, apoyando en la toma de decisiones del
adquiriente de acciones.
Nota: Elaboración propia con base en Castro, (2023).
Estructura técnica
Los resultados del trabajo realizado en una auditoría deben plasmarse en el
dictamen, lo cual es importante porque estos resultados se entregarán al cliente, en
particular las Normas Internacionales de Auditoría, Tapia, et al. (2019), y el anexo 19 de
la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, refieren que el dictamen debe estructurarse
de la siguiente manera (Ver tabla 3):
Tabla 3. Elementos contenidos en la estructura técnica del dictamen de estados
financieros
Elemento
Descripción
a) Título del informe
Informe del auditor independiente, haciendo la distinción de
que se trata de un dictamen y no de un simple informe.
b) Destinatario
Se coloca el Consejo de administración, Asamblea de
accionistas o el nombre de la Unidad administrativa o
Secretaría de la Administración Pública Federal o el nombre
de la empresa que contrató la auditoría.
Esto permite dirigir la responsabilidad del informe.
c) Domicilio
Domicilio del contratante
d) Párrafo
introductorio
Indicar que nos contrataron para auditar estados
financieros.
Señalar cada uno de los estados financieros que
conforman el conjunto completo, incluyendo las notas de
la entidad a la que pertenecen.
Indicar la fecha sobre la que se informa y el periodo
cubierto por los estados financieros.
e) Opinión
Señalar el tipo de opinión profesional que se emite como
resultado del trabajo realizado.
f) Fundamento de
la opinión
Se señalan las razones para emitir la opinión, que la
auditoría fue ejecutada conforme a las Normas
Internacionales de Auditoría y que se ha obtenido
evidencia suficiente y competente para determinar el tipo
de opinión.
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g) Responsabilidad
de la
Administración
de la entidad)
Señala que la administración de la empresa es responsable
de la preparación y presentación de los estados financieros,
de acuerdo con el marco conceptual de informes financieros
identificados y del control interno necesario para emitir
información financiera libre de errores significativos.
Esto es importante porque deslinda al auditor de esa
responsabilidad, ya que él no es responsable de la
preparación de la información.
h) Responsabilidad
del auditor)
Establece que la responsabilidad del auditor es expresar una
opinión sobre los estados financieros, se describe el
alcance, el juicio profesional, el escepticismo profesional, la
evaluación de riesgos y la obtención de la evidencia.
i) Párrafo de
énfasis
Se señalan otras cuestiones como las responsabilidades de
información adicional o bien el cumplimiento de
disposiciones específicas ante el Servicio de Administración
Tributaria (SAT) o la Comisión Nacional Bancaria y de
Valores (CNBV).
j) Firma de
identificación
Si se trata de una firma, se indica la razón social.
La rúbrica
El nombre del contador público actuante
La expresión Contador Público
Número de Contador Público Certificado
k) Fecha del
informe
Es la fecha de culminación del trabajo en las oficinas del
contratante y se coloca indistintamente en la parte superior
o en la parte inferior.
Nota: Elaboración propia con base en las Normas Internacionales de Auditoría, Tapia,
et al. (2019), y el anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Texto oficial colegiado
En el marco de la estandarización de los términos que se utilizan en auditoría y la
formalización del dictamen, la profesión contable, agrupada y organizada en nuestro país
en el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, pretende que estos términos técnicos
sean entendibles para los Contadores que emiten dictámenes, ya que este documento
tiene un fundamento legal y profesional, lo cual es normado por el Instituto que nos ocupa
y en particular por la Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento (CONAA).
Las Normas Internacionales de Auditoría (NIA), en particular, la NIA 700 podemos
encontrar el texto oficial, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, se ha preocupado
por emitir diversas guías y modelos de dictamen, documentos de vital importancia porque
brindan de protección jurídica al auditor en su actuación al establecer sus
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responsabilidades, garantiza la uniformidad del texto en el dictamen, evita ambigüedades
al utilizar lenguaje técnico inherente a la auditoría.
En este contexto, podemos concluir que en México, el texto oficial colegiado del
dictamen es un modelo alineado a las Normas Internacionales de Auditoría (NIA 700 y
NIA 705), que ha sido revisado y aprobado de forma colegiada por el Instituto Mexicano
de Contadores Públicos.
A continuación podemos observar un ejemplo del texto oficial colegiado en el que
se brinda una opinión no modificada o limpia (Ver tabla 4):
Tabla 4. Ejemplo de texto oficial colegiado del dictamen
Elemento
Descripción
a) Título del
informe
Informe del auditor independiente
b) Destinatario
Al Consejo de Administración de Compañía ejemplo, S.A.
c) Domicilio
Avenida 5 de febrero, Colonia Industrial, Delegación Gustavo A.
Madero
d) Párrafo
introductorio
Hemos auditado los estados financieros de la Compañía
ejemplo, S.A., que comprenden el estado de situación financiera
al 31 de diciembre de 2025, así como los estados de resultado
integral, de cambios en el capital contable y de flujos de efectivo
correspondientes al ejercicio terminado en dicha fecha, así como
las notas explicativas a los estados financieros, que incluyen un
resumen de las políticas contables significativas.
e) Opinión
En nuestra opinión, los estados financieros adjuntos presentan
razonablemente, en todos los aspectos materiales, la situación
financiera de la Compañía Ejemplo, S.A. de C.V. al 31 de
diciembre de 2025, así como su desempeño financiero y sus
flujos de efectivo correspondientes al ejercicio terminado en
dicha fecha, de conformidad con las Normas de Información
Financiera (NIF)
f) Fundamento de
la opinión
Nuestra auditoría fue realizada de conformidad con las Normas
Internacionales de Auditoría (NIA). Nuestras responsabilidades
conforme a dichas normas se describen en la sección
Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de los
estados financieros de este informe. Somos independientes de
la entidad de conformidad con el Código de Ética Profesional del
Instituto Mexicano de Contadores Públicos y hemos cumplido
con las demás responsabilidades éticas que nos son aplicables.
Consideramos que la evidencia de auditoría que hemos obtenido
es suficiente y adecuada para proporcionar una base para
nuestra opinión.
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g) Responsabilidad
de la
Administración
La administración es responsable de la preparación y
presentación razonable de los estados financieros de
conformidad con las Normas de Información Financiera
mexicanas, así como del control interno que la administración
considere necesario para permitir la preparación de estados
financieros libres de incorrección material, debida a fraude o
error.
En la preparación de los estados financieros, la administración
es responsable de la evaluación de la capacidad de la entidad
para continuar como negocio en marcha, revelando, cuando
corresponda, los asuntos relacionados con dicho supuesto y
utilizando la base contable de negocio en marcha, salvo que la
administración tenga la intención de liquidar la entidad o cesar
sus operaciones, o bien, no exista otra alternativa realista.
h) Responsabilidad
del auditor
Nuestros objetivos son obtener una seguridad razonable de que
los estados financieros en su conjunto están libres de
incorrección material, debida a fraude o error, y emitir un informe
de auditoría que contenga nuestra opinión. La seguridad
razonable es un alto nivel de seguridad, pero no garantiza que
una auditoría realizada de conformidad con las NIA siempre
detecte una incorrección material cuando exista.
Como parte de una auditoría conforme a las NIA, ejercemos
juicio profesional y mantenemos una actitud de escepticismo
profesional durante toda la auditoría. Asimismo:
Identificamos y evaluamos los riesgos de incorrección
material.
Diseñamos y aplicamos procedimientos de auditoría para
responder a dichos riesgos.
Evaluamos la adecuación de las políticas contables utilizadas
y la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas
por la administración.
Concluimos sobre lo adecuado del uso de la base contable
de negocio en marcha.
i) Párrafo de
énfasis
Sin modificar nuestra opinión, llamamos la atención sobre la
Nota 12 a los estados financieros, en la que la administración
revela que la entidad se encuentra involucrada en un proceso
legal en curso cuya resolución depende de eventos futuros
inciertos. La administración ha reconocido una provisión
conforme a las disposiciones de las Normas de Información
Financiera mexicanas y considera que dicho asunto no afecta la
razonabilidad de los estados financieros al 31 de diciembre de
2025.
j) Firma de
identificación
C.P.C. Argenis Iván Mejía Chavarría
Cédula profesional No. 458997
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k) Fecha del
informe
Ciudad de México, a 15 de marzo de 2026
Nota: Elaboración propia con base en las Normas Internacionales de Auditoría, Tapia,
et al. (2019), y el anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Sus elementos
Ccanto, (2021), refiere que la NIA 700 “Formación de la opinión y emisión del
informe de auditoría sobre estados financieros”, enmarca los elementos del dictamen de
auditoría, particularmente en el apartado estos son el título, destinatario, párrafo
introductorio, responsabilidad de la administración, responsabilidad del auditor, opinión
del auditor, otras responsabilidades, firma del auditor, fecha del informe del auditor y
dirección del auditor.
Ya se ha abordado la estructura técnica del dictamen y su texto oficial colegiado,
anteriormente se tenía una visión muy clara de los elementos que debía contener el
dictamen, ya que el Instituto Mexicano de Contadores Públicos a través de la Comisión
de Normas y Procedimientos de Auditoría, muy didácticamente divulgaban la
normatividad inherente al Dictamen, en este contexto, la profesión de Contaduría pública
siempre ha sido de las más normadas, la literatura de años pasados nos muestra una
visión inherente a la manera en que diversos autores definían, estructuraban y guiaban a
los auditores en la emisión de este.
Nava, y López, (2019), sostienen que en el artículo 52 del Código Fiscal de la
Federación se establecen los requisitos para que un dictamen tenga validez y este
elemento particularmente es que sea emitido por un Contador Público.
Para reforzar esta exposición escrita Santillana, (2004), hace referencia a los
elementos básicos que integran el dictamen del auditor, considerando los siguientes
elementos que debe contener el dictamen emitido por un auditor (Ver tabla 3), que
particularmente refuerzan la estructura establecida por las Normas de Internacionales de
Auditoría y están alineados con los modelos propuestos por el Instituto Mexicano de
Contadores Públicos.
Alcance y limitaciones
Alcance
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De acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría el alcance del dictamen
es inherente al grado y trabajo realizado por un auditor independiente que busca formarse
una opinión profesional sobre si la información financiera cumple con los postulados de
contabilidad.
En una auditoría financiera para efectos fiscales, evidentemente el alcance serán
los estados financieros básicos (estado de situación financiera, estado de resultados
integral, estado de cambios en el capital contable y el estado de flujos de efectivo) y sus
notas.
Para determinar el alcance que daremos a nuestros procedimientos de auditoría
obligatoriamente debemos estudiar y evaluar el control interno a efecto de determinar los
procedimientos que aplicaremos y el alcance de estos.
Es pertinente mencionar que el alcance se encuentra estrechamente relacionado
con los trabajos a ejecutar en la auditoría y no deben confundirse con la responsabilidad
en la emisión de la información financiera, de la cual es responsable la administración de
la entidad.
En este sentido, la determinación del alcance es inherente al estudio y evaluación
del control interno y a la materialidad de los riesgos, lo cual dará pauta a implementar las
técnicas de auditoría.
Cabe resaltar que el hecho de auditar los estados financieros de una entidad, no
brinda un certeza total de la información financiera, ya que el alcance de la auditoría es
inherente a los estados financieros y sus notas, ejecutándose con base en pruebas
selectivas y en consecuencia se pueden materializar riesgos de control o riesgos de
detección, que algunas veces no podemos detectar, por la naturaleza de los mismos
trabajos, sin embargo, se reducen los riesgos de incorrección material y fraude.
Limitaciones
Como se mencionó en el apartado anterior, por la naturaleza de los trabajos de
auditoría el dictamen representa no una verdad absoluta sino una seguridad razonable
plasmada en una opinión de índole profesional que se manifiesta en función a la
aplicación de procedimientos de auditoría y en alineación con a NIA 530 con base en
pruebas selectivas.
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Es pertinente mencionar que como auditores diseñamos procedimientos para que
se disminuyan los riesgos pero es imposible disminuir en su totalidad este riesgo, en este
contexto, existe la posibilidad de que se materialice un riesgo de detección, es decir que
el auditor no pueda detectar esos errores de importancia relativa, porque como se
mencionó anteriormente, trabajamos con base en la aplicación de pruebas selectivas.
La opinión que se forma y emite el auditor, en ocasiones tiene ciertas
subjetividades y se realiza con base en estimaciones, de las cuales no estamos seguros
de que se materializarán en el futuro, si bien es cierto, una auditoría se diseña para
detectar desviaciones, sin embargo, en ocasiones las personas integrantes de la
organización que comenten fraudes o desviaciones son tan hábiles que es muy complejo
detectar estas prácticas.
Particularmente, una última limitación es que el dictamen no pude prevenir o
detectar el fraude en su totalidad ni evaluar la eficiencia y eficacia administrativa o el
cumplimiento que tiene la empresa en relación con la normatividad fiscal ya que su
alcance es inherente a la información financiera y su razonabilidad conforme a las
Normas de Información Financiera.
Publicación y responsabilidad de emitirlo
Campos, (2017) refiere que la NIA 200 enmarca las responsabilidades del auditor,
en particular, las limitaciones inherentes a la capacidad del auditor para detectar
incorrecciones materiales respecto a los hechos y condiciones futuras que dan pauta a
que una entidad pare su funcionamiento, es pertinente aclarar que como auditores no
podemos predecir estos hechos pero de lo que si somos responsables es de obtener
evidencia suficiente y competente que soporte nuestra opinión.
Osorio (2006), refiere que al emitir su opinión, el auditor adquiere una
responsabilidad social y legal:
Respecto a la responsabilidad social, debe tener presente la importancia que
reviste la profesión de la Contaduría pública y su área de auditoría hacia la sociedad, ya
que las decisiones que tomamos impactan a una masa anónima ante la cual somos
responsables, en este sentido, el auditor no sólo es responsable ante el cliente sino hacia
la comunidad a la cual pertenece, debiendo servir con ética y responsabilidad.
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Ahora bien, en cuanto a la responsabilidad legal, la normatividad mexicana
establece responsabilidades concretas hacia los auditores, llegando a configurarse
delitos encuadrados en el Código Fiscal de la Federación, particularmente el artículo 52,
que establece que los dictámenes e informes elaborados por Contadores públicos, con
impactos fiscales, tienen validez y la autoridad fiscal los considera como ciertos.
Cabe mencionar que los requisitos de validez del dictamen son que el contador
que lo emita debe tener registro ante el Servicio de Administración Tributaria, demostrar
experiencia y capacidad profesional y en consecuencia debe estar certificado como
Contador público.
Es importante dimensionar las responsabilidades que pueden materializarse en
función de los hechos reales y circunstancias manifestadas en el informe, para las partes
involucradas en la preparación, presentación y publicación del dictamen, de ahí la
importancia de conocer.
En este sentido, la responsabilidad del Contador público que publica y emite el
dictamen de estados financieros cumple con las NIA para determinar que la información
presentada sea consistente y esté preparada sobre bases razonables, asimismo, revisar
y determinar que la entidad ha cumplido con sus obligaciones en materia fiscal, revelado
las excepciones detectadas y en caso de no hacerlo será sancionado.
Si el Contador público incumple con los requisitos que marca el Código Fiscal de
la Federación y su Reglamento o bien no aplica las Normas Internacionales de Auditoría
entonces podrá ser acreedor a una amonestación o más grave aún, la cancelación de su
registro.
Tipos de presentación
A partir del ejercicio 2014, el dictamen se vuelve optativo, en este sentido podemos
tener dos vertientes en cuanto a su presentación, uno que el contribuyente se encuentre
obligado a dictaminar sus estados financieros y dos que el contribuyente no esté obligado
pero por voluntad propia decide presentarlo.
No se omite mencionar que en nuestro país, con objeto de facilitar el cumplimiento
de nuestras obligaciones, la autoridad fiscal nos facilita una herramienta tecnológica
denominada Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal (SIPRED), a efecto de que los
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Contadores Públicos Inscritos y grandes contribuyentes presentemos vía internet el
dictamen de estados financieros y sus anexos.
Presentación obligatoria
En alineación con el artículo 32-A del Código fiscal de la Federación y la
Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 se encuentran obligados a dictaminar las
personas físicas y morales que se encuentren en los siguientes supuestos (ver tabla 5):
Tabla 5. Supuestos para que personas físicas y morales estén obligadas a dictaminar
Concepto
Supuesto
De acuerdo a sus
ingresos
Personas físicas y morales que en el ejercicio inmediato anterior
hayan tenido ingresos acumulables iguales o superiores a
$1,062,919,860, para efectos de Impuesto Sobre la Renta.
Cotizantes en bolsa
de valores
Sociedades que tengan acciones colocadas en Bolsa de
Valores.
Empresas públicas
Para dar cumplimiento a la transparencia, empresas
paraestatales de la Administración Pública Federal.
Empresa extranjeras
Personas morales extranjeras pero que tengan establecimiento
permanente en nuestro país.
Nota: Elaboración propia con fundamento en el Código Fiscal de la Federación y la
Resolución Miscelánea Fiscal
Presentación voluntaria
En alineación con el artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación, las personas
físicas y morales que cumplan con los siguientes supuestos (ver tabla 6) pueden
presentar su dictamen voluntariamente en aras de obtener beneficios fiscales.
Tabla 6. Supuestos para que personas físicas o morales opten por presentar su
dictamen
No.
Supuesto
1
Ingresos iguales o superiores a $157,785,770
2
Que el valor de sus activos no supere $124,650,380
3
Que por lo menos 300 trabajadores les hayan prestado servicios
Nota: Elaboración propia con base en el artículo 32 A del Código Fiscal de la
Federación
Tipos de opinión
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Las Normas Internacionales de Auditoría (NIA), establecen los diversos tipos de
opinión que el auditor puede emitir como resultado de su trabajo, los cuales se dividen
en opinión no modificada (NIA 700), opinión modificada (NIA 705), dentro de la cual puede
materializarse distintos tipos de opiniones: con salvedad, negativa o denegación, estas
opiniones pueden contener párrafos de énfasis u otros asuntos, tal cual lo establece la
NIA 706, a continuación podemos observar estos tipos de opinión en alineación con las
NIA (Ver tabla 7):
Tabla 7. Tipos de opinión de acuerdo con las NIA
NIA 700
NIA 700
NIA 706
Énfasis
Opinión no
modificada
Limpia
Otros asuntos
Tipos de opinión
NIA 705
NIA 700
NIA 706
Salvedad
Énfasis
Opinión modificada
Negativa
Otros asuntos
Denegación
Nota: Elaboración propia con base en las NIA 700, 705 y 706
De acuerdo con Arenas, (2025), como resultado de la auditoría y sobre una base
de evidencia suficiente y competente, el auditor independiente emite su dictamen, como
se puede apreciar en la tabla, existen cuatro tipos de opinión: sin salvedades, con
salvedades, adversa o abstenerse de opinar.
Sin salvedades, limpia o no modificada (NIA 700)
Diab y Eissa (2024), refiere que una opinión sin salvedades puede conocerse
también como una opinión limpia o no modificada, lo cual hace ver que la información
financiera no contiene errores materiales y fue preparada en alineación con las Normas
de Información Financiera.
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Ccanto, (2021), nos dice que esta opinión es emitida por el auditor cuando
considera que la evidencia obtenida durante las pruebas de auditoría no tiene errores o
desviaciones que pudiesen afectar la elaboración de los estados financieros y se posee
la seguridad razonable que los estados financieros fueron preparados siguiente los
lineamientos requeridos por las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
A la luz de las definiciones anteriores, podemos definir a este tipo de dictamen, el
cual es un informe que deriva de la revisión de un contador público, quien con todos los
elementos y evidencia suficiente y competente, considera que no se le limitó en la
realización de su trabajo y no encuentra desviaciones en la aplicación de las Normas de
Información Financiera y en consecuencia los postulados de contabilidad, es decir el
auditor detecta que la información plasmada en los estados financieros es razonable.
Con salvedades
Diab y Eissa (2024), nos dicen que esta opinión debe emitirse en caso de que al
obtener evidencia suficiente y competente se concluye que las incorrecciones
individuales o agregadas son materiales, pero no generalizadas en los estados
financieros.
Ccanto, (2021), manifiesta que este tipo de opinión puede derivar de dos vertientes
principales (Ver tabla 8):
Tabla 8. Vertientes que pueden dar lugar a un dictamen con salvedades
Se ha obtenido suficiente información contable (evidencia) durante las pruebas de
auditoría que permiten formar una opinión. Sin embargo, se identifican errores o
desviaciones no materiales que, sea de forma individual o en su conjunto, no
impactan los estados financieros.
No se ha obtenido la suficiente información contable (evidencia), sin embargo, el
auditor concluye que los posibles errores o desviaciones que se puedan omitir no
impacta en los estados financieros.
Nota: Ccanto, (2021)
En función de las definiciones anteriores podemos definir a este tipo de dictamen
como aquel que emite un auditor como resultado de su trabajo, en el cual, ha detectado
inconsistencias inherentes a la aplicación de los postulados de contabilidad o derivado
de que encontró ciertas limitaciones al alcance de su auditoría.
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Cuando existan estas desviaciones en la aplicación de los postulados de
contabilidad, el auditor deberá describir en qué consisten, así como cuantificar el impacto
que estas tendrán en los estados financieros y en consecuencia la manera en que afectan
en la determinación y entero de impuestos.
Referente a las limitaciones que impactan el alcance de la auditoría, estas pueden
ser impuestas por la administración de la entidad, no hay contabilidad, esta está retrasada
o no es confiable, no se dan facilidades para realizar el examen a los estados financieros
y en consecuencia, aplicar los procedimientos o peor aún se niega la información al
auditor, debemos describir en un párrafo del dictamen la naturaleza de estas limitaciones.
Como se ha señalado, en el dictamen deben revelarse las salvedades que a nuestro
juicio deban asentarse en el dictamen, señalar las razones que originaron dichas
salvedades y expresando la frase “en mi opinión, excepto por”, haciendo énfasis en las
salvedades a manifestar.
Con abstención de la opinión, (Denegación de opinión)
Como auditores podemos abstenernos de emitir una opinión cuando existen
limitaciones al alcance de nuestro trabajo, Ccanto, (2021), nos dice que el auditor puede
abstenerse de emitir su opinión porque no le ha sido posible obtener la suficiente
evidencia para poder emitir un juicio, ya que los posibles errores o desviaciones que no
se han podido identificar tienen un impacto material es los estados financieros.
En función de la definición anterior, podemos definir a este tipo de opinión como
aquella en la que un auditor se abstiene de expresar su opinión porque el alcance de su
examen fue de tal suerte que no procede una opinión modificada con salvedades.
Es importante mencionar que esta abstención forma parte de las Normas
Internacionales de Auditoría y a pesar de abstenernos de opinar, eso no nos exime de
una responsabilidad como profesionistas de la contaduría pública, obligándonos a revelar
las desviaciones de importancia que impactan la información financiera.
Con opinión negativa o adversa
Tapia, et al. (2019), refieren que este tipo de opinión se refiere a casos en que el
auditor considera que una salvedad no es suficiente para describir la naturaleza errónea
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o incompleta de los estados financieros, requiriéndose para tal caso una explicación de
las razones y si es posible una cuantificación.
Ccanto, (2021), nos dice que este tipo de opinión se caracteriza porque después
de obtener la evidencia), el auditor concluye que los errores o desviaciones identificadas,
por separado o en su conjunto, tienen un impacto material en los estados financieros del
periodo de análisis.
A la luz de las definiciones anteriores, podemos definir a esta opinión como aquella
en que como resultado de su auditoría, concluye que los estados financieros no se
encuentran alineados con las Normas de Información Financiera, detectando
desviaciones de tal grado importantes a los postulados de contabilidad, que la emisión
de una opinión con salvedades no sería adecuada.
Sin embargo, esto no exime de la responsabilidad al auditor de revelar todas las
desviaciones importantes inherentes a los postulados de contabilidad y las limitaciones
que le hayan impuesto o por la naturaleza de la información se halla encontrado en la
ejecución de su trabajo.
Otros tipos de dictamen
Dictamen para efectos fiscales
De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el dictamen fiscal
es la opinión que emite un Contador Público inscrito como dictaminador (CPI), sobre el
cumplimiento de las obligaciones fiscales de un determinado contribuyente.
López, (2015:p.20) refiere que el dictamen fiscal es una opinión que presenta el
auditor ante autoridades fiscales, este surge de la auditoría efectuada por un Contador
público registrado, sobre los estados financieros de una compañía.
Como se ha mencionado a partir del ejercicio 2014, en alineación con el Código
Fiscal de la Federación, el dictamen se ha vuelto optativo, las personas que cumplan con
los supuestos establecidos en el artículo 32 A del citado Código (ver tabla 6) pueden
optar por presentarlo.
López, (2015:p.20) manifiesta que cuando un contribuyente ha manifestado elegir
la opción de dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales, debe reconocer que
la presentación de este es una obligación y responsabilidad del contribuyente y en él se
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debe manifestar la opinión del auditor inherente a la manera en que el contribuyente ha
cumplido con sus obligaciones fiscales y ha adoptado las Normas de Información
Financiera para la emisión de sus estados financieros.
Es importante reflexionar que cuando el contribuyente opta por dictaminar sus
estados financieros adquiere una obligación y una responsabilidad, para contextualizar
un poco más, López, (2020:p. 20), indica que el dictamen fiscal se integra por tres
secciones principales (Ver tabla 9):
Tabla 9. Secciones que integran el dictamen fiscal
1
Informe sobre la situación fiscal del contribuyente
2
Estados financieros y sus notas dictaminados por Contador público y su
opinión sobre ellos
3
Información adicional de carácter fiscal
Nota: Elaboración propia con base en López, (2020)
Dictámenes especiales
Pérez (2018), señala que los dictámenes especiales son informes detallados y
específicos elaborados por un contador público independiente, los cuales se centran en
áreas particulares de las operaciones financieras de una entidad, con el propósito de
proporcionar una opinión profesional sobre aspectos específicos relevantes para los
usuarios de los estados financieros. De acuerdo con el autor los dictámenes especiales
son cruciales debido a que (Ver tabla 10):
Tabla 10. Importancia de los dictámenes especiales
1
Proporcionan una evaluación detallada y confiable de áreas específicas de
preocupación dentro de la organización.
2
Ayudan a identificar problemas potenciales y de mejora.
3
Mejoran la confianza y credibilidad de la información presentada.
4
Se puede cumplir con los requisitos regulatorios y legales, particularmente en la
detección y prevención de fraudes.
Nota: Elaboración propia con base en Pérez, (2018)
De acuerdo con Téllez, (2004), los clientes pueden requerir algunos tipos de
dictamen inherentes a asuntos sobre los trabajos realizados, esto puede ser consistente
en informes sobre fideicomisos, convenios sobre préstamos, arrendamiento, planes de
pensiones, participación en utilidades, avances presupuestales, etc.; la presentación y
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contenido de estos informes dependerán de la naturaleza de los asuntos y de la
formalidad deseada.
Otros tipos de opinión fiscal
Michael (2010) refiere que adicionalmente al dictamen de estados financieros para
fines fiscales el contador público también está facultado para emitir otro tipo de informes
que sustenten efectos fiscales los cuales de manera sucinta se refieren a (ver tabla 11):
Tabla 11. Otros tipos de opinión fiscal
Tipo de opinión
Definición
Dictamen de estados
financieros
Este dictamen es el más conocido, el cual es requerido por
las empresas para conocer qué opinión merece su situación
financiera bajo la perspectiva de un profesionista de la
contaduría pública, en él se emite una opinión sobre la
razonabilidad financiera de los estados financieros.
Dictamen o informe de
comisario.
Con fundamento en el artículo 166 de la Ley General de
Sociedades Mercantiles, es obligación del comisario de la
empresa de entregar un informe anual a los accionistas, en
el que mencioné qué opinión tiene sobre las políticas
contables y los estados financieros de la empresa.
Dictamen por
enajenación de
acciones
En alineación con la fracción III del artículo 54 y el artículo
193 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, así como los
artículos 193 y 204 del Reglamento de la Ley del Impuesto
Sobre la Renta para efectos fiscales, el dictamen fiscal sobre
la enajenación de acciones es la opinión profesional que
emite ante el Servicio de Administración Tributaria un
Contador público registrado, acerca del resultado fiscal
determinado en una operación de compra-venta de acciones
celebradas entre el enajenante y el adquiriente de dichos
títulos accionarios.
Dictamen para efectos
del IMSS
En concordancia con el artículo 16 de la Ley del Seguro
Social y 153 y 154 del Reglamento de la Ley del Seguro
Social, es el documento elaborado por un Contador Público
autorizado por el IMSS, que como consecuencia de la
revisión realizada por dicho profesional emite una opinión
sobre el cumplimiento de obligaciones derivadas de la Ley
del Seguro Social y sus Reglamentos, el Contador debe
demostrar que cuenta con los conocimientos suficientes en
materia de este Instituto.
Dictamen para efectos
del INFONAVIT.
El artículo 29 de la Ley del INFONAVIT hace referencia a esta
opinión, la cual es un documento elaborado por un Contador
Público autorizado por el INFONAVIT, que señala si el patrón
cumple con las obligaciones fiscales ante el Instituto por los
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conceptos de aportaciones de vivienda y retenciones de
amortizaciones de los créditos de sus trabajadores.
Dictamen para verificar
el cumplimiento de
impuestos locales de
entidades federativas
del país.
Se refiere a un documento preparado por Contador Público
autorizado que brinda una opinión sobre el cumplimiento de
dichas obligaciones por parte del contribuyente.
Las obligaciones a las que se hace referencia son: Impuesto
Sobre Nóminas, Impuesto predial, Suministro de agua o
turismo y hospedaje.
Nota: Elaboración propia
Elaboración del dictamen sobre los estados financieros
La elaboración del dictamen de estados financieros constituye una de las etapas
finales de la auditoría, ya que el dictamen constituye el resultado final de nuestro trabajo
como auditores independientes, es en el dictamen en donde manifestamos nuestra
opinión, basada en la técnica contable y de auditoría respecto a la razonabilidad de los
estados financieros.
En consecuencia, podemos definir a la elaboración del dictamen como un proceso
que ejecuta el auditor en el cual, con base en la evidencia que ha obtenido, valora si esta
es suficiente y competente para opinar sobre si los estados financieros están libres de
incorrecciones materiales, formándose un juicio, el cual expresará por escrito en una
opinión, basada en los hallazgos detectados.
En el proceso de elaboración del dictamen podemos encontrar una metodología
que consiste en varios pasos (ver tabla 12), que nos permitirán opinar sobre si los
estados financieros se encuentran alineados a las Normas de Información Financiera.
Tabla 12. Pasos para elaborar el dictamen sobre los estados financieros
Paso 1. Evaluar la evidencia de auditoría
Evaluar los hallazgos detectados
Evaluar los errores y su impacto material
Determinar la existencia de limitaciones al alcance de la auditoría.
Determinar las desviaciones con respecto a las Normas de Información financiera
Paso 2. Determinar el tipo de opinión
Analizar la evidencia y con base en esta determinar el tipo de opinión que emitirá: no
modificada, con salvedades, negativa o denegación de la opinión.
Paso 3. Redactar el dictamen
La redacción debe ser clara y objetiva, utilizando un lenguaje técnico, por las
implicaciones sociales, legales, profesionales y el impacto económico que tiene este.
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Paso 4. Emitir el dictamen
Debiendo tener cuidado, particularmente por las implicaciones legales que tiene.
Nota: Elaboración propia
Para elaborar un dictamen de estados financieros no basta con tener los
conocimientos técnicos, también debemos tener la experiencia suficiente para hacer un
trabajo con la calidad que se requiere por parte de un auditor y por las responsabilidades
que tiene el hecho de emitirlo.
Discusión y resultados
Los resultados del análisis plasmado en este documento permiten develar que el
dictamen de estados financieros en México es una actividad privativa de la Contaduría
Pública, la cual se encuentra sustentada en el artículo 52 del Código Fiscal de la
Federación (CFF).
Históricamente, desde la creación del registro de contadores en 1952 por parte de
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el dictamen ha fungido como un pilar de la
fiscalización indirecta.
No obstante, los hallazgos documentales reflejan una importante bifurcación a
partir de la reforma de 2014, año en que se eliminó su obligatoriedad de presentar el
dictamen para transitar hacia un esquema optativo.
Al contrastar este hecho con las disposiciones fiscales vigentes para el ejercicio
2026, se demuestra que el dictamen mantiene una centralidad estratégica en el modelo
de recaudación federal.
Los datos analizados revelan que el Estado Mexicano coacciona la obligatoriedad
únicamente para aquellos contribuyentes que superan los niveles críticos de ingresos
acumulables ($1,062,919,860 pesos), sociedades con acciones colocadas en bolsa y
entidades paraestatales. Para el resto del universo corporativo que cumple con los
umbrales menores descritos en el artículo 32-A del CFF, el dictamen opera como un
mecanismo voluntario de autocorrección espontánea y mitigación de contingencias ante
el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Un resultado medular de la investigación es la validación del impacto que posee la
homogeneización del lenguaje contable a través de las Guías y Modelos emitidos por la
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Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento (CONAA) del Instituto Mexicano de
Contadores Públicos.
El análisis del texto oficial colegiado correspondiente a una opinión no modificada
o limpia (en alineación con la NIA 700) evidencia una rigurosa estructura técnica que
delimita con precisión el alcance del examen frente a terceros.
La discusión en torno a la estructura técnica permite identificar que la inclusión
explícita y separada de las secciones "Responsabilidad de la Administración" y
"Responsabilidad del Auditor" no representa un mero formulismo, sino un blindaje de
protección jurídica para el profesional. Mientras que la administración asume la autoría
total sobre el control interno y la preparación razonable de los estados financieros bajo
las NIF, el auditor limita su esfera de competencia a expresar una opinión libre de sesgos
basada exclusivamente en la evidencia obtenida.
Esta clara demarcación de funciones reduce la asimetría de información y dota de
certidumbre jurídica al mercado de valores, inversionistas e instituciones de seguridad
social como el IMSS e INFONAVIT.
Aspectos favorables del tema
El dictamen de estados financieros para efectos fiscales ayuda a robustecer la
profesión contable, lo que redituará en mejorar la práctica inherente a la contaduría, las
finanzas y el aspecto fiscal, en consecuencia esto traerá muchas ventajas no sólo para
los negocios sino para las autoridades fiscales porque se robustecerá la confianza porque
un Contador Público Certificado es quien emite este informe.
En el ámbito de la Contaduría pública, el estudiar el dictamen, sus elementos, los
requisitos que se tienen para estar en posibilidad de emitirlo permite robustecer la
profesión contable y en consecuencia a la comunidad empresarial ya que para poder
emitirlo se debe estar certificado lo que posibilita elevar los estándares inherentes a la
práctica contable-financiera y su impacto en el aspecto fiscal.
Como se mencionó, para emitirlo, en alineación con la normatividad mexicana se
debe contar apearte del título profesional con una certificación que permite dotar al
Contador de herramientas y visión globales, impactando en la confianza y credibilidad
ante autoridades fiscales, inversionistas y usuarios de la información financiera.
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Un beneficio secundario es que permite a las organizaciones detectar sus áreas
de oportunidad a efecto de que corrijan errores que pueden impactar en el futuro
económico de las organizaciones, generando valor mediante el robustecimiento de sus
procesos internos.
Otro de los aspectos favorables de este tema es la construcción de saberes porque
la parte teórica se encuentra en las NIF, las NIA o en la normatividad legal, esto posibilita
estructurar el dictamen y poner en práctica nuestros conocimientos, orientándolos a la
emisión de esa opinión que generará confianza y que actualmente se emite con base a
los temas expuestos, pero en un futuro no sabemos los nuevos lineamientos o
disposiciones que se tendrán para su emisión, obligándonos a estar actualizados para
asesorar a nuestros clientes en la manera en que deben de adoptar los cambios
constantes que se materializan en la profesión contable día con día.
Áreas de oportunidad del tema
La información que se presenta es transversal, es decir, se ha estudiado el
dictamen de estados financieros en función de un contexto y en una fecha determinada,
sin embargo, la normatividad en materia fiscal se actualiza vertiginosamente
obligándonos a actualizarnos constantemente para asegurar la calidad de nuestros
servicios.
La emisión de dictamen es basada en una auditoría de estados financieros, la cual
se ejecuta con base en pruebas selectivas y el emitir el dictamen no blinda en su totalidad
a la empresa de que se materialice un riesgo de control, un riesgo de detección o un
riesgo inherente y peor aún, por la naturaleza y alcance de nuestro trabajo no podemos
asegurar en su totalidad que la información financiera no contiene riesgo de fraude, lo
cual es una situación que se asume con la debida responsabilidad y en la cual debemos
responsabilizarnos como profesionistas de establecer un proceso adecuado para
disminuir esos riesgos.
Si bien es cierto, la elaboración del dictamen pareciera simple, ya que en esta
exposición escrita pudimos abordar su concepto, el texto oficial colegiado, sus elementos,
su estructura y la normatividad que rige al dictamen, lo cual pareciera una simple receta,
las implicaciones y requerimientos cognitivos materializan la necesidad de robustecer
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todo el bagaje teórico con una práctica consistente en desarrollar nuestro criterio
profesional.
No olvidemos mencionar las implicaciones legales que nos pueden hacer
responsables profesionalmente al emitirlo, lo cual muchas veces, algunos profesionistas
no tienen esa visión ni la temperatura de esa encomienda al no tener ese horizonte
llamado responsabilidad profesional, esto debe de plasmarse en el dictamen, ya que
debemos dimensionar hasta dónde llega esa responsabilidad.
Una limitante y área de oportunidad del tema dictamen de los estados financieros
es la búsqueda de información, ya que en bases de datos se encuentra dispersa esta
información, lo cual pudiera dar pauta a que estudiosos de la auditoría pudiesen trabajar
en la redacción y publicación de textos científicos especializados en esta área, es decir,
el área podría ser fértil para quien decida transitar en la senda de la auditoría, debiendo
asumir la responsabilidad de los cambios que se materializan constantemente.
Conclusiones
La Contaduría pública se robustece cada día más, volviéndose cada vez más
exigente y rigurosa, en el contexto actual el dictamen de auditoría permite sostener la
información plasmada en los estados financieros.
En la ejecución de nuestro trabajo delimitemos nuestra responsabilidad y no nos
aventuremos a tomar la decisión de emitir un dictamen de auditoría hasta que
obtengamos evidencia suficiente y competente, evaluándola para emitir nuestro criterio
profesional.
Toda vez que el dictamen es emitido por un Contador público certificado, esto
brinda confianza a los usuarios de este, en esta exposición se ha abordado la importancia
que tiene la emisión del dictamen, es menester reflexionar que de todo nuestro proceso
de auditoría, el dictamen es lo único que verá la mayoría de los usuarios, de ello deriva
su importancia.
Mediante una auditoría podemos examinar los estados financieros de una entidad,
la importancia que reviste la emisión de la opinión y las decisiones que en el transcurso
de la auditoría vámos tomando, sin lugar a dudas es robusta pero también lo son las
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Normas inherentes a la profesión, que como auditores debemos aplicar en el desarrollo
de nuestro trabajo.
En esta exposición se ha tenido oportunidad de dar a conocer algunas
particularidades del dictamen financiero para efectos fiscales, sin embargo, una auditoría
no sólo es revisar la información financiera, como pudimos exponer, también existen otras
áreas de actuación del auditor, en donde se nos solicitan informes que requieren una
actuación profesional y que son consistentes en trabajos como dictamen del comisario,
dictamen sobre enajenación de acciones, dictamen para efectos de IMSS, dictamen para
efectos de INFONAVIT o dictamen del cumplimiento de obligaciones estatales, en todos
estos ámbitos es pertinente cumplir los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la
Federación y estar certificado en ese conocimiento en particular.
Al concluir nuestro trabajo, debemos de presentar a nuestro cliente el informe,
producto del trabajo realizado, existen varios tipos: no modificado, con salvedades, con
opinión negativa o denegación de la opinión, lo cual se enmarca en las NIA.
Es pertinente reflexionar que el dictamen tal cual lo conocemos ahora es producto
de una evolución en nuestra profesión, estos cambios fueron ocasionados por
escándalos financieros en el mundo, enmarcando la responsabilidad del auditor y de la
entidad auditada, particularmente adecuándose al contexto de cada época.
A manera de reflexión pudimos observar que el dictamen se encuentra
robustamente normado, tanto en nuestro país como internacionalmente, a partir del
ejercicio 2014 es optativo para ciertos contribuyentes, pero se vuelve obligatorio para
grandes contribuyentes y para quien lo emita conlleva responsabilidades legales, sociales
y fiscales, por lo cual, como profesionistas debemos ser cautelosos en su emisión.
El ámbito del dictamen robustece la profesión de la Contaduría Pública en nuestro
país por ser una actividad y área de actuación privativa de esta, lo cual representa un
área de actuación para nuestra profesión, pero también una responsabilidad de
actualizarnos constantemente y seguir aprendiendo del tema a efecto de mejorar nuestra
práctica profesional y atender las exigencias de la auditoría.
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Referencias bibliográficas
Arenas, F., Aravena, M., y Lepe, Y. (2025). Impacto del dictamen de auditoría en el
comportamiento del mercado accionario. Contabilidad y Negocios, 20(40), 87–107.
https://doi.org/10.18800/contabilidad.202502.004
Campos, A; Castañeda, R; Holguín, F; López, A. y Tejero, A. (2017). “Auditoría de estados
financieros y su documentación con énfasis en riesgos”. Ciudad de México, Instituto
Mexicano de Contadores Públicos, segunda edición.
Castro, F. (2023). “Auditoría para efectos fiscales”. Xalapa, Grupo de ediciones y
publicaciones Xalapa.
Ccanto, Ch. (2021). “El impacto de la opinión de los informes de auditoría en el precio de
las acciones de las empresas del sector industrial que cotizan en la Bolsa de Valores de
Lima. Revista La Junta, 4(2), 13-35. https://doi.org/10.53641/junta.v4i2.75
Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento. (2024). Normas
Internacionales de Auditoría”, https://www.iaasb.org/
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (30 de abril de 1959). “Diario
oficial de la Federación y sus Gacetas Gubernamentales”. Diario Oficial de la Federación
México: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
https://www.dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.php?cod_diario=196597&pagina=2&seccion
=0
Diab, A., y Eissa, A. M. (2024). ESG performance, auditor choice, and audit opinion:
Evidence from an emerging market. Sustainability, 16(1), 1-18.
https://doi.org/10.3390/su16010124
López, F. (2020). “Dictamen fiscal de acuerdo con las Normas Internacionales de
Auditoría”. Ciudad de México, Instituto Mexicano de Contadores Públicos.
López, F. (2015). “Lo que usted debe conocer acerca del dictamen fiscal”. Ciudad de
México, Instituto Mexicano de Contadores Públicos.
El dictamen de estados financieros y la responsabilidad del contador
público en su emisión
Mejía Chavarría1 y Lazo Pérez2
79
Michael, L. (2010). “Dictamen fiscal, pasado, presente y futuro”. Ciudad de México.
Instituto Mexicano de Contadores Públicos.
Nava, M. & López, N. (2019). Dictamen fiscal de estados financieros, de acuerdo con la
legislación en México. Revista Colombiana de Contabilidad, 7(13), 83–96.
Osorio, I. (2006). “Auditoría 1: Fundamentos”. Ciudad de México, Cengage Learning,
cuarta edición.
Pérez, R. (2018). “Auditoría integral: Principios, técnicas y herramientas”. Ciudad de
México, Cengage Learning.
Santillana, J. (2004). “Auditoría: Fundamentos”. Ciudad de México, Thomson, 4ª edición.
Salas, R. y Juárez, S. (2025). Transformando la Fiscalización Tributaria: El Papel
Esencial del Dictamen Fiscal en México. Revista Veritas De Difusão Científica, 6(2),
1517–1530. https://doi.org/10.61616/rvdc.v6i2.702
Saucedo, H. (2019). “Auditoría financiera del capital de trabajo en PyMES”. Ciudad de
México, Instituto Mexicano de Contadores Públicos, 1ª edición.
Tapia, K; Guevara, E; Castillo, S; y Mendoza, S. (2019). “Fundamentos de auditoría”.
Ciudad de México, Instituto Mexicano de Contadores Públicos.
Téllez, B. (2004). “Auditoría: Un enfoque práctico”. Ciudad de México, Cengage Learning.
Referencias electrónicas
Mejía, A. (2023). Dictamen [Video]. YouTube.
https://www.youtube.com/watch?v=vWXMpqESYhl
https://www.sat.gob.mx/portal/public/tramites/dictamen-fiscal
Marco normativo
Cámara de Diputados, (1981). “Código Fiscal de la Federación: Última modificación 14
de noviembre de 2025 ”. Ciudad de México, Congreso de la Unión.
El dictamen de estados financieros y la responsabilidad del contador
público en su emisión
Mejía Chavarría1 y Lazo Pérez2
80
Cámara de Diputados, (1934). “Ley General de Sociedades Mercantiles: Última
modificación 20 de octubre de 2023”. Ciudad de México, Congreso de la Unión.
Cámara de Diputados, (2013). “Ley de Impuesto Sobre la Renta: Última modificación 01
de abril de 2024”. Ciudad de México, Congreso de la Unión.
Cámara de Diputados, (2015). “Reglamento de la Ley de Impuesto Sobre la Renta: Última
modificación 6 de mayo de 2016”. Ciudad de México, Congreso de la Unión.
Cámara de Diputados, (2002). “Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de
Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización: Última modificación
15 de julio de 2005”. Ciudad de México, Congreso de la Unión.
Cámara de Diputados, (1972). “Ley del Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los
Trabajadores: Última modificación 21 de febrero de 2025”. Ciudad de México, Congreso
de la Unión.
Cámara de Diputados, (1995). “Ley del Seguro Social: Última modificación 7 de junio de
2024”. Ciudad de México, Congreso de la Unión.
Cámara de Diputados, (2014). “Reglamento del Código Fiscal de la Federación: Última
modificación 2 de abril de 2014”. Ciudad de México, Congreso de la Unión.