
Luis Felipe Zepeda-Burciaga 92
Economicus Journal of Business and Economics Insights 2024 1(1), 89–104
Schaffer, 2004) donde se puede referenciar a la división de tierras de cultivos (calpullis) distribuidas entre
estratos sociales para su aprovechamiento en el pueblo Azteca (Izquierdo-Muciño, 2012).
Años más tarde, se encuentran algunos informes en la época colonial que mencionan “gremios y
cofradías” organizadas por los artesanos de la época; las cuales, de acuerdo con Muñiz-Díaz y Alanís-
Tavira (2018), fueron traídas a México como un modelo de organización laboral español. A su vez, las
precursoras de las cooperativas, mutualistas y cajas de comunidades los organismos sociales se crearon
como métodos de desarrollo en el trabajo de la población convencionalmente como medio de unión en
la búsqueda de cubrir sus necesidades (Huaylupo-Alcázar, 2007); lo que llevó a las organizaciones de
gremios de artesanos a las relaciones cooperativistas para realizar actividades en común hasta convenir
en sociedades cooperativas.
Después del movimiento independentista de 1821 y hasta 1860, los sectores minero y agrícola
crecieron moderadamente en México. Sin embargo, poco a poco empezaron a llegar empresas de
Inglaterra, Alemania y Estados Unidos quienes, principalmente, invirtieron en el sector minero y de
manufactura; y, en consecuencia, la economía mexicana se empezó a desarrollar de una manera más
rápida (Muñiz-Díaz & Alanís-Tavira, 2018).
Ante esa aceleración económica basada en la industria, los campesinos y agricultores empezaron a
sufrir; y para contrarrestar esos efectos empezaron a asociarse en los llamados “gremios” (Muñiz-Díaz &
Alanís-Tavira, 2018). Además, se encuentran las figuras de ejidos a lo largo de la historia con una
organización social básica donde hasta la actualidad se pueden encontrar en operación en propiedad de
comunidades o colectivos dentro de la estructura de economía social en México.
De esa manera, el Instituto Nacional de Economía Social (2019) considera que el origen de la
economía social en México fue el “asociacionismo obrero del siglo XIX”; movimiento de organización
obrera que surgió a partir de las primeras cooperativas y mutualistas presentes. Así como en otros países,
estos movimientos emergieron en México como una alternativa frente a las malas condiciones de vida y
el desempleo por la que pasaba la sociedad.
Se considera que el desarrollo de la economía social mexicana se debe a la práctica de trabajo
asociativo entre grupos de trabajadores en actividades con la finalidad de satisfacer sus necesidades. Las
experiencias dentro del ramo de organizaciones sociales en el país también se han visto denominadas
como economía social y solidaria, de la mano de la corriente de economía solidaria al dar connotación de
acciones colectivas subjetivas de la cultura, trabajo, autogestión y atención al medio ambiente, por lo que
en este caso de estudio se toman solo como parte del desarrollo de organizaciones sociales. Esta parte
solidaria aplica en sentido referente a un “modo solidario diferente de hacer economía” como menciona
el Instituto Nacional de Economía Social (2019).
2.2. Marco político de la economía social en México
En México, el reconocimiento legal de las sociedades y gremios arrancó con el Ministro de Relaciones
Exteriores Manuel Crescencio Rejón; quien en 1846 estableció el derecho a que los ciudadanos se
asociarían. Después, en 1856, se inician los trámites para establecer “colonias agrarias,” precursoras éstas
de la Sociedad de Artesanos en Guadalajara y la Sociedad Particular de Socorros Mutuos en Ciudad de
México (Muñiz-Díaz & Alanís-Tavira, 2018).
El sector social de la economía se conoce también como tercer sector; y fue reconocido formalmente
en 1983, bajo una reforma la cual se referencia dentro del artículo 25º de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos “Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social,
el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad
económica que contribuyan al desarrollo de la Nación”, del cual se hace alusión dentro del mismo
artículo, en donde se indica que:
La ley establecerá los mecanismos que faciliten la organización y la expansión de la actividad económica del
sector social: de los ejidos, organizaciones de trabajadores, cooperativas, comunidades, empresas que pertenezcan