Año IV, Vol. VI, Núm. 1, Enero-Junio 2026
ISSN-e: 2992-8656
Reserva de Derechos: 04-2025-091012064300-102
DOI: 10.54167/usiil.v6i1.2238
1 Doctora en Educación, Arte y Humanidades por la Universidad Autónoma de Chihuahua, Catedrática
en la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Chihuahua. Chihuahua, Chihuahua,
México. vvillegasg@uach.mx http://orcid.org/0000-0002-9669-7695
ENTRE EL PUEBLO Y EL CIUDADANO
Bases para el análisis jurídico y político de la sociedad civil
From the people to the citizen
Historical fundation for the legal and political analysis of civil society
VIRGINIA VERÓNICA VILLEGAS GARZA 1
SUMARIO I. Introducción, II. Objetivo, III. Método, IV. Dimensiones teóricas V. Conclusiones, VI.
Bibliografía y/o fuentes de información
KEYWORDS
People
Cityzen
Civil society
Politics
Sovereignty
ABSTRACT
This article analyzes the current state of the concepts of people, citizenship,
and civil society, exploring their evolution from contractualism to
contemporary theories. The research examines the tension between the
people, as a symbolic subject of sovereignty, and citizenship, understood as a
legal category of rights and obligations. It also highlights how civil society
emerged as an autonomous force in relation to the state after the 1982 crisis.
Through the work of authors such as Hobbes, Locke, Rousseau, Gramsci, and
Habermas, the study seeks to understand the polarization of current political
discourse and to inform future research on public administration.
PALABRAS CLAVE
Pueblo
Ciudadano
Sociedad Civil
Política
Soberanía
Esta obra está bajo una Licencia Creative
Commons Attribution-NonCommercial-
ShareAlike 4.0 International License. Como
lo indica la liencia:
https://creativecommons.org/licenses/by
-nc-sa/4.0/deed.en
RESUMEN
Este artículo analiza el estado del arte de los conceptos de pueblo,
ciudadanía y sociedad civil, explorando su evolución desde el
contractualismo hasta teorías contemporáneas. La investigación examina
la tensión entre el pueblo, como sujeto simbólico de soberanía, y la
ciudadanía, entendida como categoría jurídica de derechos y obligaciones.
Asimismo, destaca cómo la sociedad civil surge como un referente
autónomo frente al Estado tras la crisis de 1982 en México. A través de
autores como Hobbes, Locke, Rousseau, Gramsci y Habermas, el estudio
busca comprender la polarización del discurso político actual y
fundamentar investigaciones futuras sobre la administración pública
Recibido: 17/02/2026
Aceptado: 29/04/2026
Como citar este artículo: VILLEGAS Garza Virginia Verónica, “Entre
el pueblo y el ciudadano. Bases para el análisis jurídico y político de la
sociedad civil”, en Ubi Societas Ibi Ius en Línea, México, Año IV,
Vol.VI, núm 1, enero-junio 2026, e2238.
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año IV (Vol. VI, Núm. 1), 2026, e2238
2
1. Introducción
n la ciencia jurídica y la teoría política
contemporánea, los conceptos de pueblo y
ciudadanía han sido fundamentales para
explicar la legitimidad del poder y la
participación democrática.
Sin embargo, lejos de ser complementarios, en
muchos contextos se presentan como conceptos
en tensión: el pueblo como sujeto colectivo y
fuente de soberanía, y la ciudadanía como status
jurídico que habilita derechos políticos
individuales. Esta tensión genera conflictos
discursivos, jurídicos y sociales que afectan la
practica democrática.
A partir de un estudio minucioso sobre el
estado del arte de los conceptos mencionados,
podemos sintetizar y analizar la producción
académica existente sobre el tema.
La propuesta del presente texto es que,
mediante un ejercicio de análisis y
sistematización de carácter teórico en torno a los
conceptos de pueblo, ciudadano y sociedad civil,
empezar a dilucidar como el uso general en el
ámbito político y social nos ha conducido hacia la
elaboración de un discurso político la mayoría de
las veces tenso e incluso polarizante y de ser
símbolo caduco entender cómo se reconstruye
hasta convertirse en bandera de los gobiernos de
carácter populistas.
A esta relación, pueblo – ciudadanía, se suma
la categoría de sociedad civil, la cual se ha
convertido en un referente fundamental en el
discurso público y académico para analizar
fenómenos diversos, presentándose a menudo
como un ente autónomo, separado del Estado y
poseedor de una incuestionable calidad moral. En
el contexto histórico nacional, esta noción cobró
fuerza tras la crisis económica de 1982, cuando
comenzó a señalarse que el discurso de la
Revolución de 1910 había dejado de ser fuente de
legitimidad para el Estado, abriéndose paso a una
sociedad organizada.
La idea de “sociedad civil” se vuelve un
referente fundamental en el discurso público, el
debate académico y los medios de comunicación,
es utilizada, sin mayores cuestionamientos, para
analizar fenómenos muy diversos.
Se describe a la sociedad, la sociedad civil
organizada, como un ente separado del Estado
con múltiples actores y poseedora, en la mayoría
1
MARTINEZ, Alejandra. “Del pueblo a la sociedad civil:
el discurso político después de los sismos de 1985”
Revista Mexicana de Sociología. México, 2014. Fecha de
consulta: 15 de marzo de 2026
de los casos, de una incuestionable calidad moral,
o como el ámbito de acción de individuos
autónomos, o como proyecto político en
construcción, es decir, como una categoría
analítica clave para entender la acción colectiva y
la transición a la democracia, pero en definitiva
una categoría que merece ser analiza desde todas
sus aristas.
1
Bauman nos habla de la metáfora de la
sociedad liquida, aquella donde se van
desdibujando los límites y facultades del estado y
donde la sociedad civil adquiere mayor
importancia.
2
Entender el surgimiento y el apogeo de la
sociedad civil como parte de esta evolución
histórica, incluyendo la paulatina consolidación
de una visión democrática, situada en el espacio
temporal a partir de la alternancia política del año
2000 en la ciudadanía tal como hoy domina el
imaginario político.
La idea liberal de una sociedad conformada
por individuos autónomos que se organizan al
margen de la estructura estatal, inseparable de la
crisis del Estado benefactor y de las formas de
entender a la colectividad y al bien común que lo
sustentaban.
Siguiendo este orden de ideas, se pretende con
este trabajo entender cómo la idea de la sociedad
civil refleja y a la vez construye la transformación
socio política tan significativa que comienzo en el
año 2000 y que continua hasta nuestros días.
En el contexto histórico nacional, después de
la crisis económica de 1982, se popularizó en la
esfera pública, la idea de que los problemas de
este país, desde la hiperinflación hasta la
corrupción, eran resultados del poder excesivo
del Estado, que este debía ser acotado por la
sociedad, es decir, las crisis económicas dieron
paso a la crisis sociales y políticas entre el Estado
y la sociedad, el corporativismo que había
sostenido al régimen durante décadas comenzaba
a fracturarse.
Con lo anteriormente señalado comenzó a
formarse un espacio de opinión y debate
académico que empezó a señalar que el discurso
político de la revolución de 1910 dejó de ser una
fuente de legitimidad para el Estado y sus
políticas y comenzó a configurarse como pesado
lastre del pasado que tenía que ser superado a
https://www.redalyc.org/pdf/321/32131057004.pdf
pp. 441-469.
2
BAUMAN, Zigmunt. Modernidad Liquida. México,
Fondo de Cultura Económica, 2000, p.50.
E
Entre el pueblo y el ciudadano
Bases para el análisis jurídico y político de la sociedad civil
3
través del surgimiento de una sociedad civil
organizada.
El conflicto antes mencionado adquiere
dimensiones tales como:
El conflicto entre pueblo y ciudadanía: en
cuanto a su aspecto político discursivo el pueblo
se construye como sujeto simbólico portador de
legitimidad histórica.
En cuanto a la ciudadanía se empieza a definir
como una categoría jurídica de derechos y
obligaciones.
El ámbito jurídico social en donde el pueblo
apela a la inclusión simbólica y pertenencia de la
comunidad, mientras tanto la ciudadanía se
centra en el reconocimiento legal de derechos y
obligaciones.
En este caso el pueblo aparece como una
fuerza simbólica y cultural con una legitimidad
que excede a lo jurídico, la ciudadanía se sostiene
en el marco legal y la participación institucional.
La tensión clave legitimación simbólica contra
la participación jurídica, que abre el debate sobre
cómo se construyen sujetos colectivos en México.
2. Objetivo
La idea de una sociedad conformada por
individuos autónomos que se organizan al
margen de la estructura estatal, inseparable de la
crisis del Estado benefactor y de las formas de
entender a la colectividad y al bien común que lo
nuestro objetivo al presentar los resultados de
una revisión de la literatura existen a través de lo
que se conoce como estado del arte.
El concepto “estado del arte” es un anglicismo
que proviene del término “state of the art”, que
hace referencia al nivel más avanzado de
desarrollo alcanzado en un momento
determinado en cualquier aparato, técnica o
campo específico En los países de habla hispana
se ha generalizado el uso del término “estado del
arte” en el campo de la investigación, haciendo
referencia al estado actual y más avanzado de
investigación sobre un tema, aunque en algunas
ocaciones el uso del termino se concidera
incorrecto y se sustituye por expresiones tales
como ultimos avances o estado de la cuestión,
pero por lo difundido del termino seguiremos
usando la expresion de estado del arte.
3
Teniendo como principal objetivo contar con
un estado del arte robusto que cimiente las bases
3
HENDERSON,G. Alan “El arte de elaborar el estado del
arte en una investigación”. Centro de Investigación en
Admisnitración, Económia y Gestión Tecnológica. Costa
Rica, 2014. Fecha de consulta: 15 de marzo de 2026
https://hdl.handle.net/2238/9145 pp. 1-33.
para investigaciones posteriores sobre temas
como el creciente conflicto de credibilidad entre
una naciente sociedad civil al margen de una
administración pública que busca centralizar sus
funciones y las tenciones y conflictos que se han
desarrollado a lo largo de este siglo XXI.
3. Método
La presente investigación es de carácter
descriptiva y documental sobre los resultados de
la revisión detallada de la literatura de carácter
jurídico, político y sociológico nos arrojan sobre
el tema comentado desde sus inicios, el desarrollo
durante todo el siglo XX y su importancia en el
actual siglo XXI y en forma de reflexión sobre la
evolución de los mismos.
4. Dimensión teórica
4.1 Pueblo, Ciudadanía, Sociedad Civil
Para sentar las bases de la presente investigación
que nos permita contar con un estado del arte que
simiente la construcción de futuras
investigaciones en el tema, partimos de los
conceptos plasmados en el Diccionario Jurídico
que nos indica que el termino ciudadanía
proviene del latín civitas es decir, la organización
política- jurídica de los romanos, la ciudadanía
indica la cualidad genérica de los ciudadanos;
entendido por ciudadano, etimológicamente, la
pertenencia de un individuo – hombre, mujer- al
grupo social estructurado políticamente y,
diríamos hoy, dotado de soberanía.
4
El mismo documento nos dice que este
concepto corre el riesgo de ser confuso ya que
doctrinaria y legislativamente existen los
conceptos Estado y Nación de los que derivan los
términos jurídicos nacionalidad y ciudadanía.
Hablando acerca del concepto de pueblo, el
mismo Diccionario Jurídico nos sugiere diversos
sentidos, de los cuales se desarrollan los
siguientes: El geográfico, pueblo como ciudad o
villa; el demográfico, pueblo como un conjunto de
habitantes de un territorio y el sociológico,
pueblo como nación y el jurídico político pueblo
como unidad titular de la soberanía y como
elemento constitutivo del Estado.
5
Entre los más significativos, se encuentran el
de la afinidad racial, la comunidad de cultura en
especial, lengua, religión, y la comunidad de
destino político, entre otros.
4
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS
UNAM. Voz: Ciudadania. Diccionario jurídico mexicano,
t. II, C-CH, 1969 p100.
5
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS DE LA
UNAM. Voz: Pueblo. Diccionario jurídico mexicano, t.
VII, P-R, 1969, p. 309.
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año IV (Vol. VI, Núm. 1), 2026, e2238
4
Una comunidad nacional es el resultado de
una larga y compleja evolución histórica y social,
en la que ninguno de los elementos mencionados
puede constituirse por sí solo dada la dificultad
de determinar la relevancia específica de estos en
la realidad, así sólo puede hablarse de
pertenencia nacional como de un concepto
aproximativo que permite ubicar
sociológicamente un pueblo.
A partir de este punto empezamos con la
revisión, descripción y análisis del estado del arte
respecto a estos conceptos comenzando por los
teóricos del contractualismo y siguiendo con
estudios elaborados en el Siglo XX para concluir
con los más recientes en materia jurídica y
política en el primer cuarto del Siglo XXI.
4.2 Hobbes
El primero de los contractualistas y que
transforma a la “multitud” en pueblo.
Para Hobbes el pueblo no es una entidad que
existe de forma natural, antes de la creación del
Estado lo que existe es “multitud” de individuos
con voluntades e intereses dispersos y
frecuentemente enfrentados en un estado de
guerra de todos contra todos.
Según el teórico inglés, una multitud se
convierte en una persona única, es decir el
pueblo, cuando es representado por solo un
hombre o asamblea, es decir es la unidad de los
representados lo que constituye al pueblo como
tal.
Una multitud de hombres se convierte en una
persona cuando está representada por hombre o
una persona, de tal modo que ésta puede actuar
con el consentimiento de cada uno de los que
integran esta multitud en particular. Es, en efecto,
la unidad del representante, no la unidad de los
representados lo que hace la persona una, y es
representante quien sustenta a la persona, pero
una sola persona; y la unidad no puede
comprenderse de otro modo en la multitud.
6
En cuanto a lo concepto de ciudadanía en
Hobbes se encuentra ligado a la figura de
súbditos, la ciudadanía no es un conjunto de
derechos frente al estado, sino el resultado de un
pacto voluntario de transferencia de poder para
obtener seguridad.
Una multitud de hombres se convierte en una
persona cuando está representada por hombre o
una persona, de tal modo que ésta puede actuar
con el consentimiento de cada uno de los que
6
HOBBES, Thomas. Leviatán o la materia, forma y
poder de una república eclesiástica y civil. México, 2da
edición, Fondo de cultura económica, 1980. p.100.
7
Ibidem.
integran esta multitud en particular. Es, en efecto,
la unidad del representante, no la unidad de los
representados lo que hace la persona una, y es
representante quien sustenta a la persona, pero
una sola persona; y la unidad no puede
comprenderse de otro modo en la multitud.
7
4.3 Locke
Por su parte Locke en su libro El Segundo Tratado
Sobre el Gobierno Civil, reflexiona sobre el pueblo
y la ciudadanía centrado en los principios de
consentimiento: la preservación de la propiedad
y el derecho a la resistencia.
En cuanto a la formación del pueblo mediante
el consentimiento, para Locke, un grupo de
hombres en el estado de naturaleza se transforma
en pueblo o cuerpo político solo a través del
consentimiento voluntario.
Al ser los hombres libres por naturaleza,
iguales e independientes, ninguno puede ser
sacado de esa condición y puesto bajo el poder
político de otro sin su propio consentimiento. El
único modo en que alguien se priva a sí mismo de
su libertad natural y se somete a las ataduras de
la sociedad civil mediante un acuerdo con otros
hombres.
8
En cuanto a la ciudadanía y la condición de
ciudadano, miembro de la sociedad civil, no es
algo natural ni hereditario, sino una decisión de
hombres libres, es un acto voluntario y racional.
De acuerdo al consentimiento expreso contra
el tácito Locke distingue dos formas de
ciudadanía; primero el consentimiento expreso
hace a un hombre miembro de la sociedad
mediante una declaración positiva y un acuerdo y
luego tenemos el consentimiento tácito que se da
por el simple hecho de vivir en el territorio,
poseer tierras, aunque esta condición terminaría
cuando el individuo deja de disfrutar dichas
posesiones.
La teoría del pueblo como comunidad
política, titular de la soberanía, aunque con
antecedentes en el Derecho Romano y en las ideas
contractualistas de fines realidad media alcanza
su expresión más acabada en el pensamiento de
Rousseau.
4.4 Rousseau
Por su parte Rousseau centra su análisis sobre la
naturaleza del pueblo y la condición de soberanía,
haciendo énfasis entre lo que significa la mera
agregación de hombres y lo que significa la
constitución de un cuerpo legítimo.
8
LOCKE, John. El segundo tratado sobre el gobierno
civil. Un ensayo acerca del verdadero origen, alcance y
fin del Gobierno Civil. Bogota, Tecnos, 2006, p. 70
Entre el pueblo y el ciudadano
Bases para el análisis jurídico y político de la sociedad civil
5
Sostiene que antes de examinar el acto por el
cual el pueblo elige a un Rey, sería necesario
examinar el acto por el cual un pueblo se
constituye como tal, este sería el verdadero
fundamento de la sociedad.
Un pueblo -dice Grotio- puede darse a un rey.
Según Grotio, un pueblo existe, pues como tal
pudo darse a sí mismo un rey este presente o
dádiva constituye, por consiguiente, un acto civil,
puesto que supone una deliberación pública.
Antes de examinar el acto por el cual el pueblo
elige un rey, sería conveniente estudiar el acto
por el cual un pueblo se constituye en tal, porque
siendo este acto necesariamente anterior al otro,
es el verdadero fundamento de la sociedad.
9
En efecto, si no hubiera un acuerdo previo ¿en
dónde estaría la obligación, a menos que la
elección fuese unánime, de los menos a someterse
al deseo de los más?
Rousseau define con precisión la triple
identidad de los asociados y los términos que a
menudo se confunden al hablar de los miembros
de la sociedad, el pueblo como nombre colectivo
de los asociados.
Los ciudadanos, son los individuos en razón a
que son participes de la autoridad soberana y
súbditos son los mismos individuos en cuanto
están sometidos a las leyes del estado.
Esta relación implica que el ciudadano es
soberano y súbdito al mismo tiempo, lo que es la
esencia del cuerpo político.
En cuanto a los asociados, éstos toman
colectivamente el nombre de pueblo y
particularmente el de ciudadanos como
partícipes de la autoridad soberana, y súbditos
por estar sometidos a las leyes del Estado.
Si hablamos del ejercicio de la voluntad para
Rousseau, el ser ciudadano no es un título pasivo,
sino un compromiso activo con el bien común.
El pacto social se reduce a los siguientes
términos: cada uno pone en común su persona y
todo su poder bajo la suprema dirección de la
voluntad general y cada miembro considerado
como una parte indivisible del todo.
10
A pesar de las diferencias en las
consecuencias políticas de sus teorías Hobbes,
Locke y Rousseau comparten reflexiones
fundamentales sobre la naturaleza y formación
del pueblo.
Respecto a una distinción entre pueblo y
multitud coinciden en que unos conjuntos de
9
ROUSSEAU, Juan Jacobo. El Contrato Social o
principios de derecho político. México. Elaleph, 1999, p
50.
individuos aislados no constituyen en automático
un pueblo.
Hobbes afirma que una multitud de hombres
se llega a convertir en una persona única, es decir,
en pueblo solo cuando es representada por un
hombre o una asamblea.
Locke explica que lo que saca al hombre del
estado de naturaleza desorganizada para
incorporarse y actuar como un solo cuerpo
constituyendo así una sociedad política
claramente definida.
Rousseau por su parte enfatiza que existe una
gran diferencia entre someter a una multitud y
regir a una sociedad; sin el acuerdo o el pacto
social, solo hay un señor y sus esclavos, pero
nunca un pueblo y su jefe.
En cuanto al origen artificial y convencional
del pueblo, para los tres autores, el pueblo no es
en sí una entidad natural, como el caso de la
familia, sino una creación artificial basada en la
voluntad humana.
En Hobbes se menciona que el Leviatán o
estado es un hombre artificial instituido para la
protección y defensa de los individuos.
Locke por su parte, sostiene que un hombre
solo puede ser sacado de su libertad natural y
puesto en la sociedad civil mediante su propio
consentimiento al unirse con otros para formar
comunidad.
Reflexiona Rousseau que, antes de elegir a un
rey, es necesario considerar el acto por el cual el
pueblo se constituye como tal, pues este el
verdadero fundamento de la sociedad y es un acto
de convención.
4.5 ¿Cuál es la diferencia entonces entre
súbdito y ciudadano según estas
perspectivas?
Para los autores mencionados existen diferencias
substanciales entre ambos conceptos,
dependiendo de la relación que el individuo
mantiene con el poder y la ley en cada una de
estas teorías.
En Thomas Hobbes la ciudadanía como una
sumisión voluntaria, el ciudadano es el individuo
en el momento del pacto, mientras que la
ciudadanía es el resultado de una delegación
voluntaria de autoridad para salir del estado de
guerra. Al autorizar acciones del soberano como
si fueran propias, el individuo adquiere la
protección del estado.
10
Ibidem.
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año IV (Vol. VI, Núm. 1), 2026, e2238
6
Súbdito es una condición permanente del
individuo una vez que se establece el Leviatán o
gobierno. El ciudadano se convierte en súbdito,
por esta sometido a las leyes y al juicio del
soberano, luego entonces, Hobbes reflexiona que,
aunque la condición súbdita pueda parecer
miserable por estar sujeta a la voluntad de otro,
es siempre preferible a la guerra de todos contra
todos.
John Locke mencionaba que la ciudadanía
estaba basada en el consentimiento y el derecho.
Establece una diferencia crítica basada en la
legitimidad del poder y el respeto a la propiedad.
Mientras que por ciudadano es aquel hombre
libre que, mediante un consentimiento expreso,
se incorpora a la sociedad civil para la
preservación de su propiedad, vida, libertad y
bienes. El ciudadano es miembro de un cuerpo
político que se rige por leyes promulgadas que se
aplican a todos por igual.
Entonces Locke usa el termino de súbdito
para referirse a quienes están bajo la jurisdicción
de la ley, pero advierte que, bajo una monarquía
absoluta, el hombre no es realmente un
ciudadano, sino un esclavo, esto se debe a que no
existe un juez independiente al que pueda apelar
contra el Monarca por lo que permanece en
“estado de naturaleza” frente a él, la obediencia
del súbdito termina cuando el gobernante actúa
de forma contraria a la misión encomendada.
Rousseau establece una clara distinción
técnica y activa a la vez, es quien define con mayor
precisión la diferencia entre ambos términos,
integrándolos en una misma persona, entonces
los ciudadanos son los asociados en cuanto
participes de la autoridad soberana, es un rol
activo de donde el individuo contribuye a formar
la voluntad general y la legislación, ser ciudadano
implica gozar de una “libertad moral” que hace al
hombre dueño de sí mismo al obedecer leyes que
él mismo se ha prescrito.
Los súbditos son los mismos asociados que se
encuentran sometidos al Estado, es el rol pasivo
del individuo que debe cumplir con los deberes
civiles y las normas dictadas por el soberano.
En la reflexión de Hobbes esto significaba algo
más que consentimiento o concordia; es una
unidad real de todo ello en una misma persona,
instituida por pacto de cada hombre con los
demás, en forma tal como si cada uno dijera a
todos: autorizo y transfiero a este hombre o
11
HOBBES, Thomas. Leviatán o la materia, forma y
poder de una república eclesiástica y civil, México, 2da
edición, Fondo de Cultura Económica, 1980, pp. 130-
135.
asamblea de hombre mi derecho de gobernarme
a mí mismo, con la condición de que vosotros
transfieran a él vuestro derecho, y autorizareis
todos sus actos de la misma manera
11
Así, la multitud unida se conformaba en una
sola persona, denominada estado o civitas, en
virtud de esta nueva autoridad con poder y
fortaleza conferida y por estos capaz de alinear y
conformar las voluntades de todos ellos para la
paz y además para la ayuda mutua contra los
enemigos extranjeros que siendo esta, en última
la escencia misma del Estado.
Por otro lado, como cada súbdito es, en virtud
de esa institución, autor de todos los actos y
juicios del soberano instituidos, resulta que
cualquiera cosa que el soberano haga no puede
constituir injuria por ninguno de ellos.
Sobre los límites del poder sobre el súbdito,
Rousseau sostiene que desde cualquier punto de
vista que se examine podríamos llegar a la misma
conclusión, a saber: el pacto social establece entre
los ciudadanos una igualdad tal, que todos se
obligan bajo las mismas condiciones y todos
gozan de idénticos derechos. Así, por naturaleza
del pacto, todo acto de soberanía, es decir, todo
acto autentico de la voluntad general, obliga o
favorece igualmente a todos los ciudadanos, de tal
forma, que el soberano conoce únicamente un
cuerpo de la nación sin distinguir a ninguno de los
que la forman.
¿Qué es pues lo que constituye un acto de
soberanía? No es un convenio del superior con el
inferior, sino del cuerpo con cada uno de sus
miembros convención legitima, porque tiene por
base el contrato social y equitativa porque,
además, es común a todas. Mientras que los
súbditos están sujetos a tales convenciones, no
obedecen más que a su propia voluntad; y de
consiguiente, averiguar hasta donde se extiende
los derechos respectivos del soberano y del
ciudadano
12
Por ultimo baste decir en este apartado que
son las ideas de Rousseau las que permean en el
constitucionalismo mexicano.
Bobbio comenta en cuanto al pueblo como
sujeto abstracto de la soberanía, pero cuyo
ejercicio se ve canalizado a través del sistema de
representación de cual describe tensiones entre
la democracia directa y la de tipo representativa
y subrayando que es justo la pluralidad de
12
ROUSSEAU, Juan Jacobo. El Contrato Social o
principios de derecho político. México, Elaleph, 1999.
Entre el pueblo y el ciudadano
Bases para el análisis jurídico y político de la sociedad civil
7
intereses lo que vuelve inviable la homogeneidad
del pueblo.
13
El pueblo aparece como un sujeto plural,
atravesado por desigualdades que el sistema
político debe reconocer y gestionar, es decir,
rechaza la idea de un ente homogéneo y enfatiza
la diversidad de intereses y posiciones dentro de
la colectividad.
En su análisis Bobbio, así como Laclau, pueblo
como constructo del discurso, y también Ortega y
Gasset, pueblo contra masas, porque introduce la
dimensión institucional y normativa de la
democracia.
En síntesis, Bobbio aporta una visión del
pueblo como sujeto jurídico plural, que nunca
puede reducirse a una masa homogénea.
A continuación, presento una lista de los
principales teóricos del siglo XX y los primeros
años del siglo XXI que han desarrollado el
concepto de sociedad civil, basándonos en los
libros y autores destacados en las fuentes
proporcionadas.
4.6 Ciudadanía y Sociedad Civil
En la obra de Antonio Gramcsi, Cuadernos de la
Cárcel, el italiano redefine la sociedad civil como
el complejo institucional donde se organiza el
enfrentamiento ideológico y político de las clases
sociales, separándolo del aparato estatal strictu
sensu.
Para Gramsci, la Sociedad Civil es el lugar
donde se construye la hegemonía a través de
organismos privados como pueden llegar a ser: la
Iglesia, las Escuelas y los Sindicatos, funcionando
como un sistema de trinchera que protege al
Estado de crisis económicas inmediatas.
Por su parte propone una visión del
Ciudadano y de la Sociedad Civil estrechamente
vinculada al concepto de Estado y de hegemonía.
La Sociedad Civil afirma no es el ámbito
meramente privado o económico llamados
comúnmente privados como por ejemplo la
Escuela o los medios de comunicación que
corresponde a la función hegemónica del grupo
dominante ejerce sobre la sociedad.
Lejos de ser un espacio pacífico, Gramcsi la
define como un espacio dinámico y de conflicto
donde las clases luchan por imponer su visión del
13
BOBBIO, Norberto “El futuro de la democracia”
Fondo de Cultura Económica. México, 1986, p. 80.
14
GRAMSCI, Antonio. Cuadernos Políticos. México. Era,
1988.
mundo y donde las clases subalternas se
organizan para construir la propia.
14
Jürgen Habermas a través de sus libros Teoría
de la Acción Comunicativa y Facticidad y Validez,
sitúa a la sociedad civil dentro del mundo de la
vida, para Habermas la define como el espacio de
las estructuras de socialización y asociaciones
organizadas que se reproducen mediante la
acción comunicativa, sirviendo como un
contrapeso necesario frente a la colonización de
los sistemas del dinero, mercado y el poder o de
Estado.
Concibe la Sociedad Civil como una red de
comunicación que abarca tanto la esfera privada
como la esfera de la opinión pública. A diferencia
del Estado y la Económica, que se integran a
través del dinero y del poder, la Sociedad Civil se
mantiene unida a través de la integración social,
la cual descansa en el consenso normativo y el
entendimiento lingüístico, es este espacio donde
los sujetos socializados coordinan sus acciones a
partir de un saber de fondo compartido, lo que el
autori denomina el mundo de la vida.
15
Para Jean L. Cohen y Andrew Arato los
conceptos de Sociedad Civil y Ciudadano se
presentan bajo un modelo innovador que busca
superar las limitaciones de las teorías clásicas.
Las define respecto a sus componentes como
una esfera de acción social compuesta por cuatro
elementos o componentes: como una esfera de
acción social, como una esfera íntima, por
ejemplo, la familia, la esfera de las asociaciones,
los movimientos sociales y las formas de
comunicación pública, la cual se institucionaliza a
través de derechos subjetivos y la autolimitación
frente al poder estatal.
Proponen un modelo de tres partes: Sociedad
Civil, Economía y Estado y definen la Sociedad
Civil como una esfera de interacción social
compuesta por la esfera íntima, las asociaciones
voluntarias, los movimientos sociales y las formas
de comunicación pública, la cual se
institucionaliza a través de derechos subjetivos y
la autolimitación frente al poder estatal.
16
De manera profusa destacan en su obra
Teoría Política y Sociedad Civil la necesidad
imperiosa de reconstruir el concepto Sociedad
Civil para no oscilar entre los proyectos basados
en Hegel, Tocqueville, Gramsci o Parsons, ya que,
15
HABERMAS, Jurgen. Teoría de la acción
comunicativa. Critica de la razón funcionalista. México,
Taurus, 1992.
16
ARATO, Andrew y COHEN, Jean. Sociedad Civil y
Teoría Política. México, Fondo de Cultura Económica,
2000.
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año IV (Vol. VI, Núm. 1), 2026, e2238
8
aunque todos introdujeron aportaciones
interesantes se han demostrado sus grandes
limitaciones.
Como ya lo habiamos comentado Norberto
Bobbio, en su texto Estado, Gobierno y Sociedad,
analiza la dicotomía entre el Estado de naturaleza
y la Sociedad Civil, destacando que esta última
representa el paso hacia un estado racional
fundado en el consenso de los individuos.
17
Michael Edwards, autor del libro Civil Society,
descompone la conversación sobre este concepto
en tres escuelas de pensamiento: la sociedad civil
como vida asociativa, como la "buena sociedad" y
como la esfera pública, es decir, Edwards aboga
por un enfoque holístico que integre estas tres
visiones para fortalecer la democracia y la justicia
social.
Por su parte Charles Taylor, aunque su obra
inició en el siglo XX, con libros como Fuentes del
Yo e Imaginarios Sociales Modernos son claves
fundamentales para entender al individuo dentro
de la sociedad civil como un "yo situado" en
marcos referenciales de significación moral y
cultura.
5. Conclusiones
A partir de la revisión documental sobre la
evolución conceptual de los términos pueblo,
ciudadanía y sociedad civil ya descrita para la
elaboración del estado del arte, se presentan las
siguientes conclusiones.
Como una primera reflexión todas estas
aproximaciones teóricas nos permiten
reflexionar y repensar el presente de un concepto
con variadas y múltiples interpretaciones que
incluso se podrían encontrar en disputa, por
fuentes y corrientes de pensamiento divergentes
u opositoras.
En cuanto al análisis ya presentado sobre los
teóricos del contractualismo, es decir Hobbes,
Locke y Rousseau, nos revela que el concepto de
pueblo es una construcción nacida del
consentimiento y la voluntad humana que se
encamina desde una multitud de carácter
desorganizado a un cuerpo político organizado y
estructurado.
Por otro lado, mientras que para Hobbes la
unidad del pueblo habita en la figura del
representante, para Locke se basa en el
consentimiento para preservar la propiedad, y
por último en Rousseau alcanza su expresión más
acabada como una comunidad soberana donde el
17
BOBBIO, Norberto. Estado, gobierno y sociedad. Por
una teoría general de la política. México, Fondo de
Cultura Económico, 1996 p. 150.
individuo se asume en un doble rol: activo como
ciudadano y de carácter pasivo como súbdito
sometido a la ley.
Además, ya se identifica en este punto, una
tensión persistente entre el pueblo y la
ciudadanía que afecta la práctica democrática
contemporánea.
El pueblo suele construirse como un sujeto de
carácter simbólico y portador de legitimidad
histórica, a menudo reclamado por el discurso de
carácter populista como algo que excede lo
jurídico.
En contraste, la ciudadanía se define como
una categoría jurídica de derechos y obligaciones
individuales enmarcada en la participación
institucional, esta dualidad genera conflictos
donde la legitimación simbólica se enfrenta a la
participación institucional reglamentada.
La sociedad civil emerge entonces, a nivel
internacional, en el discurso público y académico,
especialmente a partir de la crisis del Estado
benefactor en los años ochenta, como un ente
autónomo y separado del Estado. Lejos de ser un
concepto unívoco, se presenta como un espacio
de heterogeneidad y conflicto. teóricos como
Gramsci la sitúan como el terreno de la lucha por
la hegemonía ideológica, mientras que Habermas
la define como el ámbito de la acción
comunicativa frente a la colonización del poder y
el mercado.
El estado actual de la cuestión muestra que
estos conceptos están en constante disputa y
reinterpretación. El tránsito del concepto de
pueblo hacia el de sociedad civil refleja
transformaciones sociopolíticas profundas, como
la transición al liberalismo y la búsqueda de una
sociedad líquida donde los límites del Estado se
desdibujan.
Queda claro la importancia de esta
investigación que sirva como cimiento
conceptual, como una base, para entender que la
homogeneidad del pueblo es inviable en la
modernidad, debiendo reconocerse la pluralidad
de intereses y la diversidad de actores que
conforman la colectividad actual.
Cumplir con el proposito de este analisis y
contar con un estado del arte que impacte en la
esfera jurídica y en la esfera política, ambas que
se encuentran en constante desarrollo, como en
desarrollo se encuentra la historia de la sociedad
moderna, nos permite encontrar una ruta para el
Entre el pueblo y el ciudadano
Bases para el análisis jurídico y político de la sociedad civil
9
análisis de la sociedad civil y del estado, dos
caminos que deben ir en forma paralela.
Analizar el estado del arte de los conceptos
tanto jurídicos, políticos y sociales de pueblo,
ciudadanía y sociedad civil nos permitio explorar
su evolución desde el contractualismo hasta
teorías contemporáneas. La investigación
examina la tensión entre el pueblo, como sujeto
simbólico de soberanía, y la ciudadanía,
entendida como categoría jurídica de derechos y
obligaciones.
Por ultimo, hablando en particular en el
contexto nacional, destaca cómo el termino de
sociedad civil surge como un referente de
autonómia frente al poder del Estado tras la crisis
económica de 1982, en esta etapa histórica
nacional, se popularizó en la esfera pública, la
idea de qué los problemas de este país, desde la
hiperinflación hasta la corrupción, eran
resultados del poder excesivo del Estado, que
este debía ser acotado por la sociedad, es decir,
las crisis económicas dieron paso a la crisis
sociales y políticas entre el Estado y la sociedad,
el corporativismo que había sostenido al régimen
durante décadas comenzaba a fracturarse.
En el contexto nacional ambos términos han
sido tomados por el discurso político, por lo tanto,
se pretende que para futuras investigaciones este
análisis sirva de herramienta para los estudios
jurídicos y de administración pública sobre el
entendimiento de una sociedad civil que
evoluciona social y políticamente como la idea de
la sociedad civil refleja y a la vez construye la
transformación socio política tan significativa
que comienzo en el año 2000 y que continua hasta
nuestros días.
Conflicto de Interés
La autora declara que la investigación se realizó
en ausencia de relaciones comerciales o
financieras que pudieran interpretarse como un
potencial conflicto de intereses, en la publicación
de estos resultados.
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año IV (Vol. VI, Núm. 1), 2026, e2238
10
Bibliografía y/o fuentes de información
Fuentes bibliográficas
ARATO, Andrew y COHEN, Jean. “Sociedad Civil y Teoría Política” traducción Roberto Reyes Mazzoni
Fondo de Cultura Económica, FCE. México, 2000.
BAUMAN, Zigmunt. “Modernidad Liquida” Fondo de Cultura Económica FCE, México, 2004.
BOBBIO, Norberto “El futuro de la democracia” Fondo de Cultura Económica. México, 1986.
_ “Estado, gobierno y sociedad. Por una teoría general de la política” Fondo de Cultura Económica,
México. 1996.
Diccionario Jurídico Mexicano. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
https://biblio.juridicas.unam.mx/bjv/resultados?ti=diccionario+juridico
ESQUIVEL SOLÍS, Édgar y CHÁVEZ BECKER, Carlos. “La sociedad civil” 2017 en Antologías para el estudio
y la enseñanza de la ciencia política Volumen II. Instituto de investigaciones jurídicas de la UNAM.
pp. 207-223
GRAMCI. A Cuadernos políticos, número 54/55, México, D.F., editorial Era, mayo-diciembre de 1988,
Página. 52-60.
GARCIA, V Reseña de "Sociedad civil y teoría política" Jean Cohen y Andrew Arato. Signos Filosóficos,
núm. 5, enero-junio, 2001, pp. 241-248
HABERMAS, Jürgen. “Teoria de la acción comunicativa, crítica de la razón funcionalista”. Taurus, Madrid,
1992.
HOBBES, Thomas. “El Leviatán o la materia, forma y poder de una república eclesiástica y civil”, Fondo
de Cultura Ecónomica, segunda edición, México, 1980.
LOCKE, John. “Segundo tratado sobre el gobierno civil, un ensayo acerca del verdadero origen, alcance
y fin del Gobierno Civil”. Tecnos Bogota, traducción Carlos Mellizo.
ROUSSEAU, Juan Jacobo. “El Contrato Social o principios de derecho político”. Elaleph, México, 1999.
Fuentes electrónicas
HENDERSON,G. Alan “El arte de elaborar el estado del arte en una investigación” Serie técnica de
manuales prácticos para el investigador. Centro de Investigación en Admisnitración, Económia y
Gestión Tecnológica. CIADEG-TEC, Costa Rica, 2014. Fecha de consulta: 15 de marzo de 2026
https://hdl.handle.net/2238/9145 pp. 1-33.
LEAL MARTINEZ, Alejandra. “De pueblo a sociedad civil: el discurso político después del sismo de 1985”
Revista Mexicana de Sociología, vol. 76, núm. 3 julio-septiembre, 2014, pp. 441-469 Universidad
Nacional Autónoma de México Distrito Federal, México. Fecha de consulta: 15 de marzo de 2026
https://www.redalyc.org/pdf/321/32131057004.pdf.