Año IV, Vol. VI, Núm. 1, enero-junio 2026
ISSN-e: 2992-8656
Reserva de Derechos: 04-2025-091012064300-102
DOI: 10.54167/usiil.v6i1.2019
1 Universidad Autónoma de Baja California Sur, México. Profesor investigador Extensión Académica
Los Cabos, B.C.S., ra.garcia@uabcs.mx, https://orcid.org/0009-0006-4142-4389
2 Universidad Autónoma de Baja California Sur, México. Egresado de la Licenciatura en Derecho y
Ciencias Jurídicas.
DERECHO HUMANO A LA MOVILIDAD EN EL MUNICIPIO DE LOS CABOS,
BAJA CALIFORNIA SUR,
DENTRO DE LA CRISIS DE MOVILIDAD ACTUAL
The Human Right to Mobility in the Municipality of Los Cabos, Baja California Sur, Amidst the
Current Mobility Crisis
ROSA ALICIA GARCÍA COMPEÁN 1, ANDRÉS GUADARRAMA MILLAN 2
SUMARIO I. Introducción., II. Movilidad urbana, III. Derecho humano a la movilidad, IV.
Resultados, Conclusiones, VI. Agradecimientos, VII. Bibliografía y/o fuentes de información
KEYWORDS
Urban mobility,
Human right,
Public transport,
Sustainability,
Legislation,
Los Cabos,
Accessibility.
ABSTRACT
This research examines the mobility crisis in Los Cabos, Baja California
Sur, from a legal perspective, proposing regulatory reforms to enhance
public transport, road infrastructure, and accessibility. The study
identifies normative gaps, legislative inconsistencies, and lack of
intergovernmental coordination as key issues. Through qualitative
analysis, existing legislation is evaluated, and recommendations are
proposed for a comprehensive and sustainable legal framework. The
findings highlight the need to prioritize more efficient transportation
modes, citizen participation, and environmental sustainability to
safeguard the human right to mobility.
PALABRAS CLAVE
Movilidad urbana,
Derecho humano,
Transporte público,
Sostenibilidad,
Legislación,
Los Cabos,
Accesibilidad
Esta obra está bajo una Licencia Creative
Commons Attribution-NonCommercial-
ShareAlike 4.0 International License. Como
lo indica la liencia:
https://creativecommons.org/licenses/by
-nc-sa/4.0/deed.en
RESUMEN
Esta investigación analiza la crisis de movilidad en el municipio de Los
Cabos, Baja California Sur, desde un enfoque jurídico, proponiendo
cambios jurídicos en las legislaciones analizadas en los tres niveles de
gobierno para mejorar el transporte público, la infraestructura vial y la
accesibilidad. El estudio identifica deficiencias normativas, y falta de
coordinación intergubernamental como causas principales del problema.
Mediante un análisis cualitativo, se analizan legislaciones existentes y se
proponen recomendaciones para un marco jurídico integral, sustentable.
Los resultados destacan la necesidad de priorizar modos de transporte
más eficientes, participación ciudadana y sostenibilidad ambiental para
garantizar el derecho humano a la movilidad.
Recibido: 20/07/2025
Aceptado: 19/01/2026
Como citar este artículo: GUADARRAMA MILLAN Andrés, GARCÍA
COMPEÁN Rosa Alicia, “Derecho humano a la movilidad en el
municipio de Los Cabos, Baja California Sur,
dentro de la crisis de movilidad actual ”, en Ubi Societas Ibi Ius en
Línea, México, Año IV, Vol. VI, núm. 1, enero-junio de 2026, e2019
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año IV (Vol. VI, Núm. 1), 2026, e2019
1. Introducción
a movilidad urbana representa uno de
los mayores desafíos para las ciudades
contemporáneas, particularmente en
destinos turísticos donde el crecimiento
acelerado y la falta de planeación generan
crisis de transporte que afectan tanto a
residentes como visitantes
1
. Este estudio
examina el caso del municipio de Los Cabos,
Baja California Sur, México, donde la
combinación de factores como el explosivo
desarrollo turístico, 351,111 habitantes en
2020 según INEGI
2
, el incremento del parque
vehicular, 180,592 unidades en 2018
3
; y la
insuficiente infraestructura han creado una
situación crítica de movilidad
4
.
En este contexto, se identificó una necesidad
urgente de ampliar el servicio de transporte
público, derivada de estudios de movilidad
realizados por el municipio. Ya en 2020 se
estimaba el requerimiento de 315 nuevas
concesiones. Como respuesta a esta
demanda y en el marco de esfuerzos por
1
ORGANIZACIÓN para la Cooperación y el
Desarrollo Económicos. Transport Strategies for
Net-Zero Systems by Design, 2024. Disponible en:
https://www.oecd.org/en/publications/transpo
rt-strategies-for-net-zero-systems-by-
design_0a20f779-en.html
2
INSTITUTO Nacional de Estadística y Geografía.
Panorama sociodemográfico de Baja California
Sur Censo de Población y Vivienda 2020.
Obtenido de
https://www.inegi.org.mx/contenidos/producto
s/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/prod
uctos/nueva_estruc/702825197742.pdf (fecha
de consulta: octubre 2024).
3
GOBIERNO del Estado de Baja California Sur.
Vehículos Importados del Municipio de Los Cabos
del año 2018. Disponible en:
https://datos.bcs.gob.mx/?page_id=6406 (fecha
de consulta: noviembre 2024).
4
ROMERO GUTIÉRREZ, Ligia. Los Cabos vive la
peor crisis de movilidad en la historia. Tribuna de
México. Disponible en:
https://tribunademexico.com/los-cabos-vive-
peor-crisis-de-movilidad/ (fecha de consulta:
septiembre 2024)
atender la crisis, se otorgaron 175
concesiones
5
de transporte público derivado
del resultado de las elecciones del año 2021,
con el objetivo de mejorar la oferta de taxis y
otros servicios, aunque persisten retos como
la insuficiencia de rutas, la saturación
vehicular y controversias en la asignación de
permisos que no han resuelto
completamente el problema de movilidad en
el destino.
Objetivo. Analizar las causas jurídico-
normativas que han contribuido a la crisis de
movilidad, con especial atención a la falta de
articulación entre la Ley de Desarrollo
Urbano
6
y la Ley de Movilidad estatal
7
.
Comparar legislaciones relacionadas al
transporte en los tres niveles del gobierno;
así mismo identificar las deficiencias entre
ellas que imposibilitan un eficiente
transporte y vialidad en el municipio de Los
Cabos con tendencia a comunidades
sostenibles de acuerdo con el Desarrollo
Sostenible
8
, particularmente el ODS 11.
5
GOBIERNO de BCS, “Gobierno de Baja California
Sur entregará 175 concesiones a taxistas de Los
Cabos“, 2022, disponible en:
https://www.bcs.gob.mx/gobierno-de-bcs-
entregara-175-concesiones-a-taxistas-de-los-
cabos/
6
LEY de Desarrollo Urbano para el Estado de Baja
California Sur. Ley publicada en el Boletín Oficial
del Gobierno del Estado de Baja California Sur el
31 de mayo de 2018. Disponible en:
https://www.cbcs.gob.mx/index.php/cmply/15
04-ley-desarrollo-urbano-bcs
7
LEY de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de
Baja California Sur. Ley publicada en el Boletín
Oficial del Gobierno del Estado de Baja California
Sur el 16 de julio 2023. Obtenido de Congreso del
Estado de Baja California Sur:
https://www.cbcs.gob.mx/index.php/cmply/71
09-ley-de-movilidad-y-seguridad-vial-del-
estado-de-baja-california-sur
8
ORGANIZACIÓN de las Naciones Unidas.
Objetivos del Desarrollo Sostenible. Disponible
en:
https://www.undp.org/content/undp/es/home
/sustainable-development-goals/goal-16-peace-
L
Derecho humano a la movilidad en el municipio de Los Cabos,
Baja California Sur, dentro de la crisis de movilidad actual
Método. La investigación adopta un
enfoque cualitativo de caracter documental
9
y comparativo, así como análisis
hermenéutico y de contenido, lo que permite
identificar las contradicciones entre el marco
legal y su implementación práctica,
siguiendo los protocolos de investigación
sociojurídica propuestos por Mila-
Maldonado
10
. Estos métodos y técnicas se
integraron de forma mixta e iterativa,
asegurando rigurosidad y validez interna
mediante triangulación de fuentes, lo que
permite que los hallazgos contribuyan
tanto al debate académico sobre
movilidad turística como a la
formulación de políticas públicas
basadas en evidencia.
2. Movilidad urbana
Históricamente, la movilidad urbana se ha
centrado en la infraestructura vial y el
automóvil como eje principal, influenciada
por el urbanismo moderno del siglo XX. Este
modelo funcionalista priorizó la fluidez
vehicular y el crecimiento urbano disperso,
asumiendo que el desarrollo económico
dependía de la expansión del transporte
justice-and-strong-institutions.html (fecha de
consulta: septiembre 2024).
9
HERNÁNDEZ SAMPIERI, Roberto y Mendoza
Torres, Christian, Metodología de la
investigación: Las rutas cuantitativa, cualitativa y
mixta, Segunda Edición, McGraw-Hill Education,
2023
10
MILA MALDONADO, Frank Luis, Yánez Yánez,
Karla Ayerim y Mantilla Salgado, Jorge David,
“Una aproximación a la metodología de la
investigación jurídica“, Revista Pedagogía
Universitaria y Didáctica del Derecho, 8(2), pp.
81–96. https://doi.org/10.5354/0719-
5885.2021.60341, 2021.
11
ALCANTARA VASCONCELLOS, Eduardo,
“Urban transport environment and equity: The
case for developing countries”, Routledge, 2014,
https://doi.org/10.4324/9781315071756,
12
LIZÁRRAGA MOLLINEDO, Carmen, “Movilidad
urbana sostenible: un reto para las ciudades del
siglo XXI“, Economía, Sociedad y Territorio, vol.
motorizado privado, lo que generó
congestión, contaminación, fragmentación y
exclusión social
11
12
.
Las consecuencias negativas de este
modelo incluyen una contribución
significativa a las emisiones de gases de
efecto invernadero, el transporte urbano es
responsable del 23% de las emisiones de CO₂
en Europa, según la Agencia Europea
13
, y la
exacerbación de la segregación
socioespacial. Las personas con menores
ingresos, sin acceso a vehículo privado,
enfrentan dificultades para acceder a empleo
y servicios debido a la ineficiencia del
transporte público
14
15
.
2.1. El nuevo paradigma: movilidad
urbana sustentable y sostenible
Ante la insostenibilidad del modelo de
movilidad tradicional, ha emergido un nuevo
enfoque que conceptualiza la movilidad
como un derecho urbano y un pilar
fundamental del desarrollo sostenible. Este
paradigma impulsa la movilidad sustentable,
definida como la capacidad de satisfacer las
necesidades de desplazamiento actuales sin
comprometer las de futuras generaciones,
promoviendo simultáneamente la inclusión
VI, núm. 22, septiembre-diciembre, 2006, pp. 1-
35, Disponible en:
https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=11162
202
13
EUROPEAN Environment Agency, “European
strategy for low-emission mobility”, 2016, p. 11.
disponible en: https://eur-
lex.europa.eu/resource.html?uri=cellar:e44d3c2
1-531e-11e6-89bd-
01aa75ed71a1.0002.02/DOC_1&format=PDF
14
UNITED Nations Organization, “World Cities
Report 2020: The Value of Sustainable
Urbanization”, 2020, disponible en:
https://unhabitat.org/world-cities-report-2020-
the-value-of-sustainable-urbanization
15
ORGANISATION for Economic Co-operation
and Development, “Transport Strategies for Net-
Zero Systems by Design”, 2021, disponible en:
https://www.oecd.org/en/publications/transpo
rt-strategies-for-net-zero-systems-by-
design_0a20f779-en.html
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año IV (Vol. VI, Núm. 1), 2026, e2019
social, la equidad y la mitigación del cambio
climático
16
.
La movilidad sostenible prioriza los
modos de transporte no motorizados y
colectivos, como caminar, andar en bicicleta
y un transporte público eficiente, e integra
principios de diseño urbano orientado al
transporte para fomentar ciudades
compactas y de usos mixtos con acceso
equitativo a servicios. La OCDE
17
destaca que
este enfoque requiere gobernanza integrada,
planificación a largo plazo, participación
ciudadana y el uso de tecnologías
inteligentes. Asimismo, implica un rediseño
urbano que garantice la accesibilidad
integrada para todos los grupos sociales,
especialmente los vulnerables, buscando
asegurar el derecho a la ciudad mediante un
sistema de transporte seguro, asequible,
accesible y no contaminante
18
.
Este nuevo paradigma reconoce la
movilidad como un fenómeno
multidimensional conectado con la
planificación territorial, la salud pública, el
género, el cambio climático y la justicia
social, promoviendo una movilidad
"inteligente" respaldada por tecnologías de
la información, sistemas de transporte
integrados y gobernanza participativa
19
. Un
elemento crucial es la justicia espacial y la
movilidad como derecho, lo que implica
abordar las desigualdades estructurales en el
16
BANCO Interamericano de Desarrollo,
“Movilidad urbana sostenible: Principios y
recomendaciones para ciudades de América
Latina y el Caribe”, 2023, disponible en:
https://publications.iadb.org/
17
ORGANISATION for Economic Co-operation
and Development, “Transport Strategies for Net-
Zero System by Design” 2021, disponible en:
https://www.oecd.org/en/publications/transpo
rt-strategies-for-net-zero-systems-by-
design_0a20f779-en.html
18
COMISIÓN Económica para América Latina y el
Caribe, “La movilidad urbana sostenible en
América Latina y el Caribe: Retos y oportunidades
acceso al transporte y diseñar políticas que
prioricen a grupos vulnerables
20
.
Aunque el paradigma de la movilidad
sustentable está consolidado en el discurso
internacional, su implementación enfrenta
barreras como la resistencia institucional, la
falta de inversión en transporte alternativo,
la presión del mercado inmobiliario y la
persistente cultura del automóvil. No
obstante, experiencias exitosas en ciudades
como Bogotá, Ciudad de México o Curitiba
demuestran que la reorientación hacia
modelos más sostenibles es posible con
voluntad política y participación social
21
. El
paso del modelo tradicional al sustentable es
urgente para que las ciudades futuras
garanticen la inclusión social, mitiguen
impactos ambientales y mejoren la calidad
de vida, lo que requiere voluntad política,
inversión estratégica y un cambio cultural
que revalorice la movilidad como derecho y
pilar de la sostenibilidad urbana.
2.2. Movilidad urbana en México
La movilidad en México es un asunto
intrincado que abarca dimensiones
urbanísticas, sociales, económicas y
ambientales, enfrentando desafíos
significativos debido al crecimiento
poblacional y la urbanización
22
. Más del 76%
de las localidades mexicanas superan los
2,500 habitantes, una tendencia creciente
en tiempos de pandemia”, 2021, disponible en:
https://www.cepal.org/es/publicaciones/
19
ORGANISATION, op. cit.
20
COMISIÓN, op. cit.
21
YAÑEZ-PAGANS, Patricia; Martínez, Daniel;
Mitnik, Oscar; Scholl, Lynn; Vazquez, Antonia,
“Urban transport systems in Latin America and
the Caribbean: lessons and challenges”, Inter-
American Development Bank, 2018, disponible
en:
https://publications.iadb.org/en/publications/e
nglish/viewer/Urban-Transport-Systems-in-
Latin-America-and-the-Caribbean-Challenges-
and-Lessons-Learned.pdf
22
INEGI, op.cit.
Derecho humano a la movilidad en el municipio de Los Cabos,
Baja California Sur, dentro de la crisis de movilidad actual
desde 1940
23
. Esta urbanización ha generado
grandes aglomeraciones, como la Ciudad de
México, donde el desplazamiento
poblacional presenta retos considerables.
Según ONU Hábitaty el Senado de la
República
24
, México es un país mayormente
urbano, con más de siete de cada diez
habitantes residiendo en localidades con
más de 15 mil habitantes, distribuidos en 59
zonas metropolitanas, lo que subraya la
relevancia de la movilidad urbana para el
desarrollo nacional.
El crecimiento acelerado de las ciudades
mexicanas ha incrementado la demanda de
servicios de transporte, pero la
infraestructura ha sido insuficiente,
resultando en congestión vehicular, largos
tiempos de traslado y una marcada
dependencia del automóvil particular. El
Instituto Mexicano para la Competitividad
25
,
señala que estas deficiencias en la movilidad
impactan negativamente la calidad de vida.
El parque vehicular registrado en México
ascendía a más de 50.5 millones de unidades
en 2019, con el 16.7% en el Estado de México
y el 12% en la Ciudad de México
26
.
Investigaciones indican que la política de
movilidad está vinculada al poder
adquisitivo de la población; ingresos más
altos se asocian al uso de vehículos
23
Ídem.
24
“REPORTE Nacional de Movilidad Urbana en
México 2014-2015”, Organización de las
Naciones Unidas Hábitat, 2015, Senado de la
República, Grupo Mexicano de Parlamentarios
para el Hábitat.
25
“Índice de Movilidad Urbana”, Instituto
Mexicano para la Competitividad, 2023,
disponible en:
https://imco.org.mx/indices/indice-de-
movilidad-urbana/
26
INEGI, op. cit.
27
ZARAGOZA AGUIÑA, Diana; “Determinantes
económicos para la movilidad urbana y
alternativas al transporte público en el corredor
Nor-poniente del Estado de México 2005-2015“,
2017, Tesis. Facultad de Estudios Superiores
Acatlán. UNAM. Estado de México.
particulares, mientras que ingresos más
bajos dependen del transporte público, a
menudo deficiente. Esta disparidad restringe
las oportunidades laborales y educativas de
los sectores vulnerables, perpetuando ciclos
de pobreza
27
. En contraste con la Ciudad de
México, que posee un sistema de transporte
masivo más eficiente y una distribución
modal equilibrada, Guadalajara muestra una
mayor prevalencia del automóvil particular
(28.1% de los viajes) y una significativa
proporción de desplazamientos a pie
(43.2%), a menudo por necesidad económica
debido a la falta de opciones de transporte
público
28
29
.
La gestión efectiva de la movilidad debe
adaptarse a las particularidades del
territorio, la infraestructura, los servicios de
transporte, el entorno urbano, la
distribución del equipamiento, la estructura
económica y la articulación regional del
mercado laboral. La escasez de transporte
limita el acceso de muchos habitantes a
centros urbanos y áreas comerciales,
privándolos de los beneficios de la
urbanización
30
. El éxito de la movilidad
urbana está intrínsecamente ligado a la
calidad y capacidad de la infraestructura. La
movilidad urbana presenta desafíos como la
extensión y calidad del transporte público, la
28
RODRÍGUEZ, Lauro, “Optan por auto sobre el
transporte público“, El Diario NTR, 2021,
disponible en:
https://www.ntrguadalajara.com/post.php?id_n
ota=216345
29
BOBADILLA, Rubí, “Pese a mejor transporte y
rutas, usan más automóviles en ZMG“, El
Informador.mx, 2024, disponible en:
https://www.informador.mx/jalisco/Contamina
cion-Pese-a-mejor-transporte-y-rutas-usan-mas-
automoviles-en-ZMG-20240226-0031.html
30
ONU, Habitat, “Reporte Nacional de Movilidad
Urbana en México 2014-2015. ONU“. Senado
de la República, Grupo Mexicano de
Parlamentarios para el Hábitat. 2015. Disponible
en:
https://onuhabitat.org/Reporte%20Nacional%2
0de%20Movilidad%20Urbana%20en%20Mexic
o%202014-2015%20-%20Final.pdf
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año IV (Vol. VI, Núm. 1), 2026, e2019
infraestructura vial, los impactos
ambientales y la salud pública, lo que resalta
la importancia de la participación ciudadana
para fomentar una movilidad ordenada,
incluyendo el respeto a las normas de
tránsito y el uso compartido de vehículos
31
.
2.3. Movilidad urbana en Los Cabos
Los Cabos, Baja California Sur, ha
experimentado un rápido crecimiento
urbano impulsado por el turismo, lo que ha
generado desafíos significativos en la
movilidad urbana y la necesidad de una
planificación integral para la sostenibilidad y
la mejora de la calidad de vida de sus
habitantes.
En respuesta a esto, el Instituto Municipal
de Planeación de Los Cabos ha desarrollado
el Plan Integral de Movilidad Urbana
Sustentable (PIMUS), el cual prioriza al
peatón y a las personas con discapacidad,
promueve modos de transporte no
motorizados como la bicicleta, y busca
mejorar la infraestructura para el transporte
público y de carga
32
. El Plan de Desarrollo
Municipal 2024-2027 complementa estos
esfuerzos con acciones concretas, incluyendo
la publicación del PIMUS en 2025, la creación
de un área administrativa dedicada a la
movilidad urbana y la digitalización
completa del sistema de transporte
público
33
.
Además, la Ley General de Movilidad y
Seguridad Vial
34
, publicada en el Diario
31
AGUIRRE QUEZADA, Juan Pablo, “Movilidad
urbana en Me xico“, Direccio n General de Ana lisis
Legislativo. Senado de la República, 2017,
disponible en:
http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/bitstream
/handle/123456789/3391/Cuaderno%20de%2
0investigacio%CC%81n%2030%20%281%29.p
df?sequence=1&isAllowed=y
32
PADILLA SOTO, Pamela, “En etapa final
diagnóstico del Plan Integral de Movilidad
Urbana Sustentable de Los Cabos“, El
Independiente, 2025, disponible en:
https://www.diarioelindependiente.mx/2019/0
8/en-etapa-final-diagnostico-del-plan-integral-
Oficial de la Federación, representa un
avance crucial al garantizar el derecho a la
movilidad bajo principios de accesibilidad,
equidad y sostenibilidad. Esta ley establece
una jerarquía presupuestaria que favorece
proyectos para zonas peatonales, ciclistas y
transporte público, relegando al último lugar
a los vehículos particulares.
A pesar de estos avances, Los Cabos aún
enfrenta desafíos como el crecimiento
descontrolado de asentamientos informales,
la infraestructura insuficiente y la
dependencia del automóvil particular debido
a una red de transporte deficiente. Superar
estos obstáculos requiere una coordinación
efectiva entre las autoridades municipales,
estatales y federales, así como una activa
participación de la sociedad civil en la
planificación e implementación de políticas
de movilidad sustentable.
3. Derecho humano a la movilidad
El derecho humano a la movilidad urbana se
refiere a la capacidad de las personas para
desplazarse de manera segura, accesible y
sostenible dentro de los entornos urbanos.
En México, donde la urbanización acelerada
y las desigualdades socioeconómicas
configuran las dinámicas de las ciudades,
este derecho enfrenta desafíos significativos,
como la falta de infraestructura adecuada, la
inseguridad y la exclusión de grupos
vulnerables. La teoría de las capacidades de
de-movilidad-urbana-sustentable-para-los-
cabos
33
AYUNTAMIENTO de Los Cabos, “Plan
Municipal de Desarrollo 2024-2027, Los Cabos,
B.C.S.“, 2025, disponible en:
https://www.loscabos.gob.mx/PMD/PLAN%20
DE%20DESARROLLO%20MUNICIPAL%202024-
2027%20LOS%20CABOS%20B%20C%20S.pdf
34
LEY General de Movilidad y Seguridad Vial,
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión,
2023, disponible en:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pd
f/LGMSV.pdf
Derecho humano a la movilidad en el municipio de Los Cabos,
Baja California Sur, dentro de la crisis de movilidad actual
Martha Nussbaum
35
ofrece un marco
normativo para analizar este derecho, al
centrarse en las oportunidades reales de las
personas para alcanzar una vida digna
mediante el ejercicio de capacidades
fundamentales.
La movilidad urbana en México está
reconocida como un derecho humano en el
marco de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos
36
,
particularmente en el artículo 4, que
establece el derecho a un medio ambiente
sano, y en leyes locales como la Ley de
Movilidad de la Ciudad de México
37
, que
prioriza el acceso equitativo a los sistemas de
transporte. Este derecho implica no solo la
libertad de movimiento, sino también el
acceso a transporte público eficiente, seguro
y asequible, así como la protección contra la
discriminación en el uso del espacio urbano.
Sin embargo, la realidad en México dista
de cumplir con estos principios. Según el
Instituto Mexicano para la Competitividad
38
39% de los mexicanos en las 32 ciudades
estudiadas usa transporte público pero
reciben solamente 1.2% del presupuesto
federal para movilidad. Además, de que las
ciudades mexicanas dependen del
transporte público, pero este es
frecuentemente inseguro, ineficiente y no
accesible para personas con discapacidad.
Así mismo menciona que:
35
NUSSBAUM, Martha, “Crear capacidades:
Propuesta para el desarrollo humano“, Paidós,
2012.
36
CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos
Mexicanos, Cámara de Diputados del H. Congreso
de la Unión, 2025, disponible en:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pd
f/CPEUM.pdf
37
LEY de Movilidad de la Ciudad de México, H.
Asamblea Legislativa del Distrito Federal, 2020,
disponible en:
https://www.congresocdmx.gob.mx/media/doc
umentos/6299c5bdd0df4f6da6e540ab8613d26
82b7d738b.pdf
Las ciudades mexicanas no miden los
efectos que la congestión vehicular tiene en
la población, por lo que los habitantes pagan
los altos costos que genera este problema
provocado por la falta de políticas públicas e
inversión para garantizar mejores servicios
de transporte público. Esto se traduce en
desigualdades para los ciudadanos: los
usuarios de transporte público pierden 69
mil millones de pesos en oportunidades de
ingreso, mientras los que utilizan automóvil
pierden 25 mil millones de pesos.
Por otro lado, las mujeres enfrentan
acoso sexual en el transporte público, lo que
restringe su movilidad, como documenta
ONU Mujeres México
39
. Estos problemas
evidencian una brecha entre el
reconocimiento formal del derecho y su
ejercicio efectivo.
Martha Nussbaum
40
propone un enfoque
basado en las capacidades humanas,
identificando diez capacidades
fundamentales que los Estados deben
garantizar para asegurar una vida digna,
incluyendo la integridad corporal, la
afiliación y el control sobre el entorno. Este
marco es particularmente útil para analizar
la movilidad urbana, ya que enfatiza no solo
el acceso a recursos, sino las oportunidades
reales para que las personas ejerzan sus
derechos en contextos específicos.
La capacidad de "integridad corporal"
incluye el derecho a moverse libremente sin
38
INSTITUTO Mexicano para la Competitividad,
“El costo de la congestión: vida y recursos
perdidos“, 2020, disponible en:
https://imco.org.mx/costo-la-congestion-vida-
recursos-perdidos
39
ONU Mujeres México, “Ciudades seguras y
espacios públicos seguros para mujeres y niñas
en México“, Organización de las Naciones Unidas,
2017, disponible en:
https://mexico.unwomen.org/sites/default/files
/2022-
09/Infograf%C3%ADas%20Ciudades%20Segur
as_0.pdf
40
NUSSBAUM; Op. Cit., p. 33.
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año IV (Vol. VI, Núm. 1), 2026, e2019
temor a la violencia o la coerción. En el
contexto de la movilidad urbana, esta
capacidad se relaciona directamente con la
seguridad en el transporte público y las
calles. Por su parte, la capacidad de
"afiliación" implica la posibilidad de
participar en comunidades y redes sociales,
lo que requiere un acceso equitativo al
espacio urbano. Finalmente, la capacidad de
"control sobre el entorno" abarca el derecho
a participar en la toma de decisiones sobre el
entorno urbano y a acceder a oportunidades
económicas, lo que se ve limitado cuando la
movilidad es restringida
41
.
La capacidad de “afiliación”, que implica la
participación en la vida social, depende en
gran medida de la accesibilidad del espacio
urbano. En México, las personas con
discapacidad enfrentan barreras
significativas en el transporte público y la
infraestructura urbana, lo que limita su
capacidad para integrarse en redes sociales y
comunitarias. El Consejo Nacional para
Prevenir la Discriminación
42
señala que el
31% de la población con discapacidad
presenta como problema central la falta de
calles y transporte adecuado para su
condición, situación que perpetúa su
exclusión. Desde la perspectiva de
Nussbaum, esta exclusión constituye una
violación de la dignidad humana, al impedir
la participación plena en la sociedad.
La capacidad de “control sobre el
entorno”, que incluye el acceso a
oportunidades económicas y la participación
en la toma de decisiones, se ve restringida
por la falta de políticas inclusivas en materia
de movilidad urbana. Por ejemplo, las zonas
periféricas de las ciudades mexicanas, donde
reside la población de menores ingresos,
suelen estar mal conectadas con los centros
41
Ibidem, p. 34.
42
CONSEJO Nacional para Prevenir la
Discriminación, “El acceso en espacios públicos,
principal problema que enfrentan las personas
con discapacidad”, 2018, disponible en:
https://www.conapred.org.mx/116-el-acceso-
económicos, lo que limita el acceso al
empleo
43
. Nussbaum
44
argumenta que los
Estados deben garantizar un "umbral
mínimo" de capacidades para todos, lo que
en este caso implicaría invertir en
infraestructura de transporte que conecte
equitativamente a las comunidades
marginadas.
Uno de los principales desafíos para
garantizar el derecho a la movilidad urbana
en México es la desigualdad en el acceso al
transporte y la infraestructura urbana.
Desde el enfoque de Nussbaum, esto
requiere políticas que prioricen la equidad y
la inclusión, asegurando que todos los
grupos sociales, incluidas mujeres, personas
con discapacidad y comunidades de bajos
ingresos, puedan ejercer sus capacidades.
Por ejemplo, la implementación de sistemas
de transporte público accesibles y seguros,
como los vagones exclusivos para mujeres en
el Metro de la Ciudad de México, es un paso
positivo, pero insuficiente si no se acompaña
de medidas estructurales.
Otra propuesta derivada de Nussbaum es
la necesidad de un enfoque participativo en
la planeación urbana. La capacidad de
control sobre el entorno implica que las
comunidades tengan voz en las decisiones
que afectan su movilidad. En México, las
políticas de movilidad urbana suelen
diseñarse sin la participación de los usuarios,
lo que perpetúa soluciones desconectadas de
las necesidades reales
45
. Nussbaum
46
aboga
por un "consenso entrecruzado" que
incorpore diversas perspectivas, lo que en
este contexto podría traducirse en consultas
públicas inclusivas para diseñar sistemas de
transporte
en-espacios-publicos-principal-problema-que-
enfrentan-las-personas-con-discapacidad/
43
INSTITUTO, op. cit.
44
NUSSBAUM, op. cit. p. 93
45
INSTITUTO, op. cit.
46
NUSSBAUM, op. cit. p. 112
Derecho humano a la movilidad en el municipio de Los Cabos,
Baja California Sur, dentro de la crisis de movilidad actual
4. Resultados
Una de las principales causas jurídicas
identificadas de la crisis de movilidad en Los
Cabos es la falta de integración y
armonización entre las normativas federal,
estatal y municipal. La Ley General de
Asentamientos Humanos, Ordenamiento
Territorial y Desarrollo Urbano
47
establece
principios para la planeación urbana y la
movilidad sostenible, pero su
implementación depende de la coordinación
con los gobiernos estatales y municipales. Sin
embargo, la Ley de Movilidad del Estado de
Baja California Sur no articula de manera
clara mecanismos para alinear los planes
municipales con las disposiciones federales,
lo que genera vacíos en la aplicación de
políticas integrales de movilidad.
Asi mismo, la Ley General de
Asentamientos Humanos, Ordenamiento
Territorial y Desarrollo Urbano, establece
que los municipios deben garantizar un
desarrollo urbano sostenible, pero en Los
Cabos, las regulaciones locales no han
priorizado la creación de infraestructura
adecuada para la movilidad, como ciclovías o
corredores de transporte público. Esta
omisión normativa ha perpetuado la
dependencia del automóvil, exacerbando la
congestión vehicular y los problemas de
accesibilidad.
En este sentido, a nivel estatal la Ley de
Movilidad y Seguridad Vial del Estado de
Baja California Sur
48
, regula el transporte
público, pero no establece mecanismos
claros para modernizar las flotas o ampliar
47
LEY General de Asentamientos Humanos,
Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano,
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión,
2024, disponible en:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pd
f/LGAHOTDU.pdf
48
LEY de Movilidad y Seguridad Vial del Estado
de Baja California Sur. Congreso del Estado de
Baja California Sur, 2023. Disponible en:
https://www.cbcs.gob.mx/legislacion/leyes/est
atales
las rutas en respuesta al crecimiento
demográfico del municipio. En la iniciativa
de ley de la administración de Mendoza
Davis se había propuesto en la ley de
movilidad del estado que se creara un
Instituto de Movilidad para una correcta
planeación, sin embargo, nunca se aprobó
por el Congreso del Estado.
Además, la falta de coordinación entre el
gobierno municipal y entidades federales,
como Caminos y Puentes Federales (Capufe),
ha impedido mejoras en la infraestructura de
transporte. Según el gobernador de Baja
California Sur, Castro Cosío, Capufe no ha
implementado medidas para agilizar el
tráfico en la carretera Transpeninsular, a
pesar de contar con recursos significativos
derivados de las casetas de peaje
49
. Esta
desconexión normativa entre niveles de
gobierno limita la capacidad de Los Cabos
para implementar soluciones integrales de
movilidad.
Por otro lado, en el ámbito municipal, el
Reglamento de Tránsito Municipal de Los
Cabos
50
se limita a regular aspectos
operativos del transporte público, como
permisos y sanciones, sin incorporar
objetivos estratégicos de movilidad
sostenible ni directrices para coordinarse
con el Plan Municipal de Desarrollo Urbano
de Los Cabos 2020-2024, además de ser un
reglamento con una antigüedad de 20 años
que no ha sido modificado o reformado en
ninguna ocasión. Esta fragmentación
normativa dificulta la creación de un sistema
de transporte integrado que responda a las
necesidades de una población en crecimiento
49
CASTREJÓN, Luis , “CAPUFE debe aportar
soluciones con la movilidad de la ciudad: Víctor
Castro“, 2022, Tribuna de México, disponible en:
https://tribunademexico.com/capufe-debe-dar-
soluciones-a-movilidad/
50
REGLAMENTO de Tránsito Municipal de Los
Cabos, “H. Ayuntamiento de Los Cabos”, 2005,
disponible en:
https://www.loscabos.gob.mx/reglamentos
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año IV (Vol. VI, Núm. 1), 2026, e2019
y a las demandas del turismo, principal
motor económico de la región. La falta de
coordinación intergubernamental es un
obstáculo común en ciudades mexicanas con
alta presión urbana, como Los Cabos, lo que
perpetúa problemas de movilidad.
Se identificó también que la movilidad
inclusiva es un aspecto crítico que ha sido
desatendido en el marco normativo de Los
Cabos. La Convención sobre los Derechos de
las Personas con Discapacidad
51
y la Ley
General para la Inclusión de las Personas con
Discapacidad
52
exigen que los municipios
garanticen accesibilidad en el espacio
público. Sin embargo, el Instituto Municipal
para el Desarrollo e Inclusión de las Personas
con Discapacidad (IMDIS) de Los Cabos
reporta que las calles carecen de rampas
adecuadas y las banquetas están obstruidas,
lo que imposibilita la movilidad de personas
con discapacidad motriz
53
.
La falta de cumplimiento con las Normas
Oficiales Mexicanas (NOM) relacionadas con
la accesibilidad, como la NOM-004-SEDATU-
2023
54
refleja una omisión normativa que
agrava la exclusión de este sector de la
población. Esta carencia no solo viola los
derechos de las personas con discapacidad,
sino que también perpetúa una
51
CONVENCIÓN sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad. “Organización de las
Naciones Unidas“, 2006, disponible en:
https://www.un.org/disabilities/documents/co
nvention/convoptprot-s.pdf
52
LEY General para la Inclusión de las Personas
con Discapacidad, Cámara de Diputados del H.
Congreso de la Unión, 2024, disponible en:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pd
f/LGIPD.pdf
53
YAÑEZ, Brenda, “Sin rampas, arriesgando su
vida entre los autos la realidad de las personas
con discapacidad“, 2020, Diario El Independiente
Baja California Sur, disponible en: .
https://www.diarioelindependiente.mx/2020/0
2/sin-rampas-arriesgando-su-vida-entre-los-
autos-la-realidad-de-las-personas-con-
discapacidad
54
NORMA Oficial Mexicana NOM-004-SEDATU-
2023, “Estructura y diseño para vías urbanas.
infraestructura urbana que no satisface las
necesidades de todos los habitantes.
La coordinación efectiva entre los niveles
de gobierno es fundamental para resolver los
desafíos de movilidad en el municipio de Los
Cabos, pero las normativas locales y estatales
no han propiciado una colaboración
eficiente. La Ley de Desarrollo Urbano del
Estado de Baja California Sur
55
otorga a los
municipios competencias en la planificación
urbana y la gestión del transporte, pero en la
práctica, la dependencia de decisiones y
recursos federales, como los gestionados por
la Secretaría de Infraestructura,
Comunicaciones y Transportes (SICT), ha
generado obstáculos significativos. Un
ejemplo claro es la falta de avances en la
propuesta de un libramiento carretero
alterno al aeropuerto, estancada por la
ausencia de acuerdos con Caminos y Puentes
Federales (Capufe)
56
.
4.1. Facultades municipales en la Ley
de Desarrollo Urbano de Baja
California Sur
El análisis jurídico de la Ley de Desarrollo
Urbano para el Estado de Baja California
Sur
57
permite identificar de forma clara y
Especificaciones y aplicación“ 2023, Secretaría de
Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano,
disponible en:
https://www.gob.mx/sedatu/documentos/nom
-004-sedatu-2023-estructura-y-diseno-para-
vias-urbanas-especificaciones-y-aplicacion
55
LEY de Desarrollo Urbano para el Estado de
Baja California Sur, Congreso del Estado de Baja
California Sur, XVII Legislatura, 2018, disponible
en:
https://www.cbcs.gob.mx/index.php/cmply/15
04-ley-desarrollo-urbano-bcs
56
ROMERO, Ligia. “Los Cabos vive la peor crisis
de movilidad en la historia”. Tribuna de México.
2022. Disponible en:
https://tribunademexico.com/los-cabos-vive-
peor-crisis-de-movilidad/
57
LEY de Desarrollo Urbano para el Estado de
Baja California Sur. H. Congreso del Estado de
Baja California Sur. 2018. Disponible en:
Derecho humano a la movilidad en el municipio de Los Cabos,
Baja California Sur, dentro de la crisis de movilidad actual
sistemática las facultades que poseen los
municipios de la entidad en materia de
desarrollo urbano, especialmente en lo
relativo al diseño, construcción, regulación y
mantenimiento de infraestructura vial, como
calles, banquetas y espacios públicos de
tránsito peatonal y vehicular.
Uno de los hallazgos más relevantes es
que la ley establece un marco de
concurrencia y coordinación entre el Estado
y los municipios, reconociendo la
competencia directa de los ayuntamientos en
la planeación, regulación y ejecución de
acciones de desarrollo urbano dentro de su
jurisdicción territorial (Art. 13). En este
sentido, los municipios tienen la capacidad
de formular, aprobar y administrar los
planes y programas municipales de
desarrollo urbano, así como de participar
activamente en los procesos regionales y
subregionales.
Entre las atribuciones específicas, se
destaca la facultad para promover y realizar
acciones e inversiones en la conservación,
mejoramiento y crecimiento de los centros
de población (Art. 13, fracción IV), lo que
comprende el diseño y ejecución de
proyectos de infraestructura vial, como
calles y banquetas, esenciales para la
movilidad urbana y el ordenamiento
territorial.
Asimismo, los municipios son
responsables de regular la zonificación
urbana (Art. 56), determinando los usos del
suelo, la densidad poblacional, la protección
de derechos de vía, y las zonas de restricción,
lo que les otorga herramientas jurídicas para
establecer normas técnicas aplicables a la
construcción y mantenimiento de vialidades
y banquetas.
https://www.cbcs.gob.mx/index.php/cmply/15
04-ley-desarrollo-urbano-bcs
58
LEY de Movilidad y Seguridad Vial del Estado
de Baja California Sur, H. Congreso del Estado de
En cuanto a la autorización de
fraccionamientos y desarrollos urbanos, la
ley establece criterios técnicos y normativos
que los ayuntamientos deben considerar,
entre ellos, la organización de la estructura
vial, la dotación de servicios públicos y la
integración adecuada de áreas de tránsito
peatonal (Art. 68 y 70).
Finalmente, la legislación contempla la
participación municipal en la promoción de
obras públicas para garantizar medios
adecuados de transporte, comunicación y
accesibilidad urbana (Art. 21, fracción XXI),
lo que fortalece su papel en la construcción
de entornos urbanos más equitativos y
funcionales.
En conjunto, estos elementos permiten
concluir que los municipios de Baja
California Sur no solo cuentan con
atribuciones legales expresas para intervenir
en el desarrollo urbano, sino que además
están obligados a ejercer dichas facultades
con base en principios de sustentabilidad,
equidad territorial y bienestar colectivo,
siendo responsables directos de aspectos
fundamentales como las vialidades,
banquetas y el equipamiento urbano básico.
4.2. Facultades municipales en materia
de movilidad en Baja California Sur
De igual manera, la Ley de Movilidad y
seguridad vial del Estado de Baja California
Sur
58
menciona que los municipios cuentan
con diversas facultades sustantivas para
participar activamente en la planeación,
regulación y supervisión del transporte
público dentro su territorio. La norma
reconoce la necesidad de una coordinación
estrecha entre el Estado y los ayuntamientos
para garantizar el derecho humano a la
movilidad, especialmente para los sectores
vulnerables de la población.
Baja California Sur, 2023, disponible en:
https://www.cbcs.gob.mx/index.php/cmply/71
09-ley-de-movilidad-y-seguridad-vial-del-
estado-de-baja-california-sur
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año IV (Vol. VI, Núm. 1), 2026, e2019
De manera específica, el Artículo 24 de la
ley establece que corresponde a los
municipios, a través de sus ayuntamientos,
ejercer competencias en materia de
transporte público conforme al artículo 68
de la Ley General de Movilidad y Seguridad
Vial. Entre las facultades destacadas se
encuentran:
• La coordinación con autoridades
estatales para planear, ejecutar y evaluar el
servicio de transporte público colectivo,
asegurando su calidad y accesibilidad,
particularmente para personas con
discapacidad.
• La implementación de políticas
públicas inclusivas, tendientes a eliminar
barreras arquitectónicas y sociales que
impidan a personas con discapacidad
acceder a medios de transporte, zonas
peatonales y espacios públicos.
• La promoción de programas de
educación vial y cortesía urbana, con
enfoque en la inclusión y el respeto a la
diversidad, como herramienta para mejorar
la convivencia en el espacio público.
Estas competencias reflejan un enfoque
progresivo, incluyente y participativo, en el
que los municipios no sólo están habilitados
legalmente para intervenir en el transporte
público, sino que también tienen la
obligación de impulsar entornos accesibles,
seguros y eficientes, con énfasis en la
protección de los grupos vulnerables.
Adicionalmente, la ley establece que los
municipios deben participar en los
mecanismos de coordinación y colaboración
intergubernamental, asegurando una
gestión integral del sistema de movilidad.
Esto incluye la integración de los planes
municipales de desarrollo con las estrategias
estatales y nacionales de movilidad.
Aunque la legislación vigente dota a los
municipios de Baja California Sur de
atribuciones relevantes para garantizar el
derecho a la movilidad de sus habitantes y
que el marco normativo impulsa una
transformación del sistema de transporte
desde un enfoque territorial y humano,
donde los gobiernos municipales se
convierten en actores clave para diseñar y
operar sistemas de transporte accesibles,
sustentables y equitativos, la realidad es que
esta legislación inició su vigencia en enero
del año 2024 y es muy pronto para que las
administraciones locales se hayan informado
sobre los cambios y facultades que tienen.
4.3. Incongruencia entre legislaciones
que imposibilitan una correcta
movilidad
Pese a contar con un marco legal actualizado
y alineado a los principios contemporáneos
de movilidad sostenible, como lo establecen
la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del
Estado de Baja California Sur y la Ley de
Desarrollo Urbano, persisten incongruencias
legales y normativas que obstaculizan la
correcta gestión del tráfico y la movilidad
urbana en Los Cabos.
Una de las principales incongruencias
radica en la desarticulación entre la
planeación urbana y la política de transporte.
La Ley de Desarrollo Urbano otorga a los
municipios la facultad de regular el
crecimiento urbano y la infraestructura vial,
mientras que la Ley de Movilidad establece
principios, jerarquías y lineamientos
operativos del transporte público y la
seguridad vial. Sin embargo, no existe un
mecanismo normativo que obligue a que los
instrumentos de planeación urbana (como
los programas de desarrollo urbano)
integren de manera efectiva los planes de
movilidad, lo que genera desconexiones
entre el diseño del territorio y la
operatividad del sistema de transporte.
Otro punto crítico es la falta de
armonización entre los niveles estatal y
municipal. Si bien la ley reconoce la
concurrencia de competencias, en la práctica
Derecho humano a la movilidad en el municipio de Los Cabos,
Baja California Sur, dentro de la crisis de movilidad actual
se observa una ambigüedad en la
distribución de responsabilidades,
especialmente en la regulación y supervisión
del transporte público, lo que ha derivado en
conflictos administrativos, duplicidad de
funciones o vacíos de autoridad en zonas
metropolitanas como Cabo San Lucas y San
José del Cabo.
Asimismo, aunque la Ley de Movilidad
establece la prioridad del peatón, la bicicleta
y el transporte público sobre el automóvil
particular, la Ley de Desarrollo Urbano sigue
permitiendo modelos de desarrollo que
fomentan el uso extensivo del vehículo
privado, como fraccionamientos periféricos
sin conectividad ni acceso a transporte
público eficiente.
Finalmente, existe una notable falta de
obligatoriedad en la aplicación de auditorías
viales y evaluaciones técnicas de impacto de
movilidad, lo cual impide corregir
deficiencias estructurales antes de que se
consoliden nuevos desarrollos o proyectos
viales.
Estas incongruencias legales, más allá de
su carácter técnico, se traducen en efectos
directos sobre la movilidad cotidiana de los
habitantes y visitantes de Los Cabos,
afectando la eficiencia del transporte, la
equidad del acceso a los servicios y la
sostenibilidad ambiental del entorno urbano.
5. Discusión
El análisis evidencia una contradicción
estructural entre el marco jurídico vigente y
la realidad operativa de Los Cabos. Si bien la
Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado
(2023) establece un paradigma centrado en
la persona y la sostenibilidad, su
implementación es inoperante debido a que
el municipio aún se rige por un Reglamento
de Tránsito obsoleto con 20 años de
antigüedad. Esta brecha normativa perpetúa
un modelo que prioriza el automóvil y
excluye a los modos de transporte activos.
Igualmente, se detecta una desarticulación
institucional crítica. A pesar de que la ley
otorga facultades claras a los municipios
para la planeación urbana y vial, la falta de
armonización con la federación (ej. Capufe) y
el desconocimiento de las nuevas
competencias municipales bloquean
soluciones de infraestructura urgentes,
como el libramiento carretero.
Bajo la óptica de las capacidades de
Nussbaum, la crisis actual constituye una
vulneración del derecho humano a la
movilidad. La infraestructura excluyente
(falta de rampas) y un transporte público
ineficiente limitan la "integridad corporal" y
la "afiliación" social de grupos vulnerables,
demostrando que la movilidad en Los Cabos
sigue siendo un privilegio condicionado al
acceso a un vehículo privado y no un derecho
garantizado.
6. Conclusiones
El marco jurídico del transporte en Baja
California Sur está constituido por una serie
de disposiciones legales que regulan la
planeación, operación, control y evaluación
del sistema de transporte en la entidad, tanto
en su dimensión urbana como regional.
Entre los instrumentos normativos más
relevantes se encuentran la Ley de Movilidad
y Seguridad Vial del Estado de Baja California
Sur y la Ley de Transporte para el Estado de
Baja California Sur, las cuales, si bien
responden a enfoques diferentes, son
complementarias en su aplicación e
interpretación.
La Ley de Movilidad y Seguridad Vial del
Estado de Baja California Sur, promulgada en
2023, representa un cambio de paradigma al
concebir el transporte no solo como un
servicio público, sino como parte de un
sistema de movilidad integral, centrado en
las personas y en el respeto al medio
ambiente. Esta legislación establece
principios fundamentales como la
accesibilidad universal, la equidad, la
sustentabilidad, la eficiencia energética y la
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año IV (Vol. VI, Núm. 1), 2026, e2019
seguridad vial. Asimismo, reconoce la
jerarquía de la movilidad, privilegiando al
peatón, al ciclista y al usuario del transporte
público por encima del vehículo particular,
alineándose con estándares internacionales
de movilidad urbana sostenible.
Por otro lado, la Ley de Transporte para
el Estado de Baja California Sur, aún vigente
en muchos de sus artículos, tiene un enfoque
más técnico y administrativo. Esta ley regula
la prestación del servicio público de
transporte, las concesiones, los permisos, las
tarifas, las sanciones, y los derechos y
obligaciones de los operadores y usuarios. Su
aplicación se dirige principalmente a los
aspectos operativos del transporte terrestre,
tanto en zonas urbanas como rurales.
La interacción entre ambas leyes refleja
una transición normativa en el estado:
mientras la Ley de Transporte proporciona
el andamiaje institucional para el
funcionamiento del servicio, la Ley de
Movilidad introduce una visión más amplia e
incluyente, que incorpora no solo al
transporte motorizado, sino también a la
movilidad activa y a la planificación urbana
sostenible.
Para garantizar su operatividad conjunta,
se requiere una armonización legislativa, en
la que los reglamentos derivados de ambas
leyes se actualicen de forma coordinada. Por
ejemplo, aspectos como la planificación de
rutas, la regulación de concesiones, la
implementación de infraestructura ciclista o
la seguridad vial deben abordarse desde
ambos cuerpos normativos, pero bajo una
misma lógica de integración y eficiencia.
Además, el papel de los municipios,
especialmente en zonas turísticas como Los
Cabos, es fundamental en la implementación
de estas leyes. Conforme al artículo 115 de la
Constitución federal y a la legislación estatal,
los gobiernos municipales pueden expedir
reglamentos propios y desarrollar políticas
públicas de movilidad acordes a sus
necesidades locales, siempre respetando el
marco legal estatal.
En sí el marco jurídico del transporte en
Baja California Sur encuentra en la Ley de
Movilidad y en la Ley de Transporte dos
pilares normativos fundamentales que
deben interpretarse de manera sistemática.
Su coordinación efectiva representa una
oportunidad para consolidar un sistema de
movilidad eficiente, seguro, sustentable y
centrado en las personas, acorde con los
retos urbanos, sociales y ambientales que
enfrenta la entidad en el siglo XXI.
El estudio del marco jurídico que regula
el transporte y la movilidad en el Estado de
Baja California Sur, con énfasis en las
facultades municipales previstas en la Ley de
Desarrollo Urbano, la Ley de Movilidad y
Seguridad Vial y la Ley de Transporte, todas
para el Estado de Baja California Sur,
evidencia un proceso de transición
normativa hacia un modelo más integral,
sostenible y centrado en derechos humanos.
La investigación confirma que los
municipios cuentan con facultades
sustantivas en los tres ordenamientos
analizados, aunque su grado de aplicación y
coordinación práctica aún presenta
limitaciones. La Ley de Desarrollo Urbano
posiciona a los ayuntamientos como entes
fundamentales en la planificación territorial,
estableciendo su obligación de incorporar
criterios de accesibilidad, conectividad y
movilidad al diseño de las ciudades. Esta
visión se alinea con la perspectiva de
desarrollo urbano sustentable promovida
por instrumentos internacionales y
nacionales.
Por su parte, la Ley de Movilidad y
Seguridad Vial del Estado introduce un
cambio de paradigma al reconocer el
derecho humano a la movilidad y jerarquizar
los modos de transporte, colocando al peatón
y al ciclista en el centro del sistema. En este
nuevo marco, los municipios adquieren
competencias para elaborar programas de
Derecho humano a la movilidad en el municipio de Los Cabos,
Baja California Sur, dentro de la crisis de movilidad actual
movilidad, desarrollar infraestructura para
transporte no motorizado, y fomentar
condiciones de seguridad vial. Sin embargo,
su implementación efectiva exige
capacidades técnicas, presupuestarias y
normativas que en muchos casos aún no
están consolidadas.
En tanto, la Ley de Transporte del Estado
representa un marco normativo más
tradicional, centrado en la regulación
operativa del transporte público y privado,
en aspectos como las concesiones, tarifas,
horarios y rutas. Esta ley otorga a los
municipios funciones de supervisión y
control, así como participación en la
definición de rutas urbanas y la creación de
los Consejos Municipales de Transporte.
Si bien estas tres leyes asignan funciones
específicas a los gobiernos municipales, su
articulación efectiva depende de una
adecuada armonización jurídica e
institucional. En el caso de Los Cabos, un
municipio con fuerte presión demográfica y
turística, se identifican vacíos en la
aplicación coordinada de estas facultades, lo
que repercute en la calidad del transporte, la
congestión vial y el acceso equitativo a la
movilidad urbana.
6.1. Recomendaciones jurídicas
Es imperativo que el Ayuntamiento de Los
Cabos revise y actualice sus reglamentos
locales, en particular el Reglamento de
Tránsito Municipal, para alinearlos con los
principios y disposiciones de la Ley de
Movilidad y Seguridad Vial del Estado de
Baja California Sur (2023) y la Ley General de
Movilidad y Seguridad Vial a nivel federal.
Esta armonización debe incorporar enfoques
de movilidad sustentable, seguridad vial y
accesibilidad universal, asegurando que las
normativas locales reflejen los estándares y
59
“INSTALAN consejo de vigilancia de transporte
de Los Cabos“, Gobierno del Estado de Baja
California Sur, 2025, disponible en:
objetivos establecidos en las leyes estatales y
federales.
Se recomienda la elaboración y
promulgación de un Reglamento Municipal
de Movilidad que contemple aspectos
específicos como el diseño de infraestructura
peatonal y ciclista, criterios para la
jerarquización de modos de transporte,
normas técnicas para paraderos y rutas, y
mecanismos de fiscalización y evaluación.
Este reglamento debe derivarse de las
facultades conferidas por la Ley de Movilidad
y Seguridad Vial del Estado de Baja California
Sur y servir como instrumento clave para
implementar políticas públicas concretas a
nivel local.
Conforme a la Ley de Transporte para el
Estado de Baja California Sur, se propone
reactivar los Consejos Municipales de
Transporte, dotándolos de un carácter
técnico-consultivo más robusto. El último
consejo instalado fue en el año 2023
59
se
integró por los gremios de taxistas y
transportadoras turísticas, así como
autoridades de los gobiernos federal, estatal
y municipal, dejando fuera la visión
ciudadana sin intereses en los gremios que
han dominado la localidad durante muchos
años. Es fundamental asegurar su
integración plural y representativa,
incluyendo a autoridades, transportistas,
usuarios, expertos en movilidad y
representantes del sector turístico y social.
Además, se deben establecer lineamientos
normativos para que las decisiones de estos
consejos sean consideradas en la
formulación de políticas municipales.
Se sugiere implementar programas de
formación continua en materia jurídica,
técnica y urbanística para el personal de las
direcciones municipales encargadas de
tránsito, transporte, planeación urbana y
obras públicas. Esta capacitación garantizará
https://www.bcs.gob.mx/instalan-consejo-de-
vigilancia-de-transporte-de-los-cabos/
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año IV (Vol. VI, Núm. 1), 2026, e2019
una mejor interpretación y aplicación del
marco legal, promoviendo una gestión más
eficiente y con perspectiva de derechos
humanos.
Alineado con los principios de
gobernanza democrática y justicia espacial,
se recomienda establecer mecanismos de
consulta y participación ciudadana para la
toma de decisiones en materia de movilidad.
Estos mecanismos deben tener sustento
normativo y capacidad para incidir en el
diseño y evaluación de rutas, tarifas,
infraestructura y servicios de transporte,
asegurando la inclusión de diversos sectores
de la sociedad, ya que en la actualidad
solamente se han visto beneficiados los
gremios de transportistas a quienes se les
otorgaron 175 concesiones de transporte
público derivado del resultado de las
elecciones del año 2021 en las que Víctor
Castro ganó la elección y que, al mismo
tiempo, son familiares de los servidores
públicos en funciones situación que exacerbó
la vialidad en Los Cabos
También, se propone la creación de una
Agenda Municipal de Movilidad Sustentable
que articule los esfuerzos normativos,
técnicos, presupuestales y sociales del
municipio en esta materia. Esta agenda debe
establecer metas medibles y plazos
definidos, integrándose en el marco de los
Programas Municipales de Desarrollo
Urbano y Planes de Ordenamiento
Territorial, promoviendo la transversalidad
con las políticas de medio ambiente, salud
pública, turismo y seguridad.
6.2. Sugerencias para un marco
jurídico integral que fomente un
sistema de transporte sustentable y
eficiente en el municipio de Los Cabos.
El municipio de Los Cabos, al ser uno de los
principales destinos turísticos de México,
enfrenta una creciente demanda de
transporte derivada tanto de su dinámica
poblacional como de su vocación económica.
Esta situación ha provocado una expansión
urbana acelerada y, en muchos casos,
desordenada, lo cual ha repercutido en la
saturación de las vías de comunicación, en el
incremento de las emisiones contaminantes
y en la limitada accesibilidad para ciertos
sectores de la población. Ante ello, resulta
imprescindible la construcción de un marco
jurídico integral que oriente la planificación,
regulación y operación de un sistema de
transporte sustentable, equitativo y
eficiente.
En este contexto, el diseño de dicho
marco debe sustentarse en la Ley de
Movilidad para el Estado de Baja California
Sur, que establece como principios rectores
la accesibilidad, la eficiencia energética, la
sostenibilidad ambiental, la inclusión y la
seguridad vial. Asimismo, debe armonizarse
con lo dispuesto por la Ley de Desarrollo
Urbano del Estado de Baja California Sur, la
cual regula los instrumentos de planeación
territorial y permite la integración de
criterios de movilidad en los Planes de
Desarrollo Urbano Municipales (PDU).
Una propuesta viable y jurídicamente
fundamentada consiste en la elaboración de
una Ley Municipal de Movilidad Sustentable
para Los Cabos, cuyo objetivo sea adaptar los
principios estatales a la realidad local. Esta
ley permitiría el diseño de un sistema de
transporte multimodal que articule rutas
urbanas, suburbanas y rurales, incorpore
tecnologías limpias, promueva la movilidad
activa (peatonal y ciclista) y garantice el
acceso universal, particularmente para
personas con discapacidad o en situación de
vulnerabilidad.
De manera complementaria, sería
necesario promulgar un Reglamento
Municipal de Transporte y Movilidad,
moderno que regule el servicio público y
privado de transporte, incluyendo el
transporte turístico, el cual representa un
sector clave en la economía del municipio.
Este reglamento podría establecer criterios
Derecho humano a la movilidad en el municipio de Los Cabos,
Baja California Sur, dentro de la crisis de movilidad actual
obligatorios de sustentabilidad para las
unidades de transporte, fomentar la
renovación de flotillas contaminantes y
establecer zonas especiales para paraderos
ecológicos y puntos de recarga eléctrica.
La eficacia de este marco jurídico integral
dependerá, además, de la creación de
mecanismos institucionales que aseguren su
correcta implementación y evaluación. En
este sentido, se propone la conformación de
un Consejo Municipal de Movilidad
Sustentable, integrado por representantes
del gobierno, la ciudadanía, el sector
empresarial y especialistas en urbanismo y
medio ambiente. Este órgano consultivo
podría coadyuvar en la formulación de
políticas públicas, supervisar su aplicación y
revisar periódicamente los indicadores de
eficiencia del sistema.
Finalmente, se considera indispensable
incorporar una perspectiva educativa y
cultural dentro del marco jurídico, con el fin
de fomentar el respeto a los derechos de los
peatones y ciclistas, y promover el uso
responsable de los medios de transporte. La
inclusión de campañas permanentes de
concientización, dirigidas a la comunidad
escolar, a los trabajadores del sector turístico
y al público en general, consolidaría una
cultura vial sustentable y corresponsable.
En sí, la construcción de un marco jurídico
integral en materia de movilidad para el
municipio de Los Cabos exige una visión
transversal que articule la legislación
vigente, los instrumentos de planeación
territorial, así como las necesidades sociales
y ambientales de la región. Tal desarrollo
normativo no solo contribuiría al
ordenamiento del transporte local, sino que
también podría convertirse en un modelo
replicable en otras zonas turísticas del país
con características similares.
7. Agradecimientos
El presente texto nace como parte del
proyecto de investigación denominado Crisis
de movilidad urbana en el municipio de Los
Cabos por parte de la Extensión Académica
Los Cabos de la Universidad Autónoma de
Baja California Sur.
Conflicto de Interés
Los autores declaran que la investigación se
realizó en ausencia de relaciones
comerciales, políticas o financieras que
pudieran interpretarse como un potencial
conflicto de intereses, en la publicación de
estos resultados.
Contribuciones de los autores (solo en
caso de coautoría)
"Conceptualización, Andrés Guadarrama
Millán metodología, Rosa Alicia Garcia
Compeán.; análisis formal, Rosa Alicia García
Compeán y Andrés Guadarrama Millán;
investigación, Andrés Guadarrama Millán;
redacción-redacción del borrador original,
Andrés Guadarrama Millán; redacción-
revisión y edición, Rosa Alicia García
Compeán. Todos los autores han leído y
aceptado la versión publicada del
manuscrito".
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año IV (Vol. VI, Núm. 1), 2026, e2019
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