UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año IV (Vol. VI, Núm. 1), 2026, e1996
Dentro de los ámbitos de la alimentación y
salud, los artículos 24, inciso c) y 27 de la
Convención señala que una de las principales
atenciones que se deben tener en materia de
salud, es combatir la desnutrición y las
enfermedades derivadas de esta, mediante el
suministro de agua potable y alimentos
adecuados y nutritivos, evitando los riesgos y
peligros derivados de la contaminación
ambiental.
En el artículo 27 se reconoce el derecho de
todo niño a un nivel de vida adecuado para su
desarrollo físico, mental, espiritual, moral y
social, señala que el Estado debe adoptar medidas
necesarias para ayudar a los padres o personas
responsables por los menores para dar
efectividad a estos derechos, específicamente a su
nutrición, vestimenta y a la vivienda, y, en
específico, en relación con la alimentación en el
numeral 4, dispone que los estados partes deben
asegurar que los padres o personas tutoras,
quienes tengan la responsabilidad de un niño,
deben de asegurar el pago de las pensiones
alimenticias.
El mismo artículo 24 de la Convención,
respecto al derecho a la salud, refiere que el
Estado debe garantizar a los menores gozar de
una buena salud, a través de tratamientos
médicos necesarios, debiéndose trabajar
principalmente en reducir el número de muertes
infantiles, mejorar la atención básica, desarrollar
tratamientos preventivos como las vacunas,
luchar contra la desnutrición (dentro de la
categoría de la alimentación), incluso que se debe
dar asistencia a las madres durante el embarazo
y tras dar a luz, así como desarrollar mecanismos
para el acceso a la información relativa a
nutrición, higiene, salud y planificación familiar.
Dentro de la categoría de la salud, también se
contempla que se debe terminar con aquellas
prácticas tradicionales peligrosas, tener derecho
a una internación con autoridades competentes,
para tener una atención, protección o tratamiento
de su salud física o mental acorde a las
circunstancias del caso en concreto.
En cuanto a la categoría de Educación, el
artículo 28 de la Convención, señala como las
personas menores de quince años, tienen el
derecho a una educación primaria gratuita, pero
de carácter obligatoria, lo cual no pasa con la
enseñanza superior, pues establece que esa
deberá ser accesible a todos en base a sus
capacidades; de igual manera debe brindarse la
información y orientación, para fomentar los
conocimientos técnicos y científicos, la educación
como vocación, la asistencia, cuidado, disciplina y
el respeto a los derechos humanos y a la dignidad;
y como forma de lucha contra el analfabetismo y
la deserción escolar.
El artículo 29 de la referida Convención, tiene
como objetivos que la educación: promueva el
crecimiento personal y el desarrollo de tus
capacidades, preparando a los menores para
tomar decisiones y responsabilidades en una
sociedad libre, con un espíritu de comprensión,
paz, tolerancia, igualdad y amistad, así como
enseñar a respetar el medio ambiente natural que
te rodea.
En complemento a lo anterior, el artículo 32,
establece el derecho a la protección contra la
explotación económica y laboral, el Estado es
quien debe proteger a los menores contra la
realización de cualquier trabajo que los ponga en
peligro, entorpezca su educación, sea nocivo para
su salud o su desarrollo, ya sea espiritual, mental,
físico, moral o social.
Del 25 al 27 de septiembre de 2015, durante la
Cumbre Mundial de Desarrollo Sostenible, ciento
noventa y tres países miembros la Organización
de las Naciones Unidas, tomaron el acuerdo
A/RES/70/1, al cual llamaron "Transformar
nuestro mundo: la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible”; establecieron diecisiete
metas basadas en los resultados obtenidos en los
Objetivos de Desarrollo del Milenio, añadieron
temas relativos: desigualdad económica,
consumo sostenible, cambio climático, la
innovación, cultura de la paz y justicia, entre otras
prioridades; mismas que se enlistan a
continuación:
1. Poner fin a la pobreza en todas sus formas y
en todo el mundo;
2. Poner fin al hambre, lograr la seguridad
alimentaria y la mejora de la nutrición y
promover la agricultura sostenible;
3. Garantizar una vida sana y promover el
bienestar de todos a todas las edades;
4. Garantizar una educación inclusiva,
equitativa, de calidad y promover
oportunidades de aprendizaje permanente
para todos;
5. Lograr la igualdad de género y empoderar a
todas las mujeres y las niñas;