Año II, Vol. II, Julio-Diciembre 2024 |ISSN-e: 2992-8656
| Reserva de Derechos: 04-2023-063014014100-102
DOI: https://doi.org/10.54167/usiil.v3i3.1634
1 Doctoranda en Proyectos de la Universidad Americana de Europa UNADE, Magister en Derecho para el
Urbanismo y el Desarrollo Territorial Sostenible, especialista en Derecho Administrativo, Abogada, Docente
académico de tiempo completo de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales, de la Universidad Libre
Seccional Socorro; investigador junio (2018), registro CvLAC y GrupLAC, coautora del proyecto de Ley PL-151-
2012 Cámara, innominado Código de los Recursos Naturales y Ambientales de Colombia, gaceta del Congreso
No. 650 (28 septiembre 2012), tratadista y escritora de textos de formación jurídico ambiental con la editorial
LEYER y la editorial INAPCIS, coordinadora de la maestría de Derecho Administrativo, coordinadora del centro
de investigación de la facultad de derecho: Reconocimiento nacional del Galardón de la Orden Martín Luther
King, Salón Constituyente Congreso de la República (junio 30 de 2023), email:
amandaparracardenas@gmail.com Orcid: DOI 0000-0002-0921-7172
PERSPECTIVAS DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS AMBIENTALES EN COLOMBIA
Perspectives of environmental public policies in Colombia
AMANDA-PARRA CÁRDENAS1
SUMARIO I. Introducción., II. Objetivos, III. Método, IV. Desarrollo: Panorama de la política
pública ambiental; Políticas del Estado en la administración de los recursos naturales y
ambientales; Políticas públicas ambientales y su énfasis en el Desarrollo sostenible; Política
internacional y su enfoque en Objetivos del desarrollo Sostenible; Tres herramientas del
derecho ambiental, V. Resultados. La política internacional, su principio “Pacta Sunt Servanda.
Connotación Jurídica en la justicia ambiental y la seguridad jurídica. Resultados previstos VI.
Discusión y aportes. Principales elementos del Estado del Arte, VII. Recomendaciones, VIII.
Conclusiones, IX. Bibliografía.
KEYWORDS
Environmental justice
State policy
Human rights
Governance
Legal certainty
ABSTRACT
Las representaciones de las políticas blicas ambientales en el Estado
colombiano, tienen ejes de referidos a la conservación de los recursos
naturales y de la biodiversidad, también están relacionados con la
adaptación a los fenómenos climáticos del niño con sus fuertes sequias e
incendios forestales, y para el fenómeno de la niña con aumentos de
lluvias, inundaciones y avalanchas. Hoy se requieren políticas
ambientales más dinámicas, preventivas y la gestión de recursos
naturales, la participación de los actores sociales, y todo en sí, una
política unificada que garantice el desarrollo sostenible y el suministro
de bienes y servicios ambientales.
PALABRAS CLAVE
Justicia ambiental
Política de Estado
Derechos humanos
Gobernanza
Seguridad jurídica
Esta obra está bajo una
Licencia Creative
Commons Attribution-
NonCommercial-ShareAlike 4.0
International License. Como lo indica la
liencia:
https://creativecommons.org/licenses/by
-nc-sa/4.0/deed.en
RESUMEN
The representations of environmental public policies in the Colombian
State have axes referring to the conservation of natural resources and
biodiversity, they are also related to adaptation to the climatic
phenomena of El Niño with its strong droughts and forest fires, and to the
La Niña phenomenon with increases in rain, floods and avalanches.
Today, more dynamic, preventive environmental policies and the
management of natural resources, the participation of social actors, and
all in itself, a unified policy that guarantees sustainable development and
the supply of environmental goods and services are required.
Recibido: 23/03/2024
Aceptado: 28/06/2024
Como citar este artículo: PARRA-CÁRDENAS, Amanda y ORTIZ-PARRA,
Maswel Andrey, Perspectivas De las Políticas Públicas Ambientales en
Colombia”, en Ubi Societas Ibi Ius en Línea, México, Año II, núm. III,
julio-diciembre de 2024, pp. 97-113.
97
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año II (Vol. III), 2024, pp. 97-113.
1. Introducción
entro de la gran problemática de
afectación y daño a los recursos
naturales, el ambiente, y los ecosistemas
estratégicos, también se suman las numerosas
políticas para cada uno de los recursos naturales
y del medio ambiente, que en parte por la
especificidad y la inmediatez para un sector
específico o para cumplir con un instrumento
jurídico internacional que en esencia es
obligante, se expide una directrices o protocolo
que difiere de ser coherente con las políticas
ambientales existentes en el país; son cinco
recursos naturales,
1
y otros relacionados con el
medio ambiente, el hábitat, la oferta y demanda
de los bienes y servicios ambientales, todos
directamente relacionados entre sí, con una
relación intrínseca con la vida en la tierra.
Las problemáticas que se presentan en el
sector productivo e industrial son variadas, unas
causan un daño irreversible y otras
sencillamente están dentro de unos parámetros
máximos que pueden sobrepasar los límites de la
ley y del contexto de las políticas públicas
ambientales, verbigracia: ocho políticas, leyes,
decretos y guías técnicas para el agua,
2
seis
políticas para el aire,
3
tres políticas para el
recurso suelo
4
pero lo que corresponde al
ordenamiento territorial (aunque hay planes de
ordenamiento territorial) y ambiental
(directrices e impactos ambientales, etc.)
Todo anda suelto y justificado en un plexo
normativo muy particular, porque cada
mandatario local cambia el uso del suelo en su
plan de ordenamiento territorial, y si a eso le
agregamos que la Agencia Nacional de Minería
ANM
5
- argumenta que el Estado es el dueño del
subsuelo, puede autorizar y otorgar licencia
minera a una persona natural o jurídica para que
extraiga los minerales o recursos energéticos, de
tal forma que es el mismo Estado quién faculta y
autoriza que un tercero trasgreda el derecho
fundamental a la propiedad que tiene una
persona sobre un predio potencialmente minero,
1
Hídrico, aire, suelo, fauna y flora.
2
Agua potable, vertimientos, contaminación, etc.
3
Material particulado, zonas de calor urbano,
contaminación atmosférica, contaminación por fuentes
móviles, etc.
4
Degradación por urbanización, deforestación, agricultura
intensiva, entre otras.
5
Creada por el decreto 4134 de 2011.
porque debe buscar que el dueño del predio,
como dueño también del suelo, le conceda
permiso a este tercero para pasar por su suelo y
llegar al subsuelo donde está el mineral; hay que
recordar que mismo Estado reconoce la
propiedad del predio e inmueble mediante la
protocolización de escritura pública legalizada
ante un notario e instrumentos públicos.
Es evidente que, en un Estado Social de
Derecho, cuya Constitución Política de 1991
establece los principios rectores en derecho.
El proceso ambiental de Colombia permite
ver como las acciones, paradigmas y estándares
han cambiado, evento cuyo basamento se
encuentra en la Carta Política (1991) que
confiere al Estado la función y fin de ser
propietario y administrador de la riqueza
natural del país, obviamente esto se encuentra
vinculado a las necesidades del entorno social,
cultural, ambiental, político, económico, e
institucional, de tal forma que la toma de
decisiones tiene como fin ideal: la creación,
modificación de estructuras institucionales,
objetivos de la política pública, propendiendo
que todos actores sociales tengan una
participación en la Gobernanza en el territorio.
La seguridad ambiental entre otros objetivos
tiene: la proveer instrumentos que permitan
evaluar, controlar y revertir el nivel de las
posibles amenazas sobre los ecosistemas,
especialmente los ecosistemas estratégicos que
son los que proveen de bienes y servicios
ambientales a las poblaciones urbanas.
Autores como Locattelli y Rico (2016), en su
documento “Seguridad Ambiental; del
diagnóstico a la acción”, expresan, la Salud
Pública depende en gran medida del tratamiento
del Medio Ambiente, como habita natural, donde
los seres humanos residen, se alimentan,
conviven, se desarrollan y se organizan
políticamente.
Existe una estrecha interdependencia de la
Seguridad con el Medio Ambiente, destacando
que sólo las acciones del Sistema Político y la
Sociedad Organizada permitirán afrontar los
riesgos inherentes al Medio Ambiente.
6
6
LOCATTELLI, Daniel & Rico, Sergio “Seguridad ambiental;
del diagnóstico a la acción”, revista del Instituto de
relaciones internacionales de Argentina, Buenos Aires,
D
98
PERSPECTIVAS DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS AMBIENTALES EN COLOMBIA
2. Objetivos
Revisar las políticas públicas ambientales,
vinculantes con el sistema nacional ambiental
SINA, como un aporte a la construcción del
Derecho Ambiental de Colombia; como objetivos
específicos dentro del macro proyecto
articulación del Sistema Nacional Ambiental
SINA, se tienen los siguientes: Sistematizar la
normatividad del Sector ambiental y de los
recursos naturales; Describir los protocolos,
directrices y lineamientos de las políticas
públicas ambientales de Colombia; Presentar
ante la secretaria de la presidencia de la
república una propuesta Proyecto de Ley en
materia de protocolos, directrices, lineamientos
y de las políticas públicas ambientales y de los
recursos naturales vinculantes con el Sistema
Nacional Ambiental SINA.
3. Método
La metodología aplicada propende por la
revisión de las directrices, lineamientos y
protocolos que se consolidan dentro de las
diferentes políticas públicas ambientales
vinculantes con el Sistema Nacional Ambiental
SINA y su socialización por este medio; en otras
áreas del derecho administrativo (es el Estado
quién administra los recursos naturales), del
área jurídica (marco legal ambiental), del área
técnica (interdisciplinaridad científica) y del
área social (la participación ciudadana); la
resultante de esta revisión tiene como propósito
generar conocimiento intelectual que coadyuve a
la construcción del Derecho Ambiental en
Colombia, proyecto de vida que inicio en el 2007;
La revisión de los lineamientos, directrices,
protocolos, documentos CONPES, revisión de los
tratados, acuerdos y convenios internaciones del
bloque de Constitucionalidad, así como la
consolidación del plexo normativo ambiental,
proyectos de ley que fueron debatidos en el
Congreso de la República, y que en la praxis
brinde un horizonte en materia jurídica y técnica
de políticas ambientales y de calidad de vida de
los colombianos.
Argentina, 2016, pp. 01-05, documento digital disponible en
https://www.iri.edu.ar/wp-
content/uploads/2016/05/bo_syd_12_rico_locatelli_articul
o.pdf, ultima vez revisado el 01 de julio de 2024.
4. Desarrollo
La justicia ambiental, es una metodología
normativa para resolver los conflictos
ambientales que entrañan injusticias frente a los
derechos, las cargas y los beneficios de los
ecosistemas. Entre otras jurisprudencias de la
Corte Constitucional se pueden citar: Sentencia
T-0294 de 2014, (…) reconocimiento del
derecho fundamental a la participación de las
poblaciones que reciben de manera directa las
cargas ambientales derivadas de la realización o
inadecuado funcionamiento de obras de
infraestructura (oleoductos, hidroeléctricas,
carreteras);
7
Sentencia T-0614 de 2019,
aspectos de la calidad del aires sobre aplicación
del principio de precaución y de rigor
subsidiario, caso comunidad indígena provincial
de la Guajira y de la empresa Carbones del
Cerrejón, afectación del aire con material
particulado.
8
La seguridad ambiental surge de “manera
oficial con la carta mundial para la naturaleza
adoptada por la asamblea general de las
Naciones Unidas por Resolución 37/7 del 18 de
octubre de 1982 a partir de este compromiso
mundial las amenazas a la seguridad que se
originan en el medio ambiente reciben el
tratamiento de seguridad o inseguridad
ambiental,
9
pero fue en 1987 cuando, en el
informe denominado “nuestro futuro común se
dio la voz de alarma acerca de las consecuencias
que estaba sufriendo el planeta producto de las
malas prácticas ambientales” Según Naciones
Unidas:
La Seguridad Ambiental es la Seguridad
Pública relativa de los peligros ambientales,
7
Corte Constitucional Sentencia 0294, “Dimensión
distributiva de la justicia ambiental, derecho a la consulta
previa, derecho de participación en materia ambiental”.
Bogotá Gaceta de la Corte Constitucional del 22 de mayo de
2014. Magistrada Ponente. María Victoria Calle Correa.
8
Corte Constitucional Sentencia T-0614, “Protección del
ecosistema y la salud ante factores de deterioro ambiental,
obligaciones del Estado frente a las actividades extractivas
del Carbón, principio de precaución ambiental, control
ambiental, licencia ambiental, justicia ambiental y control
ambiental” Bogotá Gaceta de la Corte Constitucional del 16
de diciembre de 2019, MP. Alberto Rojas Ríos.
9
Organización de las Naciones Unidas ONU (1982) “Carta
Mundial de la Naturaleza, resolución 37/7 del 28 de octubre
de 1982”, Washington. Documento digital disponible en
https://ecojurisprudence.org/es/iniciativas/carta-
mundial-para-la-naturaleza-1982/, ultima vez revisado el
01 de julio de 2024.
99
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año II (Vol. III), 2024, pp. 97-113
causados por procesos naturales o humanos
debido a la ignorancia, accidente, mala
administración o el diseño y originario dentro
o a través de las fronteras nacionales.
10
En este concepto se incluye el termino
Seguridad Pública que tiene en cuenta el
principio fundante de lo ambiental: el desarrollo
sostenible cuyos cimientos son:
el Desarrollo Económico, Social y la
Protección del Medio Ambiente, protección
que requiere de alianzas entre Gobierno y
Sociedad, mediante la ejecución de planes y
programas concretados en acciones
focalizadas en el desarrollo socio-económico
paradigma que incluye la confianza y la
seguridad legítima.
11
A decir de Knoepfel et al., “todo individuo o
grupo social vinculado con el problema colectivo
que origina la política pública debe considerarse
actor potencial del “espacio” de la mencionada
política, aún si (momentáneamente) es incapaz
de emprender acciones concretas durante una o
varias de las fases de una intervención
pública.
12
Panorama de la Política Pública
Ambiental
Jiménez y Ramírez, mencionan a Thomas R. Dye,
las políticas públicas son todo:
Aquello que el gobierno decide hacer o no
hacer, expresando que las políticas son el
instrumento para la conducción de las
sociedades y mediante su estudio se puede
observar la forma en que los gobiernos
10
Organización de las Naciones Unidas ONU (2006),
“Desarrollo sostenible”, Washington. Documento digital
disponible en http://www.cinu.org.mx/temas/des_sost.htm
11
Organización médium.com (2023) Reporte ambiental del
27 de julio de 2023, Desarrollo sostenible: equilibrio
económico, social y ambiental”, San Francisco (California),
documento digital disponible en
https://medium.com/@reporteambiental/desarrollo-
sostenible-equilibrio-econ%C3%B3mico-social-y-
ambiental-fc282c00d1bb, ultima vez revisado el 01 de julio
de 2024.
12
KNOEPFEL et al. “Hacia un modelo de análisis de políticas
públicas operativo. Un enfoque basado en los actores, sus
recursos y las instituciones,” Revista Ciencia Política, 2 (3),
Bogotá, 2007, pág. 12:
https://revistas.unal.edu.co/index.php/cienciapol/article/
view/17521, ultima vez revisado el 01 de julio de 2024.
definen objetivos comunes, disponen de sus
recursos sus asignaciones beneficios y costos
entre los ciudadanos y el impacto que las
decisiones tomadas tienen en su calidad de
vida”
13
Política Pública Ambiental es un lineamiento
o directriz que se toma frente a la planeación,
protección, prevención y control de los recursos
naturales como resultado de intereses,
decisiones, acciones, acuerdos e instrumentos
político económico y social, adelantados por el
Gobierno Nacional
14
con la finalidad de prevenir
o solucionar las necesidades y problemáticas
ambientales del país para ser implementadas a
nivel nacional, territorial y sectorial,
propendiendo por la sostenibilidad ambiental.
15
La constitución política de 1991, y de acuerdo
al artículo 79, a través de las políticas se busca
que las personas tengan el derecho a gozar de un
ambiente sano, se garantiza la participación de la
comunidad y se protege la diversidad e
integridad del ambiente, se conservan las áreas
de especial importancia ecológica y se fomenta la
educación ambiental.
16
Las Políticas de Estado en la
administración de los recursos
naturales y ambientales.
El proceso histórico ambiental de Colombia
permite ver como las acciones, paradigmas y
13
THOMAS, Dye, profesor emérito de ciencias políticas en la
universidad Estatal de la Florida, su obra Enfoque
Secuencial, Ciclo de las Políticas, la Heurística por Etapas o
Modelo de Etapas de las políticas, constituyó una de las
principales herramientas para el análisis científico de las
políticas públicas, en los comienzos del estudio científico de
estas.
14
JIMÉNEZ, W. & Ramírez, C. (2008). “Gobierno y políticas
públicas, Programa administración púbica territorial”,
Bogotá, documento digital disponible
http://www.esap.edu.co/portal/wp-
content/uploads/2017/10/1-Gobierno-y-Politica-
Publica.pdf, ultima vez revisado el 01 de julio de 2024.
15
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (2020).
“Informe de seguimiento de políticas públicas ambientales”,
Bogotá. Disponible en
https://www.minambiente.gov.co/wp-
content/uploads/2021/10/Informe_de_Seguimiento_de_Po
liticas_ Publicas_Ambientales_I_corte_2020.pdf
16
Asamblea Nacional Constituyente (1991), Constitución
Política de la República de Colombia, Bogotá, publicada en
la gaceta constitucional No. 114 de julio 4 de1991,
corregida en la gaceta Constitucional No. 116 de julio 20-
1991.
100
PERSPECTIVAS DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS AMBIENTALES EN COLOMBIA
estándares han cambiado aproximándose a la
política de Estado, evento cuyo basamento se
encuentra en la Carta Política que confiere al
Estado la función y fin de ser propietario y
administrador de la riqueza natural del país,
obviamente esto se encuentra vinculado a las
necesidades del entorno social, cultural,
ambiental, político, económico, e institucional.
Entre sus fines estan los siguientes
elementos:
Orienta la depuración de los intereses
consagrados en el régimen normativo sobre
política.
Alcanzar cosmovisiones y sentipensares de la
política pública ambiental
Precisar el modelo potestativo de la política,
explicado desde la función orientadora de
principios y fines tendientes a la solución de un
eje problémico
Caracterizar los regímenes
políticos orientados a la consecución del
bienestar y satisfacción de las necesidades
ambientales de la población.
Identificar las ideas políticas que protegen,
orientan y promueven los derechos ambientales
Fortalecer la justicia socio ambiental en el
tema del recurso aire en Colombia.
Según Cortés, los fines del Estado serán
prevalentes al momento del diseño de una
política pública; entonces debe entenderse que
la inclusión será fundamental y no la exclusión,
en ella debe incluirse la juventud, el género, la
infancia y la etnia, sin duda alguna en el ejercicio
de la responsabilidad en la resolución de los
conflictos y la realización de los derechos
respecto a las realidades.
17
Señala que una
política pública que esté orientada al ejercicio
efectivo de los derechos humanos y derechos
fundamentales, se estructurará teniendo como
fin primordial la dignidad humana, para que no
se recaiga en aquellas relaciones de violencia y
conflicto donde siempre se ha tenido la
17
CORTÉS, S., “Derechos humanos en las políticas de paz y
posconflicto en Colombia”. Revista ViaInveniendi et Iducandi,
11(1), 2016, pp. 129-145. Bogotá. Disponible en
https://doi.org/10.15332/s1909-0528.2016.0001.03,
ultima vez revisado el 01 de julio de 2024.
insatisfacción de un mínimo de bienestar, es
propicia la aplicación de esta teoría al sector
ambiental.
Las políticas públicas ambientales y su
énfasis en el Desarrollo sostenible
De acuerdo con Sachs (2014), la definición de
desarrollo sostenible de la Organización de las
Naciones Unidas (ONU), ha evolucionado desde
un concepto de justicia intergeneracional (1987)
hasta uno que enfatiza un desarrollo holístico a
través de la integración de las dimensiones
ambientales, económicas y sociales (la política y
cultura como ejes transversales).
18
El argumento
de Sachs (2014) es más claro si se construye una
línea histórica de esta definición.
En 1987 el Informe Brundtland define
desarrollo sostenible como aquel que:
Debe asegurar que satisfaga las necesidades
del presente sin comprometer la capacidad de
las futuras generaciones de satisfacer las
propias. El concepto de desarrollo duradero
implica límites-no límites absolutos- sino
limitaciones que imponen los recursos del
medio ambiente, el estado actual de la
tecnología y de la organización social, la
capacidad de la biósfera de absorber los
efectos de las actividades humanas
19
El énfasis en la justicia intergeneracional se
mantuvo en la Declaración de Rio (1992), en el
Principio 3 se establece que el derecho al
desarrollo debe ejercerse en forma tal que
responda equitativamente a las necesidades
ambientales de desarrollo de las generaciones
presentes y futuras.
20
En 1992 El Programa 21 no define desarrollo
sostenible sólo reafirma los principios de la
Declaración de Río; y en el 2000 la Declaración
del Milenio
21
ratifica al Programa 21.
18
SACHS, Jeffrey, La era del desarrollo sostenible”. Bogotá:
Revista Planeta Oasis, núm. 26, 2014, pp. 159-164.
19
BRUNDTLAND, Gro Harlem (1987). “El Informe
Brundtland o nuestro futuro Común”, Washington.
Organización de las Naciones Unidas ONU, p. 23.
20
Organización de las Naciones Unidas (1992), “Conferencia
de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente el
Desarrollo” (“cumbre para la tierra, programa 21”), Río de
janeiro, Brasil, ONU.
21
Organización de las Naciones Unidas (2000). Declaración
del milenio, un mundo más pacífico, Nueva York, Estados
Unidos.
101
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año II (Vol. III), 2024, pp. 97-113
No obstante, el nodo central del desarrollo
sostenible desde la ONU cambia a partir de 2002.
Ya en el GEO-3 (2010) del Programa de las
Naciones Unidas para el Medio Ambiente
(PNUMA) se hacía mayor énfasis en la
integración multidimensional, mencionando que:
El desarrollo sostenible es una oportunidad
excepcional para la humanidad:
económicamente, para crear mercados y
empleos; socialmente, para integrar a las
personas marginadas; políticamente, para
reducir conflictos sobre los recursos, que
podrían conducir a la violencia, y, desde
luego, ambientalmente, para proteger los
ecosistemas y recursos de los que dependen
todas las formas de vida"
22
En la Declaración de Johannesburgo (2002)
se afirma que "la integración de los tres
componentes del desarrollo sostenible, como: el
crecimiento económico, el desarrollo social y la
protección del medio ambiente, son los pilares
interdependientes que se refuerzan
mutuamente."
23
Asimismo, en el documento Informe de la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre el
Desarrollo Sostenible (2012) se reafirma el
énfasis en la integración multidimensional
asegurando:
Que es necesario lograr el desarrollo
sostenible promoviendo un crecimiento
sostenido, inclusivo y equitativo, creando
mayores oportunidades para todos,
reduciendo las desigualdades, mejorando los
niveles de vida básicos, fomentando el
desarrollo social equitativo y la inclusión, y
promoviendo una ordenación integrada y
sostenible de los recursos naturales y los
ecosistemas que preste apoyo, entre otras
cosas, al desarrollo económico, social y
humano, y facilite al mismo tiempo la
conservación, la regeneración, el
restablecimiento y la resiliencia de los
22
Grupo de las Naciones Unidas para el Desarrollo
Sostenible (2010). GEO ALC 3 / programa de las Naciones
Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), perspectivas del
medio ambiente: América Latina y el Caribe”, ciudad de
Panamá. Naciones Unidas, p. XIV.
23
Organización de las Naciones Unidas Cumbre mundial
sobre el Desarrollo Sostenible”, Johannesburgo, Sudáfrica.
Naciones Unidas, 2002, p. 2.
ecosistemas frente a los problemas nuevos y
emergentes.
24
La política internacional y su enfoque
en Objetivos del desarrollo Sostenible
En ese orden de ideas, en 2015 los Objetivos de
Desarrollo Sostenible (ODS) se convierten en el
marco de referencia para dar operatividad al
desarrollo sostenible y contribuir a la
integración multidimensional que desde años
atrás se venía proponiendo. En ese sentido, el
Programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo (PNUD) considera que los ODS son
“un llamado universal para poner fin a la
pobreza, proteger el planeta y garantizar que
todas las personas gocen de paz y prosperidad
para el 2030.
25
Tres herramientas del derecho
ambiental: Desarrollo sostenible,
políticas y gobernanza
Los ODS proponen qué se debe hacer para lograr
el desarrollo sostenible, pero la tarea de las
políticas públicas es cómo lograrlo. Ya que de
acuerdo con Lucy Winchester de la Comisión
Económica para América Latina y El Caribe
(CEPAL) una política pública es un plan para
alcanzar objetivos de interés colectivo que
normalmente se desprende de la agenda pública
que guía la gestión gubernamental.
26
De esta manera, lograr cada uno de los ODS
implica el diseño de políticas públicas que tomen
en cuenta la relación recíproca entre las
dimensiones del desarrollo sostenible; requiere
contextualizar acuerdos internacionales a la
realidad nacional y local (multinivel) a través de
una coordinación interinstitucional, para elegir
un abanico de estrategias que se puedan
concretar en políticas y programas vinculantes y
coherentes.
27
24
Organización de las Naciones Unidas, Informe de la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo
Sostenible”, Río de janeiro, Brasil. Naciones Unidas, 2012,
págs. 133-134.
25
Organización de las Naciones Unidas (2015) Objetivos
del Desarrollo Sostenible, programa de las Naciones Unidas
para el Desarrollo”, Nueva York, Estados Unidos.
26
CEPAL “Espacios Iberoamericanos, hacia una nueva
arquitectura del Estado para el Desarrollo”, Santiago de
Chile, Naciones Unidas, 2011.
27
Ob. Cit.
102
PERSPECTIVAS DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS AMBIENTALES EN COLOMBIA
En ese sentido, Le Blanc presenta los ODS
como una red de objetivos en la que las metas de
cada uno están interconectadas, este autor
considera que esta vinculación es positiva para
crear sinergias entre los sectores y diseñar
políticas coherentes.
28
No obstante, Alford y Head admiten que esa
interconexión entre objetivos implica que el
desarrollo sostenible sea un problema complejo
o “problema retorcido” ya que “ni el problema ni
la solución están claras, y hay múltiples actores
en conflicto sobre valores e intereses.
29
Según Porras considera que hay gobernanza
cuando existe:
1) Interdependencia entre organizaciones,
2)Interacciones sostenidas entre los
integrantes de las redes,
3) Intercambios basados en la confianza, y
4) Un cierto nivel de autonomía.
30
En ese orden de ideas, la gobernanza consiste
en la coordinación intersectorial para el logro de
objetivos comunes para ello, es indispensable
abrir espacios institucionales a la participación
ciudadana, en el diseño, la implementación y la
evaluación de la política pública.
El vínculo entre gobernanza y desarrollo
sostenible se refleja de manera particular en el
ODS 17: revitalizar la alianza mundial para el
desarrollo sostenible; alcanzar este objetivo
implica abordar temas en finanzas, asignación de
recursos, comercio, tecnología y temas más
sistémicos como la alianza entre múltiples
interesados y la rendición de cuentas.
28
LE BLANC, David ¿Hacia por fin la integración? Los
objetivos de desarrollo sostenible como una red de objetivos”,
Nueva York, Naciones Unidas, departamento de asuntos
económicos, 2015.
29
ALFORD, J. y Head, BW. Problemas perversos y menos
perversos: una tipología y un marco de contingencia”.
Madrid. Política y sociedad 36(3), 2017, 397-413 (p. 402).
30
PORRAS, F. “Gobernanza y Sustentabilidad”. Nicaragua,
Revista Ciencia Jurídica y Política, Vol. 6, Num. 12; 2020,
pág. 01-14.
5. Resultados
La política internacional, su principio
“Pacta Sunt Servanda” y su rol
vinculante/obligante en el Estado
colombiano.
La Corte Constitucional en la Sentencia T-0229
(2016) expresa: es en el artículo 1.602 del
Código Civil donde se consagra: “Los contratos
son ley para las partes. Todo contrato
legalmente celebrado es una ley para los
contratantes, y no puede ser invalidado sino por
su consentimiento mutuo o por causas legales”;
el artículo citado, acentúa que las personas en
razón a su autonomía deben ser los arquitectos
de su vida por intermedio de las decisiones y
obligaciones que adquieren y en esa medida la
intervención Estatal en principio debe ser
mínima
Aunque los convenios y tratados firmados y
ratificados por el Estado colombiano prohíben
actividades mineras en los ecosistemas de
páramos, el proyecto de Acto Legislativo 458 de
2020 Cámara, busca la prohibición de la
exploración y explotación minera urgente de 22
páramos, que se encuentran en alto riesgo de
desaparecer de nuestro país, que surten el 70%
del agua que consumen los colombianos.
A pesar de las distintas disposiciones en el
ordenamiento jurídico, existen 108.972
hectáreas concesionadas para la exploración y
explotación, a través de 391 tulos mineros, que
terminan preocupándonos porque muchas de
esas actividades pueden terminar acabando con
los páramos del País y con la producción de
agua.
31
Es claro que algunos gobiernos en sus
planes de desarrollo nacional han otorgado
permisos de estudios mineros e incluso
favorecido la extracción de minerales.
32
31
Congreso de la República de Colombia (2020) “Proyecto
Acto legislativo 0458, Por medio del cual se reforma la
Constitución Política de Colombia, en su artículo 79”,
adicionando un inciso que, prohíbe expresamente el
ejercicio de actividades de exploración y explotación
minera en ecosistemas de páramos, Bogotá, Diario Oficial
No. 51.562 de 19 de enero de 2021.
32
ORTIZ, Maswel Andrey; y Parra, Amanda (2023) “Las
políticas públicas del sector ambiental en Colombia”, Socorro
(Colombia), editorial INAPCIS.
103
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año II (Vol. III), 2024, pp. 97-113
El investigador Raúl Velásquez, en su
documento “Hacia una nueva definición del
concepto Política Pública”, señala que es
indispensable definir un nuevo concepto de
política pública porque las actuales tienen
exceso de generalidad, especificidad, además su
conceptualización es incompleta.
33
Manifiesta también que hay una gran
cantidad de leyes, decretos y acuerdos de interés
ambiental, que en el mejor de los sentidos
generaría una seguridad jurídica, pero con una
debilidad, cada gobierno impone en sus Planes
de Desarrollo Nacional modificaciones al
ordenamiento jurídico ambiental, un caso
puntual la Minería.
34
Claro que se ha priorizado algunas políticas
para contener situaciones que los medios de
comunicación han difundido como catástrofes
generadas por el sector productivo y la tala de
las selvas en el amazonas,
35
como: la Gestión
Integral del recurso Hídrico ante los fenómenos
del niño y la niña, que causa inundaciones y
exceso de lluvia en algunos casos, o causa
sequias que son propensas al aumento de la
temperatura y causan incendios forestales.
36
Connotación Jurídica en la justicia
ambiental y la seguridad jurídica
Dentro de las connotaciones jurídicas, se plantea
el siguiente problema jurídico: Las antinomias y
la inseguridad jurídica generan en los usuarios
confusión en materia sustancial y procesal de los
asuntos permisivos y sancionatorios de los
recursos naturales y del medio ambiente, así
como de políticas ambientales y de los
33
VELÁSQUEZ, Raúl “Hacia una nueva definición del
concepto de política pública”, Bogotá. Revista Diario
Desafíos, vol 20, 2009, pgs. 148-187.
34
ORTIZ, Maswel Andrey; y Parra, Amanda, Las políticas
públicas del sector ambiental en Colombia”, Socorro,
Colombia, editorial INAPCIS, 2023
35
ORTIZ, Maswel Andrey; y Parra, Amanda, Las políticas
públicas del sector ambiental en Colombia”, Socorro,
Colombia, editorial INAPCIS, 2023
36
PARRA, Amanda, La Legislación Ambiental y los Recursos
Naturales, el reto de su codificación y sistematización”,
Bogotá, editorial LEYER, 2015, p. 67.
protocolos emitidos para sectores productivos y
de la industria en el Estado de Colombia.
37
Hay una dualidad de funciones y tratamientos
particulares que se suscitan dentro de la materia
sustancial y procesal de las existentes políticas
ambientales y de los protocolos emitidos para
sectores productivos y de la industria en el
Estado de Colombia.
Las acciones permisivas (todo lo referido a
permisos y licencias) se rigen por una
institucionalidad que no es coherente pero que
tiene autonomía y un exceso de
discrecionalidad
38
verbigracia, más cuando el
Estado firmo un convenio/acuerdo y expidió una
ley para prohibir actividades de minería y el uso
de mercurio en los páramos (Convenio de
Minamata sobre Mercurio, ratificado Ley 1658-
2013).
39
No se cumple a cabalidad con lo pactado en
los instrumentos jurídicos internacionales,
aunque estos generan obligaciones vinculantes y
de interés prevalente con la protección de los
ecosistemas estratégicos, verbigracia, como
páramos, recursos dricos e hidrobiológicos,
biodiversidad, bosques, entre otros.
40
Se ha detectado la ausencia de unidad y
cohesión en la institucionalidad del Estado que
administra y controla el uso y aprovechamiento
de los recursos naturales y del ambiente.
41
Como lo expresa Muñoz (2011), es necesario
entender las trasformaciones de la acción social,
y especialmente:
construir los lineamientos de unificación que
permitan minimizar la discrecionalidad de los
37
ORTIZ, Maswel Andrey y Parra, Amanda, La Minería, con
un enfoque basado en Derechos Humanos, Socorro,
Colombia, editorial INAPCIS, 2020.
38
Ob. Cit.
39
Congreso de la República, Ley 1658 (2013) Por medio de
la cual se establecen disposiciones para la comercialización y
el uso de mercurio en las diferentes actividades industriales
del país, se fijan requisitos e incentivos para su reducción y
eliminación y se dictan otras disposiciones”, Bogotá, Diario
Oficial No. 48.852 julio 15 de 2013.
40
ORTIZ, Maswel Andrey y Parra, Amanda, “Las políticas
públicas del sector ambiental en Colombia”, Socorro,
editorial INAPCIS, Colombia, 2023.
41
PARRA et al. Derecho Procesal Ambiental, paradigma
entre el daño y el delito ambiental”, Bogotá, editorial LEYER,
2019.
104
PERSPECTIVAS DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS AMBIENTALES EN COLOMBIA
operadores del sector ambiental, la
dispersión de sus fines y el cumplimiento de
objetivos concretos consignados en la carta
Política.
42
Estos instrumentos jurídicos internacionales
son interpretados en los planes nacionales de
desarrollo como un documento que no tiene una
formalidad vinculante se expide una licencia o
concesión de un proyecto o megaproyecto,
desconociendo la consulta previa y/o la
participación ciudadana; también se omite el
cumplimiento parcial o total de las alternativas
ambientales y de los estudios de impacto
ambiental, de las normas marco para los
recursos naturales; no hay seguridad jurídica
por el amplio despliegue legislativo que emana
del Congreso de la República o de los Planes
Nacionales de Desarrollo que emanan del
Ejecutivo; eso sin dejar de lado las Doctrinas de
las Altas Cortes que en últimas también
legislan.
43
Resultados previstos.
Uno de los resultados que se evidencian está
representado en las políticas públicas
ambientales y su complejidad, en la falta de
coherencia a nivel institucional nacional, son
muy proliferas y diversas, es tan complejo el mar
de temáticas y en sus directrices, lineamientos y
protocolos que se le asignan a cada uno de los
recursos naturales, al ambiente y otras
actividades del sector productivo, que se torna
difícil de ejecutar por los gobiernos territoriales;
si a lo anterior le agregamos que el legislativo al
expedir el plexo normativo ambiental también
en cada norma establece directrices y
lineamientos, y dependiendo también del
Ministerio se tocan temas de forma mediática.
Otro resultado está en la academia, la
enseñanza y el establecimiento de semilleros en
la Universidad Libre seccional Socorro, y en la
Escuela de Ingenierías Aplicadas y Ciencias
Sociales INAPCIS, ha fortalecido en menor
medida la sensibilización y concientización
ambiental en los futuros profesionales que se
están formando; significa que no solo se
propende por educarlos o alimentarlos en
42
MUÑOZ, Gustavo Adolfo, Análisis de la política ambiental
colombiana en la década 2000-2010”, Bogotá- revista
Semestre Económico, 2011, pp. 121-134.
43
Ob. Cit.
conocimientos jurídico-científicos, sino en
mostrar que los cambios que el país requiere
parten de cada uno de los ciudadanos, de ellos
que en el futuro pueden alcanzar niveles de
dirección en las institucionales y autoridades
ambientales que administran el uso y
aprovechamiento de los recursos naturales y del
ambiente.
Una tercera resultante está en mantener la
funcionalidad del grupo interdisciplinario de
investigación que marco una ruta teórico
conceptual en el tema de la política nacional
ambiental, con la elaboración y presentación de
un macro proyecto nacional de investigación que
se intitulo “articulación del Sistema Nacional
Ambiental –SINA”, que tiene su punto de partida
en el año 2007 (avalado por la Universidad Libre
e INAPCIS); para el año 2012 se presentó ante el
Congreso de la República el proyecto de Ley PL-
0151-Camara-2012, publicado en la gaceta del
congreso 650, septiembre 28-2012.
Esta iniciativa fue archivada, el interés del
gobierno en ese momento estaba en el proceso
de paz que se estaba llevando a cabo en la
Habana (Cuba), aunque el grupo
interdisciplinario de investigación se disolvió, la
ruta teórico conceptual fue asumida por los
autores de este artículo, se ha continuado
publicando material académico de interés
formativo, publicaciones de las editoriales
LEYER, INPACIS, UNILIBRE, ACADEMICA
ESPAÑOLA, con contenidos técnico-jurídico
ambientales que propenden por la
sensibilización y concientización ambiental de la
comunidad académica y de profesionales del
derecho y de la ingeniería.
Una resultante de la investigación es la
evidente falta de voluntad de los congresistas y
del gobierno para constituir una jurisdicción
especial ambiental que haga de lo ecológico
ambiental una rama del derecho público, donde
cualquier operador judicial pueda impartir una
justicia con equidad.
Los congresistas no logran superar las
disputas partidistas-políticas ante un país que no
puede garantizar una seguridad jurídica en la
administración del uso y aprovechamiento de los
recursos naturales, se evidencia que es mejor
mantener el caos para cubrir intereses
particulares; y de la multinacionales, se han
105
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año II (Vol. III), 2024, pp. 97-113
conocido licenciamientos de la minería en los
páramos.
Además, cada gobierno en su Plan Nacional
de Desarrollo que se convierte en una norma,
hace modificaciones al plexo normativo
ambiental y lo que se había prohibido ahora se
permite por ley.
Otra resultante y no menos importantes, es
haber motivado a la academia a estar presente
en las grandes decisiones del país, donde otras
voces cercanas al Congreso han presentado
iniciativas como proyectos de ley, dando crédito
al PL-151-2012 y nuestras publicaciones como
referentes, esto se evidencia con los proyectos
de Ley PL-0047-2020 Cámara; proyecto de Ley
PL-0196-2021 Cámara, y proyecto de Ley PL-
0164-2022 Cámara, que en conjunto buscan la
seguridad jurídica ambiental de los ciudadanos
colombianos, dándose pasos a una visión de la
necesidad de establecer una Jurisdicción
Especial Ambiental, ya se dio el primero que fue
el establecimiento de la jurisdicción agraria y
rural, establecida con el Acto Legislativo 03 de
2023, modificatorio del artículo 116
(administración de justicia), e incorpora el
artículo 238-A a la Carta Política, sobre la
creación de la Jurisdicción Agraria en Colombia.
Un resultado para señalar y resaltar está en el
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible,
que por medio de su Oficina Asesora de
Planeación, al 2017 realiza estudios de
seguimiento a las políticas públicas ambientales,
en el informe del 2017, expreso: Al revisar todas
las políticas ambientales se puede constatar que
existe una proliferación dispersa de buenas
intenciones, donde la articulación del sistema
nacional ambiental SINA no ejerce una fáctica
presencia en las regiones;
44
Prosigue en su
informe, que … (…)
La articulación institucional de las
autoridades ambientales es ineficiente en su
coordinación institucional, además no tiene
un musculo jurídico que haga cumplir lo
estipulado en el plexo normativo ambiental y
algunos los operadores judiciales pueden no
conocen del tema.
45
44
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Informe
de seguimiento políticas públicas ambientales”, Bogotá,
MinAmbiente, 2017, p. 4.
45
Ob Cit. p. 45.
El informe del 2017 señala también que:
“existen diversas políticas públicas ambientales,
principios convencionales y legales del derecho
ambiental de Colombia,” específicamente lo
relacionado con las “Dinámicas y directrices
jurídicas, técnicas y administrativas de los
recursos naturales, del medio ambiente, y de los
bienes y servicios ambientales
46
sigue la línea de
“investigación planteada Medio Ambiente,
Calidad y Prevención,” que a su vez se plantea
como “objeto de la línea Promover el análisis y
revisión de las políticas públicas ambientales
para unificar criterios en su aplicación,
establecer directrices y fortalecer la
coordinación institucional en la administración”
y control de los recursos naturales y el medio
ambiente.
6. Discusión y aportes
Se menciona la continuidad y coherencia en la
investigación, que en el 2012 se presentó al
Congreso de la República un proyecto de Ley, así
mismo una investigación de interés académico
por parte de la Universidad Libre, la Escuela
Colombiana de Ingenierías Aplicadas & Ciencias
Sociales INAPCIS y la ONG Geomundo-sos, que
desde el año 2007 toma la iniciativa de proponer
la creación del Derecho Ambiental en Colombia,
se vislumbra una posible creación de una
jurisdicción especial con el establecimiento de
una Corte Ambiental, magistrados, fiscales y
otros operadores judiciales necesarios para la
administración de una justicia ambiental y una
eficiente administración de los recursos
naturales y ambientales. Se hacen aportes a la
investigación Ambiental, desde los roles
administrativo de los recursos naturales y
ambientales, o desde la parte técnica en la
conceptualización técnica que llevara a conceder
o negar una solicitud de un asunto permisivo o
sancionatorio; o desde la perspectiva del rol de
abogado que conoce la normatividad para
proyectar los actos administrativos que
conceden o niegan una solicitud; o desde lo
social cuando se orientan y capacitan las
comunidades del área rural, como los
acueductos rurales en los pequeños municipios.
46
PARRA, Amanda et al (2012) Proyecto de Ley PL-0151 de
2012, por la cual se expide el Código de los Recursos
Naturales y Ambientales de Colombia”, Bogotá. Gaceta del
Congreso No. 650 del 28 de septiembre de 2012, p 6.
106
PERSPECTIVAS DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS AMBIENTALES EN COLOMBIA
Otro aportes tienen como referente el rol que
se desempeñó en el movimiento ambiental, del
cual los autores del presente artículo son
fundadores, donde se hizo notoria la
participación de ambientalistas de las
organizaciones no gubernamentales, se
conformó un movimientos ambiental en el
departamento de Santander, que tuvo como
propósito la defensa de los ecosistemas de alta
montaña, especialmente el ecosistema
biogeográfico de San Turban, que suministra
agua a los acueductos urbanos de las áreas
metropolitanas de Bucaramanga en Santander
(1.604.288 habitantes), y del área metropolitana
de San José de Cúcuta en Norte de Santander
(1.046.347 habitantes); ecosistema
biogeográfico que está siendo afectado con la
actividad de la minería.
El conocimiento y la experticia en las áreas
jurídicas, técnicas y administrativas del área
ambiental de los autores, al igual la experiencia
adquirida en el trabajo que se hizo en la
coordinación de las sedes de la autoridad
ambiental regional “Corporación Autónoma
Regional de Santander CAS, y en la parte técnica
jurídica de la minería artesanal en la
Corporación Autónoma para la Defensa de la
Meseta de Bucaramanga CDMB, ha dado
conocimiento y seguridad para señalar cambios
en los cimientos ambientales que tienen su base
en el Decreto Ley 2811 de 1974.
La experiencia adquirida por los autores en la
dirección de las sedes territoriales de la
Corporación Autónoma Regional CAS, que en su
administración requería el conocimiento jurídico
de las normas marco y complementarias de los
recursos naturales y las conductas antrópicas de
los ciudadanos; así como del conocimiento
técnico y del derecho administrativo para una
idónea administración, y por último del contacto
mediático con las comunidades de usuarios y
consumidores de los bienes y servicios
ambientales nos da una experticia para hablar de
política pública ambiental, y se aspira presentar
a la presidencia de la república un marco teórico
conceptual que permita unificar las distintas
políticas públicas ambientales existentes en el
país.
Cuando se ejerce la docencia se escuchan
ideas y propuestas de jóvenes que quieren
cambiar el mundo, que quieren generar una
solución a un problema social o problema
jurídico que causa inseguridad jurídica o señala
un comportamiento que afecta las comunidades;
entonces el hacer parte de la academia y no
tener el bagaje político para impulsar una
propuesta o proyecto de ley puede generar
dudas del sistema político del país, sobre todo
porque cada cuatro años se renueva el Congreso
de la República.
Ya en el año 2012 se hizo gestión en los
despachos de los Congresistas y no fue una tarea
fácil, un contenido de un proyecto de Ley puede
tener las mejores intenciones, pero cuando es
debatido en el Congreso de la República el
resultante es otro muy diferente. Con el PL-151-
2012 se generó la idea de establecer un Código
de los recursos naturales y ambientales acorde a
las necesidades y dinámicas socio productivas de
la población
El gobierno expide el Decreto 1076-2015
compilatorio para el sector Ambiente y
Desarrollo Sostenible, que toma la propuesta del
PL-151-2012, y crea un caos mayor, se manifestó
que este derogaba las normas ambientales
compiladas, pero que jurídicamente no era
cierto, se desarrolla una codificación y técnica
legislativa que genera inseguridad jurídica para
los usuarios, pero que es provechosa para las
grandes empresas extractoras de los recursos
naturales; además se reviven normas que habían
sido derogadas por otras, verbigracia, en el texto
académico formativo: “la Carga Dinámica de la
Prueba en el Derecho Ambiental” (segunda
edición), capítulo VI, denominado análisis del
Decreto 1076-2015, se muestra la gran cantidad
de modificaciones que esta norma ha tenido en
sus ocho años, la confusión e inseguridad que
sufren los usuarios de los recursos naturales y
ambientales, de los mismos operadores
judiciales, de las autoridades regionales y de
otras autoridades que en su funcionalidad de
velar por los recursos naturales no conocen cuál
es el paso correcto a seguir.
107
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año II (Vol. III), 2024, pp. 97-113
Principales elementos del Estado del
Arte
La Constitución Política (1991) creo el
Ministerio de Ambiente y las Corporaciones
Autónomas Regionales, y las faculto para
administrar los recursos naturales y
ambientales, les dio autonomía y mucha
discrecionalidad en sus funciones y decisiones,
de tal forma que en algunas regiones del país la
misma conducta antrópica tenia diferentes
sanciones en su compensación y/o penalización,
inclusive a algunos infractores solo se les hacia
un llamado de atención y a otros se les imponían
altas multas y hasta prisión.
Estas autoridades autónomas surgen en el
contexto de la administración de los recursos
naturales y ambientales, como pequeños
estados, y pueden argumentar no tener el
personal suficiente para demorar una sencilla
concesión de agua hasta 10 años, cuando el
trámite puede realizarse entre 15 y 20 días
dependiendo de la visita técnica.
47
Entre otros estados del arte, se pueden citar:
como:
Proyecto de Ley “PL-151-2012 Cámara” cuyo
propósito es la expedición del Código de los
Recursos Naturales y Ambientales de Colombia,
del cual soy coautora y que hace parte del
macro-proyecto “Articulación del Sistema
Nacional Ambiental SINA”
48
Así como específicamente de las
publicaciones de mi coautoría:
“Derecho Procesal Ambiental, paradigma
entre el daño y el delito ambiental.
49
“La Carga Dinámica de la Prueba en el
Derecho Ambiental de Colombia”, (primera
47
PARRA, Amanda, La legislación ambiental y los recursos
naturales”, Bogotá, editorial LEYER, 2015.
48
PARRA, Amanda et al. Proyecto de Ley PL-0151 de 2012,
por la cual se expide el Código de los Recursos Naturales y
Ambientales de Colombia”, Bogotá, Gaceta del Congreso No.
650 del 28 de septiembre de 2012.
49
PARRA, Amanda et al., Derecho Procesal Ambiental,
paradigma entre el daño y el delito ambiental”, Bogotá,
editorial LEYER, 2019.
edición, 2017 (Editorial Académica Española) y
segunda edición 2023 (Editorial INAPCIS)
50
“Derecho Sancionatorio Ambiental, aspectos
administrativos, penales y procedimentales
(2024)”
51
Las Políticas públicas del sector ambiental de
Colombia (2023)
52
Publicaciones que han sido referentes de los
antecedentes y de la exposición de motivos, de
los proyectos de Ley: Proyecto de Ley, PL-0047-
2020 Cámara, creación de los tribunales
ambientales especiales en el Estado colombiano;
Proyecto de Ley, PL-0196-2021 Cámara
(tribunales ambientales), y Proyecto de Ley, PL-
0164-2022 Cámara (creación de las salas
especializadas en temas ambientales).
7. Recomendaciones
El lenguaje de la unificación de la política pública
ambiental, ¿Es propio vislumbrar una unificación
de los protocolos, directrices y lineamientos, así
como de las políticas ambientales? donde cada
uno de los cinco recursos naturales tengan un
lenguaje técnico, administrativo, jurídico y
social; esto permitirá al Consejo Nacional de la
Política Pública generar marcos conceptuales y
teóricos para que el ejecutivo elabore y actualice
políticas públicas ambientales para cada recurso
natural en particular, y así la institucionalidad
pueda ejercer una eficiente e idónea
administración de los recursos naturales y del
ambiente.
Es prioritario unificar un lenguaje en los
aspectos técnicos, propios de los ingenieros que
contribuyen con sus conceptos técnicos a una
administración equitativa de los asuntos
permisivos (Autorizaciones, concesiones,
permisos, licencias, aprovechamientos) y de los
asuntos sancionatorios (penas pecuniarias,
50
ORTIZ, Maswel Andrey & Parra, Amanda, “La Carga
dinámica de la prueba”, Socorro, editorial INAPCIS, 2023.
51
PARRA, Amanda et al. “Derecho Sancionatorio Ambiental,
aspectos administrativos, penales y procedimentales”,
Bogotá, editorial LEYER, 2024.
52
PARRA, Amanda y Ortiz, Maswel Andrey (2023) “Las
políticas públicas del sector ambiental en Colombia”,
Socorro, editorial INAPCIS.
108
PERSPECTIVAS DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS AMBIENTALES EN COLOMBIA
sancionatorias de índole administrativo, de
índole del derecho civil, y del derecho penal)
53
Una política pública ambiental de los recursos
naturales y ambientales solo podrá ser validada
mediante la expedición de una Ley, que deberá
contener cuatro ejes: eje jurídico, eje técnico, eje
administrativo y eje social; a su vez cada
directriz, lineamiento técnico, jurídico y
administrativos confluyen en un protocolo
unificador por recurso natural y ambiental, en su
funcionalidad de uso y aprovechamiento de
estos en la sociedad colombiana.
54
Hay que aunar insumos técnicos y jurídicos
para determinar una política ambiental nueva
que genere una idónea justicia ambiental y una
seguridad jurídica en los usuarios del uso y
aprovechamiento de los recursos naturales y el
medio ambiente.
55
Verbigracia, una oferta de agua que va
decreciendo ante el crecimiento de la población,
pero son pocos los esfuerzos gubernamentales
por realizar campañas educativas de prevención
y protección de los recursos que sostienen las
cuencas hidrográficas; se talan los bosques, pero
no se siembra, así la sostenibilidad no es asunto
de la economía y de la producción de bienes de
consumo.
56
Los resultados de la investigación aportan de
forma teórico conceptual a la institucionalidad
del Estado, a los funcionarios de las mismas; los
ejecutivos del Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible y del Departamento
Nacional de Planeación, tendrán una
herramienta teórico-conceptual para definir y
optimizar los aspectos sustanciales y
procedimentales de una política única ambiental,
así como ser un componente asesor del gobierno
nacional.
53
ORTIZ, Maswel Andrey y Parra, Amanda (2023) Las
políticas públicas del sector ambiental en Colombia,
Socorro, Colombia, editorial INAPCIS.
54
Ob. Cit.
55
PARRA, Amanda y Ortiz, Maswel Andrey (2021)
Garantías procesales en materia ambiental”, Bogotá
editorial LEYER.
56
ORTIZ, Maswel Andrey y PARRA, Amanda (2022) El
recurso hídrico en Colombia, aspectos sustantivos y
procesales”, Bogotá, editorial LEYER.
8. Conclusiones
Se plantea, entonces plausible focalizar la
Política Ambiental unificada orientada al logro
del desarrollo sostenible, principio
constitucional basado en la conservación de la
riqueza natural y ambiental del país, sin
embargo, es preciso que esta política se edifique
sobre los paradigmas de la independencia frente
a las demás políticas públicas y transversalidad a
estas, fundamentadas en estrategias de
sostenibilidad ambiental del capital natural de la
nación a través de la conservación, restauración
y aprovechamiento racional
En conclusión, lo que se plantea es una
política pública ambiental orientada a la
consecución del desarrollo sostenible, entendido
como el equilibrio entre el hombre y la
naturaleza, con objetivos definidos,
herramientas materializadas en el marco de
soluciones estratégicas, sobre principios de
eficiencia, universalidad, eficacia, equidad,
economía y gobernabilidad, pero, esto se obtiene
si se demarcan, planifican y estructuran
instrumentos legales, técnicos, financieros,
políticos, institucionales y participativos,
capaces de dinamizar el desarrollo ambiental a
nivel local, regional y nacional, se lograra
aunando esfuerzos, impartiendo
corresponsabilidades y evitando la dispersión y
ausencia de coordinación, en otras palabras una
Política Pública Ambiental centrada en un
objetivo común: alcanzar la sostenibilidad
ambiental del país.
Así las cosas, revisados y analizados los
innumerables documentos contentivos de
políticas públicas ambientales en Colombia, se
considera pertinente unificar este plexo
normativo, compuesto por directrices,
lineamientos y protocoles, a veces repetitivos,
confusos, desorganizados y dispersos, no se
puede olvidar que el capital natural del país es
uno solo, así que esta política debe unificarse y
orientarse a la garantía de sostenibilidad, sin
embargo para esto es necesario la
independencia, la autonomía, la cooperación y
coordinación institucional y a voluntad política.
Solo entonces se puede redefinir la política
ambiental, conceptualizándola como el elemento
dinamizador de prácticas coordinadas a nivel
institucional orientadas a garantizar la
109
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año II (Vol. III), 2024, pp. 97-113
conservación de los elementos naturales y medio
ambientales del territorio, fundada en los
principios de responsabilidad, equidad,
sostenibilidad y participación, pero para ello se
precisa diagnosticar el territorio, plantear
objetivos claros, priorizar problemáticas,
inventariar los bienes y servicios ambientales,
establecer las potencialidades, reestructurar la
institucionalidad ambiental, hacer inversión
técnica, financiera y humana, de lo contrario,
lamentablemente se estará en el círculo rotativo
de muchas políticas diseñadas al rededor del
mismo objetivo común: el desarrollo sostenible.
La Política Publica Ambiental en Colombia
debe considerarse como vértice de
sostenibilidad ambiental en todo el territorio,
con directrices generales pero que se alineen a la
región y a la localidad, en consonancia con los
principios internacionales, aprobados y
aceptados por Colombia; la Constitución Política
introduce el concepto de ambiente a la acción de
Estado generando controles a las conductas y
acciones del hombre, de las relaciones sociales y
del desarrollo, transformando el ambiente y la
naturaleza en un valor y objetivo de estado en
corresponsabilidad con la sociedad y debe ser
mantenido para el precepto de la inter-
generacionalidad, aunado a considerar el
ambiente como factor del esquema de
gobernabilidad e intervención estatal y factor de
desarrollo; la ley 99 de 1993, contiene el
principio del desarrollo sostenible y a partir de
la acción sistematizada entre el Estado, la
sociedad y el sector privado se puede adelantar
la gestión para la protección ambiental.
De contera, entonces es plausible proponer
centralizar de manera determinante la política
pública ambiental con un objetivo definido que
alcance el desarrollo sostenible, en aras de un
cometido ambiental eficiente, amigable y
responsable en el uso y aprovechamiento de los
recursos naturales, es decir, redefiniendo
conceptualmente la política pública ambiental se
debe entender como las reglas para satisfacer
los conflictos socio ambientales en cuanto al
uso, conservación y preservación natural en el
país, incluyendo una estructura organizacional
coordinada, donde las practicas, actividades y
acciones de gestión obedezcan a la planificación
estratégica de recursos en el contexto de la
realidad ambiental del país.
110
UBI SOCIETAS IBI IUS EN LÍNEA,
Año II (Vol. III), 2024, pp. 97-113.
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PERSPECTIVAS DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS AMBIENTALES EN COLOMBIA
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Alberto Rojas Ríos.
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